La Fiscalía de Estado sumó una importante adhesión a su planteo de inconstitucionalidad de los juicios que ejecuta el Tribunal de Cuentas contra funcionarios que le provocan un perjuicio económico al Estado. El fiscal general de la Corte, Eduardo Quattropani, le dio la razón y dictaminó que el organismo de control no tiene facultades para realizar ese tipo de procedimientos porque es competencia de la Justicia. Su opinión no es vinculante, pero representa un precedente de peso. Los que resolverán definitivamente la legalidad de los juicios en cuestión son los miembros de la Corte de Justicia.

La de Quattropani es la primera voz que se conoce en la Justicia acerca de este tema, que recientemente desató una fuerte polémica de carácter institucional. Todo comenzó cuando la Fiscalía de Estado pidió en el Poder Judicial que se declaren inconstitucionales los juicios de responsabilidad, conocidos como procedimientos administrativos que ejecuta el Tribunal de Cuentas para que un funcionario que perjudicó al Estado repare ese daño con plata de su bolsillo. Como respuesta, en ese organismo adelantaron que se van a defender con uñas y dientes y su presidente, Isaac Abecasis, se reunió con el gobernador José Luis Gioja.

En un dictamen de seis hojas, Quattropani concluye que los juicios del Tribunal de Cuentas "colisionan con lo que dice la Constitución provincial". Según el jefe de los fiscales, la única facultad que tiene el organismo consiste en revisar la legalidad del gasto público. Y si encuentra una irregularidad que le provoca un daño económico a la provincia, afirma, tiene que poner en conocimiento a la Fiscalía de Estado para que en la Justicia ordinaria le inicie un juicio al funcionario responsable.

Dicho en otras palabras, sostiene que el Tribunal de Cuentas no puede hacer juicios y que se tiene que limitar a "aprobar o desaprobar" la inversión de los caudales públicos. Y bajo ese argumento, sostiene que corresponde hacer "lugar a la acción de inconstitucionalidad planteada por la Fiscalía de Estado".

Para evitar confusiones, Quattropani aclara en su escrito que no está en discusión la continuidad de los controles y enjuiciamiento de funcionarios. Porque eso está garantizado en el artículo 43 de la Constitución, que dice que todo funcionario se hace responsable con sus propios bienes cuando le causa un perjuicio económico al Estado.

La intervención de Quattropani responde a que la Ley del Ministerio Público exige que en los planteos de inconstitucionalidad que llegan al Poder Judicial se le corra vista para que opine. Y aunque no es vinculante, se entiende que no es una posición más y que la Corte de Justicia, a la hora de resolver si tiene razón la Fiscalía de Estado o el Tribunal de Cuentas, podría tomar algunos de sus conceptos.

La puja entre los dos organismos determinará si los juicios patrimoniales se siguen haciendo en sede administrativa o en el Poder Judicial exclusivamente. Ahora, todas las miradas apuntan al máximo tribunal de la provincia. Si rechaza el planteo de la Fiscalía de Estado, el Tribunal de Cuentas seguirá funcionando como hasta ahora. De lo contrario, sufrirá un cambio sustancial y en el entorno de los miembros del organismo, hasta dicen que algunos se podrían ir.