El Fondo Fiduciario Para el Transporte Eléctrico Federal, una iniciativa del Ministerio de Planificación, depositó U$S 76.112.400,70 en las Islas Caimán y la operación se hizo sin la “opinión previa” de la Tesorería General de la Nación que, según la Ley 24.156 (artículo 8, inciso d), tiene competencia en la materia.

La Auditoría General de la Nación (AGN) aprobó este año un informe sobre la labor del Fondo Fiduciario a partir de datos tomados entre enero de 2004 y el 31 de mayo de 2007.

Según el trabajo, el depósito tenía ese saldo al 21 de mayo de 2004 y el dinero estaba en la cuenta Nº 2619301010 de la sucursal Islas Caimán del Banco Nación. La Auditoría consideró que “los fondos fiduciarios públicos se encuentran incluidos en el Sector Público Nacional y, como tal, (están) contenidos en la Ley 24.156”, que es la de Administración Financiera, y puntualiza que la Tesorería General de la Nación (TGN) debe “emitir opinión previa sobre las inversiones temporales de fondos que realicen entidades del sector público nacional en instituciones financieras del país o de extranjero”. El informe del organismo de control señala que “no constan evidencias” de que la TGN se haya pronunciado sobre la operación en las islas del Caribe.

Pero el depósito en las Caimán no fue la única operación que hizo el fondo sin el pronunciamiento de la Tesorería: la AGN también detectó una inversión en “Pellegrini Fondo Común de Inversiones”, que al 31 de diciembre de 2006 tenía un saldo de $ 163.025.125,41.

El 18 de noviembre del año pasado, la Auditoría envió su trabajo al ministro de Planificación Federal para que realice el “pertinente descargo” de las observaciones. “Habiendo vencido el plazo, el ente (la cartera) no efectuó sus consideraciones al proyecto de informe de Auditoría”, completa el organismo de control.

El fondo fiduciario fue creado por la Secretaría de Energía en 1999 para financiar obras de ampliación del sistema de energía eléctrica de alta tensión que no estaban contempladas en las inversiones privadas. Sin embargo, hasta diciembre de 2003 no había promovido ningún proyecto y contaba con un saldo de $ 132,6 millones.

“La ejecución de las obras comprendidas en el Plan Federal de Transporte de Energía Eléctrica manifiesta demoras en el cumplimiento del cronograma previsto”, afirma la Auditoría y ejemplifica que el proyecto Madryn-Pico Truncado tenía fecha de finalización prevista para noviembre de 2007 pero en mayo de ese año presentaba un avance físico del 65%. Algo parecido ocurrió en la interconexión Recreo-La Rioja, que se esperaba para marzo de 2008 y diez meses antes mostraba un avance de apenas el 30%.

Otro caso de demoras es la ampliación del tercer tramo del sistema de transmisión asociado a la central hidroeléctrica Yacyretá. El proyecto tenía una terminación prevista en febrero de 2008, pero en mayo de 2007 estaba terminada en un 38%. Esa obra fue financiada mediante aportes del Tesoro Nacional (TN) al fondo fiduciario.

Por otro lado, el TN también aportó en 2004 $ 90,8 millones para la interconexión Puerto Madryn-Pico Truncado, pero al cierre de ese ejercicio sólo se habían ejecutado $ 59,2 millones -que correspondían al fondo fiduciario- por el tramo Choele Choel-Puerto Madryn: “El aporte del Tesoro no era el requerido y ocasionó un costo financiero al Presupuesto Público por los $ 90,8 millones que no se utilizaron”, completó la AGN.

En 2005 se registró otra subejecución de obras planificadas. Para ese año se preveía finalizar –una vez más- los trabajos de Puerto Madryn-Pico Truncado y el Tercer tramo de Yacyretá con $ 303,4 millones del fondo fiduciario y un aporte del Tesoro de $ 175 millones. Sin embargo se ejecutó un total de $ 161 millones y $ 53 de lo que había aportado el TN. El sobre financiamiento de los proyectos, y la subejecución de los presupuestos, generó que en dos años se acumularan $ 280,6 millones del Tesoro Nacional.

Durante el período 2004-2006, el TN aportó un total de $ 1.041,5 millones, de los que se ejecutaron $ 783,9 millones, es decir, una subejecución del 32,8% por sobre financiamiento.

En cuanto a los trabajadores del fondo, el artículo 51 de la Ley de Presupuesto 2002 establecía que “los Fondos Fiduciarios integrados mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado Nacional no podrán tener estructura de personal propia”, sino que debían integrar la planta de las jurisdicciones que los administraban. El informe de la AGN añade que quienes “integran la estructura informal del Comité Administrador no forma parte de la planta de personal de Ministerio de Planificación Federal, ni de ninguna de sus dependencias”.