La Defensoría del Pueblo y el Ambiente elaboró un documento de trabajo y recomendaciones en relación al reciente temporal que desencadenó la declaración de emergencia climática en nuestra ciudad.

El informe aborda diversos aspectos del funcionamiento municipal ante la emergencia, siempre en relación con la obligación que impone a la Defensoría el Artículo 25 de la Ordenanza 10136/14, que manda a determinar eventuales fallas "sistémicas" de la administración, procurando prever mecanismos que permitan eliminar o  disminuir ese carácter. Por esa razón no se atacan aspectos estrictamente coyunturales del manejo de la crisis, a la vez que se realizan observaciones a las normas en vigencia. Tales propuestas de trabajo no pretenden agotarse en sí mismas.

En resumen, las siguientes son las recomendaciones concretas expresadas:

1)   Centro de llamadas en la emergencia, con líneas rotativas y personal capacitado para atender al público en situaciones de emergencia o crisis, que canalice la información de todas las instituciones intervinientes, reciba reclamos de modo centralizado para su redistribución y mantenga su funcionamiento hasta la normalización de la situación. Tal centro deberá formar parte de un protocolo permanente, que se active ante cualquier tipo de emergencia que involucre al conjunto o a buena parte de la población.

2)   Estimación de necesidades de maquinarias pesadas y de otro tipo utilizables en emergencia, procurar mecanismos de financiamiento y/o endeudamiento con aportes de la provincia, para incorporar nuevos recursos en ese sentido, que a la par de menguar la extrema dependencia municipal de los aportes de extrajurisdicción , que llegan cuando la crisis está en marcha, permitan enfrentar los imprevistos con mejor  preparación  y se afecten durante todo el año a la realización de tareas preventivas, entre otras funciones que resulten recomendables. Por caso, grúa de porte adecuado que facilite las labores de podas preventivas en grandes árboles, maquinaria vial, etc.

3)   Relevamiento y atención de árboles en riesgo en todo el ejido

4)   Restricción máxima a las excepciones particulares de la Ordenanza que impone cableados subterráneos. Restricción máxima de toda otra norma suspensiva de sus alcances, en especial para nuevos loteos y tendidos de nuevos servicios. Explorar incentivos para inducir la subterranización de cableados aéreos ya existentes, siempre que fuere técnicamente posible.

5)   Revisión del Plan de Contingencia y Mapeo de Riesgo de la Ordenanza 10261/14, en relación con las debilidades y vulnerabilidades de cada sector de la ciudad y su abordaje concreto en terreno, para ajustar detalles y mejorar la calidad de respuesta.

El informe completo, también puede leerse a continuación:

Documento de trabajo y recomendaciones de la Defensoría del Pueblo y del Ambiente, a propósito del reciente temporal y emergencia climática.

San Martín de los Andes, su zona de influencia y la región toda, han sido sometidos a una de las más intensas nevadas de los últimos 20 años. Esa circunstancia, como es de conocimiento público, provocó múltiples trastornos que obligan a reflexionar con intención proactiva, conforme lo manda el Art. 25 de la Ordenanza 10.136/14, que impone a esta institución la misión de detectar y formular recomendaciones sobre comportamientos que “denoten una falla sistemática y general de la administración pública, procurando prever los mecanismos que permitan eliminar o disminuir dicho carácter”.

Para estas observaciones se parte de una primera admisión necesaria: esta Defensoría no tiene funciones ejecutivas y, por tanto, no está expuesta a las críticas inmediatas que por naturaleza de su tarea deben enfrentar aquellos que en circunstancias adversas lidian con las dificultades en el terreno, aquí y ahora, acometiendo su misión incluso más allá de sus obligaciones.

Ergo, las recomendaciones que siguen –forma en que la Defensoría debe hacer llegar sus observaciones- se ensayan sin otro ánimo que el de coadyuvar a mejorar procedimientos futuros, tal como se ha dicho y lo manda la ordenanza de creación de la Defensoría del Pueblo y del Ambiente.

Sin embargo, tales recomendaciones carecerían de sentido si no fuesen más que una colección de reproches arbitrarios según la lente de cada uno, y/o buenas intenciones descontextualizadas de las condiciones que impone la realidad. Es por ello que los documentos que viene formulando esta Defensoría en diversos temas, siempre ponen cuidado en proponer medidas operativas y objetivos alcanzables, aun cuando puedan parecer de difícil concreción a primera vista.

Por esa misma razón no se abordarán cuestiones coyunturales de la operativa con que se encaró la emergencia, sino aspectos sistémicos que se pueden mejorar, tal como obliga a hacer la aludida ordenanza.

De hecho, es probable que el Ejecutivo Municipal comparta varias de las observaciones que se ensayarán aquí, como resultado de las enseñanzas que deja todo momento de crisis. Luego, estará en cada uno el empeño por encarar las correcciones que permitan evitar los mismos males en el futuro.

Por todo ello, resulta a ojos de esta Defensoría necesario diferenciar dos momentos en la emergencia: el antes y el durante...

La información

Por proximidad en el tiempo se empezará por el “durante”, que está obviamente atravesado por el tenor del temporal, con su secuela de ramas y árboles caídos; afectación de líneas de energía eléctrica; interrupción de servicios de transporte de pasajeros y de otros servicios esenciales en la emergencia como las comunicaciones y la provisión de agua; bloqueo de accesos a barrios; rutas y caminos intransitables; aeropuerto bloqueado por nieve en pista; demandas de reubicación de turistas en una ciudad turística y más... Por caso, el agotamiento de elementales provisiones de velas, pilas, cajeros sin dinero y supermercados que no aceptaban tarjetas por caída de sistemas, etc.

Hay barriadas enteras que al momento de la redacción de este documento aún permanecen prácticamente incomunicadas y sin energía eléctrica, lo que atestigua la carga de dramatismo que ha tenido este temporal.

Frente al cúmulo de tareas y su complejidad, se constituyó el comité de operaciones y emergencias que condujo las actuaciones y la coordinación entre las distintas instituciones. Debe recordarse que existe una ordenanza madre para estos eventos, la 10261/14 “Plan de Contingencia y Mapeo de Riesgos”, que en adelante será llamada “ordenanza de Plan de Contingencia”, algunos de cuyos alcances se pondrán en tensión en este documento.

Es de destacar el esfuerzo de aquellos afectados al trabajo de campo y a la conducción del personal, sin conocer de horarios ni jurisdicciones. También la solidaridad exhibida entre vecinos, así como debe condenarse el aprovechamiento vil que algunos comerciantes han hecho sobre el valor de artículos de necesidad en la emergencia, asunto que por su naturaleza no compete a esta Defensoría ocupada en las conductas de la administración pública respecto de los vecinos y vecinas, pero que no puede soslayarse y debería ser perseguido por su carácter desleal.

Ya sobre el tema de interés principal, una primera observación crítica es que se descuidó el valor de la información, en especial su fluidez. La información en situación de conflicto es clave y su manejo no puede ser azaroso o coyuntural. Debe ser previsto y organizado para quienes son sus fuentes generadoras, y previsible en tiempos y formas para sus destinatarios.

La ordenanza de “Plan de Contingencia” contiene un esbozo en ese sentido, pero a la luz de los hechos presentes y otros próximos en el recuerdo, resulta claramente insuficiente, y de contenido vago.

No se refiere esta Defensoría a los roles delineados en esa Ordenanza, ni a los “partes de prensa” que puedan ser regulares en el tiempo durante la emergencia, sino a la información suministrada por voz humana, que a la par de comunicar reciba y canalice llamados de auxilio y tome nota de situaciones particulares o vecinales. Por ejemplo, una sola boca de información con varias líneas rotativas y operadores, que reúna la actualidad de todas las instituciones involucradas, debidamente informada y conocida para los vecinos, de manera de evitar que cada uno llame por su cuenta a cada organización, multiplique el tráfico y las confusiones. Todo ello, sin perjuicio del rol de los canales de emergencia que sí están estipulados en la Ordenanza de Plan de Contingencia, y que son específicos para cada afectación (incendios, salud, Prefectura, etc.)

Pero en una crisis con la carga de angustia como la presente, la información propia generada para el público es de vital importancia no sólo para el interesado, sino también para aquellos que tienen funciones de gobierno.

Esta Defensoría recibió recurrentes quejas de vecinos y vecinas haciendo mención a que no obtenían respuesta a sus llamados a los servicios de consulta de organismos públicos, o que cuando lograban dar con alguien del otro lado de la línea, no había información o se limitaba al esperable y exigible “se está trabajando”. Incluso, esta defensoría recibió denuncias de que algunas líneas de consulta daban ocupadas permanentemente en ciertos organismos afectados a la crisis, no por colapso sino con sensación de intención deliberada.

Por cierto, no es esta una generalización, ya que hubo oficinas que, con sus limitaciones, dieron respuestas y/o instrucciones al público.

Ahora bien, piénsese en el fragor de la labor y en la imposibilidad práctica de algunas instituciones u organismos de afectar personal sólo a responder el teléfono, asumiendo que hubiere comunicación disponible.

Si tal tarea se desdeña por las razones que fuere, entonces resulta de pura lógica que la labor de responder consultas e informar debiera estar previamente organizada y centralizada por las autoridades dentro de las funciones del comité de emergencia. Este aserto está en efecto previsto en el punto “F” del Anexo 1 de la Ordenanza de Plan de Contingencia, pero esta Defensoría entiende que deberían asignarse teléfonos de consulta permanente, con las aludidas líneas rotativas. Es cierto que, por ejemplo, la Defensa Civil mantuvo líneas abiertas, pero a la luz de las quejas también es evidente que resultaron insuficientes o acaso desconocidas para la mayoría.

Lo que se propone es líneas previamente determinadas con un servicio de consulta que maneje la información obrante en cada momento, siendo la primera tarea comunicar profusamente a los vecinos que deben informarse a través de ese único canal, sin perjuicio de que los medios de prensa y audiovisuales tengan sus propias fuentes. Y ello como parte de un protocolo que se ajuste ante cualquier emergencia, sea del tenor que fuere; poniendo en esa labor a personas preparadas para atender al público en circunstancias de apremio.

Una vez más se insiste en que la Ordenanza de Plan de Contingencia prevé la centralización de la información, pero los resultados no han sido para nada satisfactorios, por lo que en este aspecto debiera ser cuando menos revisada, corregida o incluso reelaborada. Esta es, entonces, la recomendación.

El sólo hecho de poder decirle a alguien que aparece como nexo con las autoridades, que en tal o cual lugar hay una familia en dificultad, o en tal esquina hay un árbol a punto de caer sobre una línea, es de por sí balsámico para quien formula el llamado, más allá de que espera con justa razón que se le tenga en cuenta y se actúe. Esa labor en gran medida la suplieron las radios de la ciudad, y no está mal, por cuanto esa es una función social de los medios, lo que en modo alguno significa que el estado no deba asumirla con seriedad, amplitud y profesionalidad.

Los recursos

Una de las evidencias tangibles de la crisis por el temporal, fue el cúmulo de árboles y/o ramas caídas por el peso de la acumulación de nieve, que afectó líneas de suministro eléctrico, bloquearon caminos y hasta provocaron gravosos daños a bienes.

Podrá argumentarse, con razón, que el temporal fue de una magnitud infrecuente y que, por ello, la ciudad no estaba preparada a pesar de los muchos trabajos de poda que se realizan a lo largo de cada año, y que a su vez son frecuente motivo de cortes programados y preventivos de energía eléctrica.

Esta Defensoría ha hecho varias intervenciones ante las autoridades municipales por árboles en peligrosa situación y ha solicitado por ello un relevamiento general y técnico en todo el ejido. Luego, a resultas de tales gestiones, se supo que el Departamento Ejecutivo tiene un relevamiento propio de arbolado en riesgo en espacio público, sin perjuicio de la responsabilidad civil que quepa a los propietarios privados por árboles en sus predios peligrosamente cercanos a las distintas redes. De hecho, se ha informado por distintos medios que el corte troncal obedeció a la conducta desaprensiva de particulares, lo que no obsta para advertir primero la necesidad de extremar los controles y las medidas preventivas del Estado en esas redes principales, así como la multiplicidad de trastornos que provocaron los árboles en general, muchos de ellos en espacios públicos, aceras, ya sobre los sistemas de distribución de servicios de electricidad, telefonía y cable tv en toda la ciudad.

Sin embargo, las observaciones de esta Defensoría y las acciones municipales más de una vez han quedado limitadas a la disponibilidad de una pequeña grúa con elevador, que no es eficiente para tales funciones, ya que al parecer la que resulta adecuada la tienen sólo organismos como el EPEN. Cabe preguntarse si no será hora de que el municipio, con la intervención y aportes que pueda gestionar, cuente con ese recurso técnico y el personal capacitado para la función.

Se trata, más bien, de una pregunta retórica. Es una firme recomendación de esta defensoría que se arbitren los medios destinados a multiplicar las podas preventivas con recursos propios, sin necesidad de depender siempre de la colaboración extramunicipal.

Empero, tal recomendación sería faltar a una parte significativa de la verdad, si no se advirtiese que en San Martín de los Andes existe una ordenanza de 1991 (696/91) que impone los tendidos de servicios subterráneos, ordenanza que ha sido motivo de innumerables excepciones a lo largo de años. Un rápido repaso al digesto revela al menos 50 ordenanzas particulares de excepción en ese sentido.

La finalidad de tal medida no se limita a una cuestión de contaminación visual, sino a evitar sucesos como los de estos días. Y no escapa al análisis que la mayoría de los pedidos de excepción, seguramente, está fundada en los costos que insume el cableado subterráneo en relación con el aéreo. Pero las evidencias relevan de hacer comparaciones entre la reducción de costos para unos y los perjuicios potenciales para todos.

Es otra recomendación de esta Defensoría que la dispensas de excepciones a la Ordenanza 696/91 sean en adelante fuertemente restrictivas, en especial cuando se trate de nuevos loteos o nuevos tendidos de servicios, y que se limite de igual modo toda ordenanza temporalmente suspensiva de la 696. También, que se analice la conveniencia de promover beneficios y/o incentivos para el reemplazo progresivo de los actuales tendidos aéreos por cableados subterráneos.

Otra cuestión que merece un apartado es la disponibilidad de maquinarias que sirven a los efectos de despejar caminos y asegurar transitabilidad. No es la primera vez que en emergencia son aportadas por particulares, otras instituciones, y sobre todo las vialidades, siempre ya con la crisis  marcha y por tanto con las consecuencias de ésta en curso; a la vez que es frecuente a lo largo de los años que el parque municipal de maquinarias padezca desperfectos que mantienen al recurso largamente inmovilizado, o que funcione a su límite para atender todo el ejido.

Por lo tanto, es otra firme recomendación que en el marco del diseño de un plan de contingencia, se determine un programa de prioridades para la adquisición de nuevas máquinas y/o reparación cuando corresponda, de maquinarias municipales disponibles para las emergencias pero también para dar satisfactoria respuesta al uso permanente, adecuado y, sobre todo, preventivo, que hoy aparece comprometido. La última nevada no debe hacer perder de vista que en los últimos diez años esta ciudad ha padecido dos graves eventos por ceniza volcánica, otra nevada significativa en 2007, movimientos sísmicos, desprendimientos de grandes piedras, deslaves, incendios de bosques próximos y alto riesgo latente de incendios de interfase, etc.

Se entiende que siendo San Martín de los Andes uno de los principales destinos turísticos de la provincia, generador de recursos al erario neuquino, debiera el Estado provincial hacer aportes sustanciales en ese sentido, sin perjuicio de la justicia del reclamo de otras localidades con similares carencias.

Por caso, podrían explorarse mecanismos de endeudamiento y agilización de los procesos de compra sin perder la debida transparencia, y/o procurar el financiamiento con la Provincia, a la vez que con tal objeto debería reorganizarse el conjunto del parque automotor.

Debe insistirse que esta Defensoría sabe y asume de buen grado que otras instituciones y/o jurisdicciones aporten sus recursos en emergencia, pero el punto que se intenta enfatizar es que el municipio debiera ir menguando su dependencia de esos aportes, para tener los propios que sirvan ya con fines preventivos y para atender el cúmulo de necesidades diarias, que también resultan descuidadas por las mismas carencias.

Una revisión

Consta a esta Defensoría que el comité de emergencia trabajó sobre un esquema de prioridades, fijado conforme se avanzaba en la crisis. Luego, la  aludida Ordenanza de Plan de Contingencia determina acciones, capacitaciones y roles. Pero la pregunta que se pretende formular aquí es si esos planes son suficientes o, más precisamente, si se respetan como tales o en buena medida se cambian actuando sobre la marcha. O, por el contrario, si lo que al cabo corresponde es ajustar el plan a la realidad...

Una cosa es la necesaria plasticidad de un plan de acción, y otra es su abandono o los cambios de rumbo discoordinados, o el supuesto de la propia falencia práctica de un plan –cualesquiera fuere- que se evidencia en el desapego a sus mandatos cuando pasa a la faz operativa.

Luego... ¿El mapeo de riesgo que prevé la Ordenanza de Plan de Contingencia acaba de combinarse en la práctica con el abordaje de las debilidades relativas que presentan cada sector de la ciudad, basado en la complejidad de la morfología, los servicios, los accesos disponibles, vulnerabildiades sociales, entre otros factores? ¿Siempre debe actuarse poniendo uno de estos factores por encima de otros, o es la evaluación del conjunto la que debe indicar el orden de prioridades?

Piénsese por caso que no es lo mismo vivir en zonas alejadas de la línea urbana que concentra la mayoría de servicios, incluso los principales supermercados, que residir en sectores más alejados, de terrenos más complejos como pudieran ser desde las barriadas de Chacra 30/32 a otras que se ubican en dirección a Lolog o Puente Blanco “Payla Menuco” o el barrio Intercultural, por mencionar algunos de esos enclaves. En esos sitios y otros similares, con tránsito bloqueado, sin energía eléctrica, sin gas de red y con imposibilidad de acceder a la producción circunstancial de leña, la situación puede tornarse gravísima conforme avancen las horas.

Lo que se recomienda aquí es la conveniencia de revisar el Plan de Contingencia y el Mapeo de Riesgo en relación con las circunstancias particulares de cada sector de la ciudad y el respectivo abordaje operativo y directo en terreno, para afinar sus detalles y mejorar la calidad de respuesta.

Las hasta aquí expuestas son recomendaciones que no pretenden agotarse por sí mismas, asumiendo –como se ha dicho- que en buena medida el DEM las puede haber advertido ya por propia iniciativa.

Los gobiernos municipales que se han sucedido durante años, cualesquiera fuere su color político, conocían y conocen de las limitaciones de sus recursos, de manera que no es estrictamente necesario que un tercero se los recuerde, pero la crisis que hemos vivido hace evidente que ya es hora de terminar con echar en falta lo que no se tiene por carencia de medios o de gestión y trabajar juntos por conseguirlo. Para eso es imprescindible trazar un proyecto común de ciudad, que acuerde cuando menos un puñado de rumbos estables, independientemente de los vaivenes políticos y de las coyunturas.