El director del hospital de Catriló, Juan Barbero, deberá devolver $ 3.229 que cobró en concepto de guardias que no le correspondían. Además, junto al administrador del establecimiento, Oscar Martínez, tendrá que reintegrar otros $ 381 que le abonaron a un agente 2343 que no estaba habilitado para manejar la ambulancia en ausencia del chofer.

El Tribunal de Cuentas hizo pública la sentencia 1.536 del pasado 20 de agosto pasado. La irregularidad fue detectada en las rendiciones de cuentas de los meses de abril y marzo de este año en el concepto gastos de funcionamiento. 

El organismo de contralor observó las "deficiencias" y a fines de junio emplazó a Barbero y Martínez a que las subsanen. Pero como las explicaciones no convencieron a las autoridades la sentencia los obliga a devolver el dinero. 

Guardias

Sobre la irregularidad detectada en las guardias que cobró el director del hospital, el Tribunal de Cuentas explicó que Barbero cobró guardias profesionales por su actividad como médico pero también en el mismo período de tiempo percibió guardias no profesionales.

Las fuentes consultadas por El Diario explicaron que "en un hospital chico es el director del hospital el que lleva el control de las guardias y ordena el pago de las mismas por lo que es difícil llevar el control y esto se puede prestar para un manejo poco claro".

"Teniendo en cuenta que es el establecimiento asistencial quien tiene la facultad de liquidar las guardias realizadas y teniendo en cuenta también que el agente posee el título de Médico, no corresponde el pago de Guardias No Profesionales por lo que debe proceder a su reintegro. Por lo que corresponde formular cargo por un importe de $ 3.229", dice el fallo.

El TdC, presidido por Francisco García, le dio diez días hábiles para depositar el importe en una cuenta del Banco de La Pampa. 

Ambulancia

El TdC multó al administrador y al director del Hospital Amada Gatica de Catriló por pagarle guardias por $ 381 a un ex plan trabajar de apellido Frías por haber manejado la ambulancia en ausencia del chofer. Esto ocurrió entre el 4 de enero y el 6 de febrero de 2010. El argumento utilizado por el director Barbero es que "el chofer del establecimiento posee el cargo de juez de Paz suplente en la localidad de Catriló y en el período 04/01/2010 al 06/02/2010 se encontraba reemplazando al titular, motivo por el cual el establecimiento estuvo carente de chofer y las guardias fueron cubiertas por agente de la Ley 2.343". Pero desde el TdC le recordaron que "en octubre de 2009 los responsables (del hospital) habían quedado debidamente notificados de tal incompatibilidad". Por este motivo, Barbero y Martínez deberán devolver los $ 381.