En septiembre de 2005, el gobierno de Mendoza otorgó un crédito de $ 8.714.025 a la empresa de transporte público El Cacique S.A., pese a que la firma estaba en concurso de acreedores desde 2002 y ya le debía a la provincia por ingresos brutos, impuestos al automotor y al sello.

El dato figura en un fallo del Tribunal de Cuentas mendocino publicado en abril de 2008. La plata, en tanto, corresponde al Fondo de Financiamiento e Inversiones Públicas y Privadas, una iniciativa destinada a proyectos productivos, que depende del gobernador provincial y es manejado por la “Administradora del Fondo para la Transformación y el Crecimiento”. El organismo de control falló sobre la rendición de cuentas presentada por la Administradora en el ejercicio 2005, un período que también registra otras irregularidades en los préstamos otorgados.

La empresa había pedido el crédito para comprar colectivos y se le dio un plan de pagos de 54 meses. Cuando recibió el dinero, El Cacique también adeudaba “tasas de carácter comercial con la Dirección de Administración de Activos ex Bancos Oficiales, por más de $ 9.000.000”, señala el Tribunal.

La Administradora del Fondo, un cuerpo “colegiado” integrado por los ministros de Producción, Tecnología e Innovación, de Hacienda y de Infraestructura, Vivienda y Transporte, aprobó el préstamo mediante la Resolución 29, firmada el 12 de septiembre de 2005. Esto sucedió incluso a pesar de que el artículo 3 del Reglamento de Condiciones Generales del ente aclara que no podrán ser admitidas “las personas físicas o jurídicas que se encuentren inhibidas, inhabilitadas, concursadas o fallidas”, o bien que “tuvieren deudas exigibles impagas de carácter fiscal con la provincia”.

En la Resolución que habilitó la operación, la Administradora reconoce que, “si bien la solicitante -El Cacique- se encontraba en concurso preventivo, (se) estima razonable aceptarla como sujeto de crédito, siempre y cuando acompañara la autorización del Juez del concurso para constituir prendas sobre las unidades a adquirir y ceder en pago parte de la recaudación que en futuro le corresponda por la operación del servicio”.

Es decir, la Administradora condicionó el préstamo, por un lado, a un porcentaje de los ingresos de la empresa y, por el otro, a las garantías prendarias que estableció sobre los colectivos. Pero, para el Tribunal de Cuentas, las prendas tenían un “escaso valor, ya que los bienes –las unidades- sufren un gran desgaste por un uso constante que los torna rápidamente obsoletos, lo que no garantiza el cobro de la deuda”.

Quedaba aún la cuestión de la recaudación. El organismo de control consideró que esa especie de retención era “la única garantía real de recupero” supeditada, claro, a que la cuota no afecte el capital de trabajo de la firma.

Más allá de las deudas que arrastraba, ¿cuál era la situación de la empresa inmediatamente después de recibir el crédito? El Tribunal relata que, antes del vencimiento de la primera cuota de capital e intereses –el 30 de mayo de 2006-, El Cacique “ya había solicitado una financiación adicional para parte de los intereses compensatorios devengados, correspondientes a dicho vencimiento”.

El organismo también afirma que la Administradora dio el préstamo sin poder demostrar que la empresa fuera la mejor o la única postulante, o que a pesar del concurso no había una sustituta conveniente.

En su fallo, el Tribunal de Cuentas sancionó con una multa de $ 1000 a quienes por entonces se desempeñaban en la Administradora del Fondo: el ministro de Hacienda, Alejandro Gallego; la ministra de Economía, Laura Montero; la subsecretaria de Financiamiento, Adriana Favier y el director ejecutivo, Jorge Luis Tieppo. Asimismo, se decidió “no liberar definitivamente de cargo a los funcionarios hasta tanto se acredite la total cancelación del préstamo que otorgaron.