España: el Tribunal de Cuentas promueve el lenguaje inclusivo
El manual de sugerencias del organismo de control recomienda el uso de sustantivos genéricos y colectivos; la utilización del imperativo; la forma pasiva y las formas no personales de verbo.
Ante el pedido del Gobierno español para revisar el sistema de signos de la Constitución, en la Real Academia Española (RAE) surgió el debate respecto de las fórmulas del lenguaje inclusivo. En ese sentido, el Tribunal de Cuentas de ese país se pronunció a favor de esta iniciativa, a través de la Presidenta de la Comisión de Igualdad y Secretaria Técnica del organismo, Enriqueta Chicano.
Para Chicano "es absolutamente razonable" que existan "fórmulas" que incluyan a las mujeres en todas las situaciones, aun por fuera de lo que diga la RAE. En este sentido, puso como ejemplo el manual Sugerencias para un uso no sexista del lenguaje administrativo del Tribunal de Cuentas, que desde 2014 impulsa que no se utilice el término “señorita” y plantea que en el caso de los hombres no existe esa distinción ya que solo se los llama “señor”.
"Esta diferencia en el tratamiento se debe a una tradición que distingue, sin que sea pertinente, entre una mujer casada de una soltera. En la sociedad actual no podemos continuar identificando a las mujeres por su estado civil o por su relación con los hombres. Por ello, debe utilizarse 'señora' y 'señor' para hacer referencia de forma general a una mujer o a un hombre, con independencia de su estado civil", detalla el manual del Tribunal de Cuentas.
De esta manera, Chicano manifestó que "el lenguaje lo van haciendo las sociedades" y se pronunció a favor de que el mismo “sea inclusivo". "Si éste no te incluye, no existes", consideró.
Por último, cabe destacar que el manual de sugerencias del organismo de control español recomienda no utilizar el símbolo arroba en el final de las palabras para hacer referencia a ambos géneros ya que “no es un signo lingüístico”. De ese modo, se prefiere el uso de sustantivos genéricos y colectivos; la utilización del imperativo; la forma pasiva; las formas no personales de verbo; y utilización de determinantes sin marca de género u omisión del determinante en el caso de sustantivos de una sola terminación.