Desde 2016 nuestro país cuenta con la Ley 27.275 que garantiza el acceso a la información pública por parte de la ciudadanía. La normativa obliga a la Administración Pública Nacional, tanto a la central como a los organismos descentralizados, a responder las solicitudes que les llegan. Pero, ¿qué pasa con la información de los gobiernos provinciales?

Luego de la sanción de la ley nacional, las jurisdicciones fueron invitadas a adherir. Muchas de ellas contaban con normativas anteriores al 2016 por lo cual solo tenían que actualizarla. Otras sin legislación sobre el tema se sumaron y adhirieron. Solo quedan cuatro provincias sin un marco legal que regule y garantice el derecho a la información pública: Formosa, La Pampa, San Juan y Tucumán. En todas las que rige alguna normativa puede realizarse un pedido de acceso a la información pública de forma presencial, pero esta metodología deja afuera a quienes no pueden acercarse hasta el lugar indicado. Desde El Auditor.info armamos una guía para quienes deseen pedir información en las 20 jurisdicciones que tienen una normativa al respecto.

A través de formularios digitales

• Jujuy

La provincia de Jujuy cuenta con la Ley Nº 5.886 sancionada en 2015. El método para solicitar información es sencillo: puede hacerse online a este formulario, solo piden algunos datos personales y el CUIL. Al realizar el pedido envían, por mail, una notificación con el número de expediente. La plataforma es amigable y suelen responder en el plazo correspondiente (15 días).

• Buenos Aires

Los bonaerenses cuentan con la Ley N° 12.475, sancionada en el 2000 y el Decreto provincial N° 2.549 de 2004. Si bien la opción para pedir información pública no está a simple vista, se puede encontrar fácilmente en cualquier buscador de Internet. La Dirección de Acceso a la Información Pública ofrece un formulario que hay que descargar, llenar (en papel o digital) y presentarlo en Mesa de Entrada o por mail a infopublica@mgob.gba.gob.ar

Si bien el proceso de bajar el formulario y llenarlo puede ser engorroso, se puede imprimir, completar, sacarle una foto y enviar al mail indicado. Como contrapartida se recibirá por la misma vía el número de expediente. El plazo para dar la información es de ocho días, pero el pedido realizado desde este medio demoró 21 días en responderse.

• Chaco

En el Chaco existe la Ley Nº 2486-A (antes Ley Nº 7847) mediante la cual se crea la Oficina de Transparencia y Acceso a la Información Pública en el ámbito del Poder Ejecutivo para garantizar el derecho a la información pública. A través de una plataforma online se puede realizar el pedido mediante un formulario. Un requisito necesario es ser ciudadano digital de la provincia, de lo contrario el formulario se cierra en pocos minutos, lo que dificulta la realización del pedido. Si bien no envían mail con número de expediente confirmando que recibieron la solicitud, ante las consultas realizadas por este medio respondieron en el plazo indicado (15 días).

Formulario digital de Chaco
Formulario digital de Chaco

• Ciudad Autónoma de Buenos Aires

En CABA, la solicitud de información pública está respaldada por la Ley Nº 104 de 1998 y actualizada en 2016. En este caso, el pedido puede realizarse de forma digital pero para hacerlo hay que estar registrado en la plataforma Mi BA. A veces el formulario suele indicar error al usar algunos signos, pero el procedimiento es fácil. Una vez realizado, llega un mail confirmando la solicitud. Suelen responder en el plazo indicado (15 días) pero el formato no siempre es accesible.

• Catamarca

En esta jurisdicción cuentan con la Ley N° 5.336 y tienen la posibilidad de hacer pedidos mediante TAD Catamarca. “Cualquier ciudadano puede ingresar, se selecciona el organismo correspondiente y una vez que se hizo el trámite se crea un expediente digital que se envía al ente que se consulta. Se puede hacer el seguimiento en la misma página. Hace un tiempo estuvimos trabajando en mejorar la ingeniería del proceso. Si el pedido se hace de forma presencial, también se crea un expediente digital”, detalló Romina Argañaraz, secretaria de Modernización de la provincia y miembro del Consejo Federal para la Transparencia. El plazo de respuesta no puede superar los 30 días hábiles. 

A nivel nacional la Ley 27.275 creó la Agencia de Acceso a la Información Pública que funciona como órgano garante del derecho y el Consejo Federal para la Transparencia, un espacio de diálogo entre las provincias, en el cual todas las jurisdicciones designaron a miembros referentes salvo Mendoza y Corrientes.

• Mendoza

La Ley Nº 9070 de 2018 regula la temática en la provincia. Para realizar un pedido de acceso a la información pública en Mendoza, de forma online, es necesario ingresar a su página de Transparencia donde se despliegan las diferentes opciones entre ellas: “solicitar información pública formulario electrónico”. Una vez adentro, es amigable y sencillo aunque con una tipografía bastante pequeña que dificulta la lectura. Al finalizar el trámite, envían un mail con el número de expediente (ticket) y mediante la página de seguimiento se puede ver el estado del mismo. En caso de falta de respuesta, se puede presentar un recurso de incumplimiento con un plazo de resolución de 15 días hábiles. Desde El Audito.info realizamos un pedido que registra 76 días de demora.  

• Santa Fe

A través de la sanción del Decreto provincial 0692 en 2009, el Estado local tiene la obligación de regular el mecanismo de acceso a la información pública. La provincia, en su sitio web oficial, brinda la posibilidad de realizar el pedido de manera online a través de un formulario de Gobierno Abierto. Al momento de gestionar el trámite es obligatorio presentar información personal básica y DNI adjunto de ambos lados. También se puede hacer el pedido de forma presencial.

El gobierno de Santa Fe informa, además, que el tiempo máximo de respuesta es de “hasta 20 días hábiles”. Sin embargo, el sitio web menciona que en algunos casos el plazo “podría extenderse” justificando esta demora. Al cabo de ese periodo de tiempo este medio no recibió respuesta del pedido, ni motivo de la demora de la solicitud.

• Córdoba

Hace 23 años en Córdoba se sancionó la Ley Nº 8803 de acceso a la información. Hoy la manera de realizar el trámite es a través de la plataforma Ciudadano Digital en el organismo correspondiente a través de un e-trámite. Para ello es necesario tener un usuario y contraseña de CiDi. Los plazos de respuesta son de 10 días hábiles. Por su parte la ciudad de Córdoba cuenta con formulario digital donde también se puede solicitar información.

Ciudadano Digital de Córdoba
Ciudadano Digital de Córdoba

Vía correo electrónico

• Chubut

Es una de las primeras en tener normativa al respecto. Si bien desde 1992 cuentan con la Ley N° 156 (antes Ley N° 3764) no cuentan con una metodología sencilla para hacer un pedido de acceso a la información de forma digital. Para realizar este trámite se puede enviar un mail al organismo del que se requiere información. Desde este medio se hizo un pedido por mail, confirmaron que estaban reuniendo la información, pero luego de dos meses la respuesta no fue enviada. El plazo para la entrega es de 5 días hábiles. Para dudas o consultas, desde la Secretaría General de Gobierno ofrecen ayuda y guían en el proceso (sscyechubut@gmail.com).

• Neuquén

La provincia tiene, desde 2016, la Ley Nº 3044 que habilita a hacer pedidos de acceso a la información de forma online. En la Asesoría General de Gobierno (asesoriageneraldegobierno2016@gmail.com) reciben las consultas y también en la Dirección Provincial de Legal y Técnica del Ministerio Jefatura de Gabinete, desde donde ejecutan las respuestas (despachojefgabinete@neuquen.gov.ar). El plazo es de 15 días hábiles y suelen contestar a tiempo.  

• Salta

Esta provincia tiene ley de 2002 y aprobaron una nueva norma en 2019 (Ley Nº 8173) donde adhieren a la nacional. No obstante, siguen rigiéndose por la normativa más antigua ya que la otra no está reglamentada. Los pedidos se hacen de forma presencial, aun no cuentan con un canal digital formalizado, pero también puede realizarse una solicitud a la Secretaría General de Gobernación enviando un mail a estadoabierto@salta.gob.ar.

“Estamos trabajando para ser el órgano garante de acceso a la información, para poder recibir pedidos y canalizar las respuestas de una forma más unificada”, aseguró Eduardo Siciliano, subsecretario de Estado Abierto de Salta en comunicación con este medio.

• La Rioja

La Rioja fue la última provincia en tener marco legal al respecto. La Ley Nº 10119 se sancionó a fines de 2018, pero aún no está reglamentada. De todos modos, “se puede solicitar información pública de manera digital en las páginas de cada organismo en la sección de contacto o de manera presencial en Mesa de Entrada”, explicó Laura Chamia, directora de Asuntos Institucionales y miembro del Consejo Federal para la Transparencia, quien además aseguró que a futuro quieren implementar un formulario digital. El plazo para la entrega de información es de 15 días hábiles.

• Santiago del Estero

En esta provincia rige la Ley Nº 6.753 desde el 2005. Para realizar un pedido de acceso a la información pública, según comentó Emanuel Morello, director General de Comunicaciones y miembro del Consejo Federal, se debe enviar un mail a comunicaciones@sde.gob.ar y en 48 horas dan una primera respuesta. “No nos suelen llegar muchos pedidos”, mencionó Morello. El plazo de respuesta es de 20 días hábiles.

• San Luis

Desde 2015 cuentan con Ley N° V – 0924, que regula el acceso a la información en la provincia. A la hora de hacer un pedido es necesario enviar la solicitud por mail al ente correspondiente o de forma presencial en la Mesa de Entrada de cada organismo. En cada una de las páginas oficiales están los correos electrónicos publicados. Una vez enviado, se debería recibir una constancia del trámite. El plazo es de 10 días hábiles. Cecilia Badaloni, secretaria de Estado de Finanzas y miembro del Consejo Federal para la Transparencia, en diálogo con este medio, aseguró que algunos organismos "ya tienen armados los formularios para realizar pedidos”. El correo electrónico para realizar consultas es secretariadefinanzas@sanluis.gov.ar

Formulario de contacto del Ministerio de Obras Públicas e Infraestructura de San Luis
Formulario de contacto del Ministerio de Obras Públicas e Infraestructura de San Luis

Solo de forma presencial

• Tierra del Fuego

Desde 2004, Tierra del Fuego cuenta con la Ley Nº 653 de acceso a la información pública. Actualmente los pedidos solo pueden realizarse en las mesas de entradas de órganos y poderes públicos. Pueden solicitar información pública únicamente personas con domicilio en la provincia. El plazo de respuesta es de 10 días hábiles y los pedidos que ingresan son reunidos por el Registro de Solicitudes de Acceso a la Información Pública en la órbita de la Jefatura de Gabinete.

“Es importante considerar que cada uno de estos espacios se está actualizando y repensando junto al Consejo Federal de Transparencia”, expresó Nicolás Boemo, director del Instituto Provincial de Administración Pública y miembro del Consejo Federal, quien además informó que están trabajando en una Mesa de Entrada digital que se encuentra en etapa de programación y diseño. También reciben inquietudes por vía telefónica.

• Corrientes

En Corrientes rige la Ley Nº 5.834 que garantiza el derecho de acceder a la información pública en la provincia, pero por el momento solo se puede hacer de forma presencial por la Mesa de Entrada del organismo correspondiente. Desde El Auditor.info nos comunicamos con Orlando Romero, coordinador de la Dirección de Información Pública de la Secretaría General de Gobierno, quien explicó que si bien sólo puede realizarse de forma presencial, “se ofrece por mail a los distintos organismos pero no es la forma oficial. Ahora estamos trabajando en un buzón digital que se pondrá en marcha pronto”, afirmó. El plazo es de 30 días hábiles y transcurridos ese tiempo, la solicitud se considera denegada.

• Entre Ríos

Entre Ríos cuenta con el Decreto 1169 de 2005 que habilita el acceso a la información únicamente en el poder ejecutivo provincial. El mecanismo para obtener información pública se debe realizar de manera presencial. “Cuando se sanciona la ley nacional, Entre Ríos no adhiere y solo tenemos en vigencia este decreto. La persona interesada debe acercarse al lugar donde va a requerir la información, presentar la solicitud en Mesa de Entrada y cada organismo le da el curso debido, pero no tenemos una aplicación más general en la materia. Desde la Secretaria de Modernización queremos armar un proyecto de ley pero todavía se esta trabajando con el equipo”, planteó Denise Laurens, coordinadora de Gestión y Acceso a la Información Pública de Entre Ríos. Para más información se puede contactar a la Secretaría de Modernización (secmodernizacion@entrerios.gov.ar).

• Santa Cruz

La Ley Nº 3540 y el decreto 894 de 2017 garantizan el uso de este derecho en la provincia, pero de momento solo existe la posibilidad de pedir información pública de forma presencial en el organismo correspondiente por Mesa de Entrada. “De forma escrita, con nombre y firma del solicitante e información de contacto. Cada organismo tiene un responsable designado del tema. No hay posibilidad de hacerlo de forma online, pero sí pueden contestar por mail”, aseveró Hernán Chervo, referente de la Ley de Acceso a la Información Pública de Santa Cruz. El plazo de entrega es de 10 días hábiles.

Otros casos

Misiones

Cuentan con la Ley IV – Nº 58 y el Decreto Provincial N° 846/12. Sin embargo, luego de 10 años de estar vigente, no está claro cómo hacer un pedido información pública. Según la normativa, la solicitud de información debe ser realizada por escrito y entregarse al solicitante una constancia. El trámite debe realizarse a través de la Subsecretaría de Seguridad y Justicia, dependiente del Ministerio de Gobierno. Para más información puede consultarse a mg_libreaccinfpub@misiones.gov.ar el área encargada del tema. 

Río Negro

A pesar de contar con la Ley Nº 1829, que ampara el acceso a la información pública, El Auditor.info no pudo corroborar la puesta en práctica de la herramienta por parte de la provincia. No se obtuvo precisión acerca de la metodología necesaria para realizar el pedido, así como tampoco plazos de recepción. A su vez, Río Negro no cuenta con formulario web, ni un correo electrónico que reciba estas peticiones. Por su parte, la Defensoría del Pueblo de Río Negro, a través de su sitio web, responde consultas básicas y generales al respecto. Sin embargo, allí tampoco se obtienen certezas referidas al método de solicitud, sea presencial o por mail.

Del Instagram de elauditor.info