Organismos de control devolvieron el contrato con los chinos
Publicado: 06-04-09
Con inocultable tono crítico, los órganos de control devolvieron al Gobierno el "borrador" del contrato de venta de gas de regalías que este les había enviado la semana pasada para su análisis.
Tanto la Fiscalía de Estado con el Tribunal de Cuentas coincidieron en señalar que la falta de remisión de todos los antecedentes vinculados al tema atentan contra la tarea de control que deben desarrollar, y califican de incompresible la conducta seguida por el Poder Ejecutivo.
La Fiscalía de Estado devolvió el modelo de contrato el miércoles de la semana pasada, esto es el mismo día en que fue girado por el Gobierno, y otro tanto hizo el Tribunal de Cuentas el viernes.
Entre las observaciones planteadas, se mencionan que el Poder Ejecutivo no acompañó al borrador de contrato el expediente en el que consten la totalidad de las actuaciones y antecedentes sobre el tema. Se hace especial hincapié, también, en la falta de opinión técnica y jurídica de parte de la secretaría Legal y Técnica de Gobierno y del área legal de la Secretaría de Hidrocarburos que avalen su intervención en la elaboración y evaluación del contrato.
El borrador del contrato en cuestión "ha sido consensuado por ambas partes (Gobierno y Tierra del Fuego Energía y Química)", y en la elaboración del mismo ha "tomado debida participación ?en representación del Gobierno de la Provincia- el área legal de la Secretaría de Hidrocarburos", según indica el ministro de Gobierno en la nota de elevación a los órganos de control. A pesar de ello, el documento remitido carece de firma alguna, por lo que se desconoce qué profesionales tomaron intervención en la elaboración y confección del mismo.
Autorización para ceder el proyecto a terceros
Uno de los aspectos contenidos en este "borrador" de contrato que parece poner en duda el real interés de Tierra del Fuego Energía y Química por desarrollar el proyecto de elaboración de metanol y urea en la Provincia, surge de los alcances de las cláusulas 7.5 y 7.6 del documento.
En la primera se estipula que Tierra del Fuego Energía y Química S.A. (TFEQ) "podrá ceder libremente, total o parcialmente, intereses, derechos, obligaciones y llegado el caso, su participación en la presente oferta a cualquiera de sus compañías afiliadas, vinculadas y controladas conforme ley 19.550 (de sociedades comerciales)". Para concretar esta cesión se deberá "informar previamente a la provincia", y la o las empresas a las que se ceda el proyecto "deberán presentar las garantías de solvencia que le sean requeridas por la Provincia".
En tanto, en la segunda se habilita a que "previo consentimiento escrito de la provincia, el que sólo podrá ser denegado por razones debidamente fundadas, TFEQ podrá ceder total o parcialmente sus intereses, derechos y obligaciones en virtud de la presente a otras personas no incluidas" en la cláusula anterior, caso para el que no se contempla la presentación ante la provincia de "garantías de solvencia" algunas.
Reventa de gas
Otras de las cláusulas del borrador de contrato que resulta llamativa, es aquella por la cual se autoriza a que TFEQ pueda revender durante los primeros 3 años hasta el 20% de los volúmenes de gas comprados a la provincia (a razón de 1,5 millones de metros cúbicos diarios) y hasta el 50% de los mismos después del tercer año.
Llamativa por cuanto en ese mismo artículo 4 se acuerda que las partes "convienen en incrementar progresivamente los volúmenes en disposición de TFEQ, para el caso que se amplíe el porcentaje disponible de las regalías por parte de la provincia, debiendo ser comunicado en tal sentido por la Provincia a fin de evaluar TFEQ un eventual requerimiento de volúmenes adicionales respecto de los acordados como volúmenes en disposición de TFEQ", y que "en ningún caso se admitirá la reducción de volúmenes en disposición de TFEQ sin previo consentimiento de ambas partes".
De precio internacional del gas a precio regional
A pesar de que el memorándum de entendimiento rubricado entre el gobierno y la empresa y en la ley que sancionó la Legislatura para habilitar, por vía de excepción, la venta directa de gas de regalías se determinó que el reajuste del precio de venta del gas surgiría de aplicar una fórmula que contemplaba el 50% de la variación del preciso internacional del gas natural y el 50% de la variación del precio internacional del metanol, en el contrato se especifica que en función de que el "mercado internacional de gas natural se rige en función de precios regionales" debe entenderse que la remisión al "precio internacional del gas se refiere al directamente relacionado al precio regional del gas natural y la cuenca de abastecimiento dedicada a la presente oferta". Razón por la cual se tomará en cuenta "el precio ponderado de los tres mayores volúmenes de los contratos de compraventa de gas natural de productores provenientes de Cuenca Austral".
En lo referido a la variación del precio internacional del metanol también se introducen cambios, ya que se refiere que se tomará en cuenta aquél parámetro o el de "otro producto químico en proceso de producción", por cuanto se contempla que en una primera etapa la inversión comprometida por la empresa estará destinada a la instalación de "una planta de metanol y otros productos químicos" no especificados, en tanto que la segunda etapa de la inversión estará apuntada a ampliar "la producción de metanol a 700 mil toneladas por año y/o 1 millón de jornaladas de urea al año".
Anticipo en cuotas
En lo referido al pago anticipado de la compra de gas de regalías correspondiente a los primeros 3 años de contrato, se establece que la primera cuota será de 34 millones de dólares y que esta deberá hacerse efectiva hasta el 30 de abril de este año. En caso de incumplimiento, la empresa deberá pagar a la provincia un interés equivalente a 1 vez y media la tasa LIBOR anual aplicable a dólares billete estadounidense por colocaciones a 180 días, más 3 puntos porcentuales anuales desde la fecha de depósito hasta el día de efectivo pago. Ello siempre y cuando el contrato sea firmado antes de la fecha de pago prevista en la ley aprobada el 23 de diciembre del año pasado.
En tanto, las restantes dos cuotas se pagarán en 4 cuotas consecutivas durante el primer cuatrimestre de 2010 y 2011, respectivamente.