La Auditoría General de la Nación (AGN) efectuó un informe sobre la Secretaría de Comunicación Pública (SCP) de la Jefatura de Gabinete de Ministros con el objetivo de analizar la gestión en la asignación de la publicidad oficial para el año 2017 y el primer trimestre de 2018. El documento fue aprobado en julio de 2021 y se halló falta de documentación, carencia de criterios objetivos a la hora de distribuir y sobreejecuciones.  

El organismo de control tenía tres metas en su evaluación a la gestión desarrollada por Comunicación Pública: las actividades de planificación y ejecución de la publicidad oficial en la administración central; los procedimientos de contratación de servicios técnicos y profesionales; y por último, las estrategias de comunicación directa y vínculo con el ciudadano, mediante redes sociales y otras formas de comunicación electrónica.

Por un cambio de sistema en el registro de documentación, hubo riesgos de auditoría relacionadas a imprecisiones en el material. 

Sin embargo, el alcance del trabajo se vio afectado por diferentes motivos. En primera medida porque, desde 2016, cuando se estableció el uso obligatorio del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) se dispuso la baja del sistema Comunicaciones Documentales. Esto provocó que, durante el trabajo de campo, los auditores tuviesen que trabajar analizando fotocopias o documentos electrónicos migrados del sistema original por parte del auditado. 

Además durante el período controlado se creó la Subsecretaría de Vínculo Ciudadano. Según la Auditoría, no pudieron efectuar la validación porque aun no existencia de un sector a cargo de dichas funciones dentro de la estructura formal de la SCP”, explicaron.

Difusión de los actos de gobierno y pauta oficial

La Jefatura de Gabinete de Ministros tiene a su cargo el trabajo de formular, ejecutar y controlar la política de comunicación social, por lo tanto, también de la publicidad oficial de los actos del Poder Ejecutivo. 

En 2017 el área de Comunicaciones contó con una partida de $8.544.019.097, de los cuales el 77%, es decir $6.585.661.279, correspondían a prensa y difusión de actos de gobierno. Al año siguiente, el crédito inicial fue de $7.203.041.738, de los cuales $2.396.750.346 (33,27%) se destinaron al mismo programa.

En estos presupuestos estaba incluida la pauta oficial, el dinero destinado a anuncio o campañas en medios sobre medidas, programas e información de interés público que surjan del gobierno nacional. 

Hay determinados criterios para distribuir la publicidad oficial (Resolución SCP 247-E/16). Se considera el alcance del medio, la zona geográfica y que sea un mensaje que fomente del federalismo y la pluralidad de voces. Los medios que pueden recibir pauta son los que al momento de la asignación están inscriptos en el Registro Nacional de proveedores de Publicidad Oficial (RENAPPO). 

Los organismos públicos, comprendidos en el artículo 8 de la ley 24.156, deben presentar ante la secretaría un proyecto anual de publicidad y comunicación junto con un presupuesto estimado de gastos para contratar publicidad institucional. 

El procedimiento para la contratación de publicidad institucional, que fue aprobado por la Resolución SCP 617-E/16, prevé la participación de Télam en distintas etapas, ya que es la agencia la encargada de la administración, operación y desarrollo de los servicios periodísticos y de publicidad.

Durante el ejercicio 2017, la asignación de pauta oficial para la Administración Central fue de $2.155.150.357 y para el primer trimestre del ejercicio 2018 de $124.408.213,95

Los hallazgos de la AGN

El organismo de control explicó que Comunicación Pública no elaboró un plan anual de publicidad oficial para los períodos analizados, que enuncie las campañas presentadas por los organismos y en el que se especifique objetivo, descripción y fundamentos, entre otros, que justifiquen la ejecución de cada caso.

Por el contrario, la Secretaría “solo entregó un gráfico elaborado por semestre, en los que se informa el nombre de las campañas y los meses correspondientes a su emisión, pero no se encuentra firmado o aprobado por autoridad competente”, remarca el informe.

Tampoco se halló documentación que acredite el cumplimiento de los criterios objetivos que promueven la asignación en búsqueda de una mayor libertad de expresión. “La carencia de estos registros ha expuesto al Estado Nacional a diversos problemas en el pasado, entre ellos demandas judiciales que han resultado desfavorables”, agrega el documento de la Auditoría. 

Ante el reclamo de la Auditoría sobre informes que fundamenten los criterios de asignación, desde la Secretaría indicaron que no tienen la obligación de registrarlos.

Sobre esto la AGN explicó que, cuando solicitó una copia de los informes que fundamenten la asignación de la pauta oficial, desde la Secretaría de Comunicación Pública manifestaron que no consta debido a que “no existe la obligación ni el mandato legal de incluirlo". 

Para la Auditoría, esta respuesta “desconoce aspectos legales inherentes a la Administración Pública que determinan la inclusión en los expedientes de la ponderación de los criterios objetivos para la asignación de partidas a las distintas publicaciones y/o medios por campaña”. 

Respecto a falta de documentos, tampoco se hallaron los expedientes de pago antecedentes, que permitan vincular las tarifas consignadas en las órdenes de publicidad con las presentadas por cada proveedor en el RENAPPO ni los mecanismos de descuento practicados en cada factura”, amplía el informe. 

“El auditado informó que no efectúa controles sobre la prestación efectiva del servicio”, subrayó la AGN. Por lo tanto la certificación del servicio se realizó mediante el sistema de declaración jurada, corriendo bajo responsabilidad del proveedor, “en consecuencia, existe un alto riesgo de realizar pagos de publicidad que no hayan sido emitida o emitida en forma distinta a la pautada o autorizada”, advirtió el organismo de control. 

Publicidad en la vía pública

En el período 2017 la publicidad en la vía pública se asignó a diferentes empresas, entre ellas la firma Latin American Comunication SA recibió el 40,7% del gasto total. La AGN argumentó que es un importe “que supera en aproximadamente un 1.200% el monto asignado a la firma proveedora ubicada en segundo orden de prelación” y, además, “no se encuentra acreditada la forma en que fueron aplicados los criterios objetivos”.

El organismo de control consideró que fue transgredido lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 24.156 de Administración Financiera, ya que estipula que "no se podrán adquirir compromisos para los cuales no quedan saldos disponibles de créditos presupuestarios”, y en 2017 no se registraron gastos por un monto de $ 584.500.046,45 correspondiente a 14.067 órdenes de publicidad emitida. 

La Auditoría advirtió que el servicio se ejecutó y se pagó en el año 2017 un importe que representa el 27% del presupuesto aprobado para ese período, pero fueron registradas recién un año después "como si esos hechos hubieran ocurrido recién en ese ejercicio”, aclara el informe. 

Siguiendo esta línea, para el Programa 19 se ejecutó $2.163.581.990 de la partida, correspondiente a 17.588 órdenes de publicidad, conforme al siguiente detalle: para 2017 $1.569.607.305,03; en el 2016 fueron $567.122.342; al 2015 le correspondieron $14.430.986,22; y para años anteriores fueron $12.421.357,47.

“Por lo expuesto se observa, que en el presupuesto del año 2017 se registraron como devengadas 5.583 órdenes emitidas en 2016, 2015 y años anteriores por un monto de $593.974.685,81, de los cuales el 95,5% corresponden al ejercicio 2016”, destaca el informe de la AGN.

Órdenes sin autorización

Además, se detectó que se emitieron órdenes de publicidad que no contaban con la autorización presupuestaria para efectuar el gasto. Por ejemplo, la campaña “Haciendo lo que hay que Hacer”, la cual representó el 45% de la ejecución presupuestaria del año 2017, tuvo excedente que se registró como devengado y pagado en el ejercicio fiscal siguiente y, para la AGN, esto “comprometió la disponibilidad de recursos para emitir órdenes de publicidad durante el ejercicio 2018”.

El informe también da cuenta que, de 42 expedientes analizados, hubo 14 contratos sin constancias que avalen y fundamenten el trato. Estos acuerdos fueron por una suma total de $140.617.703,50, lo que representa 52,33% de la ejecución. 

Tampoco se presentaron antecedentes que permitan vincular las tarifas consignadas en las órdenes de publicidad con las tarifas presentadas por el proveedor en el RENAPPO o Télam, ni los mecanismos de descuento practicados en cada factura, “circunstancia que impide verificar la adecuación del precio de la publicidad al tarifario definitivo aplicado”, concluye el trabajo de la Auditoría.