La justicia platense desestimó una medida cautelar presentada por el ex Defensor Ciudadano Gustavo Galland, por la que reclamó su restitución provisoria en el cargo -del que fue relevado el 28 de mayo último luego de una investigación que el Concejo Deliberante a partir de supuestas irregularidades el desempeño de ese ex funcionario- hasta que se resuelva el fondo de su planteo, en el que niega la legalidad de su destitución.

Galland había fundado su pedido de restitución en el cargo, basándose en que la sanción aplicada se fundó en hechos falsos e inexistentes y que no habían sido probadas las irregularidades que se le imputan, vinculadas, entre otras cuestiones, con la falta de presentación en término de un informe anual, la actuación en política partidaria e incumplimiento del objetivo principal de la defensoría, consistente en la defensa de los derechos e intereses de los habitantes de la Ciudad.

En ese recurso cautelar, el ex Defensor Ciudadano había sostenido que los concejales que llevaron adelante la investigación sobre su desempeño habían sido "parciales" y que obraron "con desviación de poder" y con "la finalidad política de tomar la institución de la Defensoría Ciudadana como un trofeo". Y sobre esa base, planteaba que debía ser restituido provisoriamente, hasta que se resuelva la demanda de fondo.

El juez Luis Federico Arias consideró en su fallo que el reclamo de Galland no tenía, prima facie "bases verosímiles" para dictar una medida cautelar, y agregó que la sanción que se le impuso se realizó en el marco de un sumario administrativo en el que magistrado "no encontró una conducta arbitraria o irrazonable de la autoridad administrativa actuante".

En ese marco, Arias señaló que "tanto la jurisprudencia como la doctrina sostiene que la cognición cautelar se limita en todos los casos a un juicio de probabilidades y de verosimilitud..., añadiendo la Corte Suprema Nacional que 'el juicio de verdad en esta materia se encuentra en oposición a la finalidad del instituto cautelar, que no es otra que atender a aquello que no excede del marco de lo hipotético, dentro del cual, asimismo, agota su virtualidad'".

Arias entendió que tampoco se agravió el derecho de defensa "por cuanto Galland fue anoticiado de la presunta falta que se le atribuye presentando descargo sin ofrecer prueba más allá de la documental acompañada".