Proyecto: Código de Ética para funcionarios del Control Público
“En el caso de un Auditor Público se debe demostrar que es confiable, que puede ser depositario de la información existente y que la misma no será utilizada para otro fin y que su accionar será objetivo e imparcial, y que mantendrá en sus juicios la independencia de criterio necesaria”.
Su labor no tendría objeto si la sociedad no tuviese fe en sus informes. Los ciudadanos deberían asociar la imagen del auditor independiente con la de una moral más elevada de la normal, y así justificar su credibilidad para garantizar un servicio honesto y responsable que una investidura académica o el ejercicio de una técnica exige.
Por otra parte, al auditor le corresponde además, toda la carga de obligaciones, prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades que acarrea la función pública en su rol de “servidor público”.
A partir de estos fragmentos de introducción, el doctor Sergio Hemsani presenta el proyecto de Código de Ética para funcionarios vinculados al ejercicio del Control Público, que él confeccionó.
El autor señaló que “cada código de ética profesional no es más que una declaración de responsabilidades asumidas de común acuerdo. Con él la sociedad conoce los principios al que se compromete cada profesional, otorgando confianza en los miembros de cada profesión, demostrando que no sólo se debe ser competente sino que además se debe buscar el bien común. Estos son los factores que distinguen a una profesión de un negocio”.
Pero además, “de principios y orientaciones de conducta” explica Hemsani que “visualizamos el proyecto como un elemento indispensable como para dar respuesta a necesidades concretas de nuestra labor diaria, describiendo el comportamiento que se debe esperar de un auditor público”
Para diseñar esta propuesta el autor se nutrió de diversos desarrollos de instituciones vinculadas con el control público tanto a nivel local como internacional, así como normativa específica para esta materia:
- Ley 24.759 Convención Interamericana contra la Corrupción OEA.-
- Ley 25.188 Ética en el Ejercicio de la Función Pública.
- Decreto PEN 41/99 Código de Ética de la Función Pública.-
- Decreto Nº 1123/GCBA/01
- Resolución Nº 98/AGCBA/00
- Código de Ética The Institute of Internal Auditors.-
- Código de Ética INTOSAI para Auditores del Sector Público.-
- Código de Ética del Auditor Gubernamental Contraloría General de Bolivia.-
- Código de Ética Asociación de Auditores Internos de la República Dominicana.-
- Código de Ética de los Servidores Públicos México.-
- Ética Profesional Comparada IFAC 1995.-
- Resolución SGCBA Nº: 131- 2006