El Tribunal de Cuentas estudia fijar un criterio para establecer los parámetros que deberán ser tenidos en cuenta para calcular el sueldo del Gobernador. Es que varios municipios con Carta Orgánica atan la escala salarial que fija la remuneración del intendente, funcionarios y concejales al sueldo del primer mandatario provincial. 

El presidente del Tribunal de Cuentas, Mardonio Díaz Martínez, adelantó que el organismo analizará cuáles son los componentes que hacen al sueldo del Gobernador para evitar los desajustes que se producen en las escalas salariales cuando toman como referencia el "sueldo total" del primer mandatario, incluidos los adicionales personales como antigüedad y título.

La intención del organismo es resolver cuestiones ilógicas, tales como que los concejales de la Capital ganan más que un ministro del Poder Ejecutivo o que funcionarios de la Capital tienen mejores ingresos en comparación con uno de la provincia que desarrolla idéntica labor.

Según información a la que accedió este medio, existen dictámenes de la Subsecretaría de Recursos Humanos en los que se fija que el sueldo del Gobernador tiene sólo tres componentes: la asignación por categoría, por la que percibe $ 4.940; la compensación por canasta familiar, que es de $ 1734; y el adicional de Responsabilidad por funciones, que está en $ 490, lo que totaliza $ 7.164

El haber bruto total del primer mandatario alcanza los $ 11 mil pesos aproximadamente, en función de lo que percibe por antigüedad y título universitario. Sin embargo, la base que debería tomarse como referencia para calcular el resto de la escala municipal totaliza $ 7.164. Los municipios argumentan que son autónomos y, por eso, hasta ahora, no le dieron importancia a las recomendaciones del Ejecutivo Provincial.

La polémica se inició por dos municipios, Capital y Recreo (municipios con Carta Orgánica), que establecen que el intendente ganará el 90% del sueldo del Gobernador, pero no se reglamenta luego cuáles son los componentes que se toman como referencia del sueldo del primer mandatario provincial. En el caso de Recreo, la polémica se inició el año pasado cuando un informe de este medio publicó que la comuna tenía una estructura política de alto costo y necesitaba recurrir a la asistencia mensual del Fondo de Emergencia. En ese momento se conoció que el intendente Daniel Polti ganaba $ 10 mil, situación que mantiene hasta la actualidad. El TC inició una auditoría que no fue concluida, pero Polti defendió la legalidad de la medida al indicar que "se cumple con lo que está normado en la Carta Orgánica".

En el caso de la Capital, el desequilibrio en la escala salarial surge porque también la Carta Orgánica fija que el intendente cobra el 90% del sueldo del Gobernador. Luego se reglamenta partir de la ordenanza 3987, sancionada en enero de 2006 por el Concejo Deliberante de la Capital, que establece la escala salarial del intendente, concejales y funcionarios de la Municipalidad de la Capital. Ésta toma para el cálculo el "sueldo total" que percibe el gobernador de la provincia, Eduardo Brizuela del Moral, incluidos los adicionales personales que percibe el primer mandatario provincial, tales como antigüedad y título.

Además, para los demás funcionarios de la Municipalidad y el Concejo Deliberante de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca se les fija una retribución equivalente a un porcentaje de la remuneración del intendente municipal y se les asigna una categoría.

Es así que intendente, concejales y funcionarios de la Capital se benefician con la medida porque el Gobernador de la provincia tiene 40 años en la administración pública provincial y además tiene un título universitario.

Regalías

Por otra parte, el presidente del Tribunal de Cuentas confirmó que el organismo todavía no tomó una postura con respecto a los municipios que usan los fondos de regalías mineras para gastos corrientes con el compromiso de devolver los fondos antes del cierre del ejercicio anual.

El organismo inició una investigación en el municipio de Valle Viejo cuando el intendente Gustavo Jalile reconoció que debió usar los fondos para el pago de sueldos por la disminución de ingresos. Aunque la auditoría todavía no fue finalizada. El mismo caso se registró en Tinogasta. La auditora municipal, Rosa Muñoz, sostuvo en diálogo con EL ANCASTI que la ley de Regalías Mineras prohíbe el uso de esos fondos para financiar gastos corrientes y que la violación de esa normativa conlleva sanciones administrativas y hasta acciones civiles y penales. Sin embargo, el secretario de Hacienda del municipio defendió la medida al indicar que existe una ordenanza que establece específicamente que la secretaría de Hacienda mediante una simple resolución podía utilizar los fondos.

El TC deberá resolver qué jerarquía tiene la normativa municipal en comparación con la legislación provincial y si los fondos no pueden usarse nunca o en realidad deben estar disponibles cuando se necesite financiar algún proyecto.