El 15 de diciembre de 1994, luego de extensos debates de la Convención Constituyente, se sancionó la Ley 24.430 que aprobó la modificación de la Constitución Nacional Argentina, vigente desde 1853.

Entre otros cambios introducidos y derechos conquistados, el artículo 75 inciso 17 enuncia: “Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan (…)”.

Si bien la Constitución reconoce la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan, recién en 2006 se aprobó la Ley 26.160, que declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras por parte de las comunidades indígenas y frena el desalojo y la desocupación de las mismas

Sin embargo, y al igual que otros derechos, el derecho a la tierra está reconocido en el texto de la reforma, tiene su Ley específica, pero en la práctica no se cumple. “La reforma ha sido una excusa para desterrar a los hermanos, para dejarlos sin tierra y territorio”, denuncia Melany Huanca representante de la comunidad Aymara.

En este sentido, explica que "solo ha sido una imposición para poder manipular nuestras necesidades de espacio de producción. Nosotros como originarios debemos emigrar según la temporada, vivimos en diferentes espacios de producción y migramos para poder producir”. Además sostiene que las tierras de la comunidad están delimitadas por la producción: “Buscamos tierra para poder producir, pero ahora no lo podemos hacer porque lamentablemente cada espacio donde accedíamos ya tiene propietarios, o es un empresario o es la minería que ya tienen posesión”.

"Somos la única piedra en el camino que pelea por los recursos naturales”.

Huanca explicó que, en todos estos años, no hubo avances en defensa de los pueblos originarios. “La reforma es un papel que han sabido manipular a libre albedrío de los terratenientes y de aquellas personas que nos quieren seguir corriendo y desapareciendo porque somos la única piedra en el camino que pelea por los recursos naturales”. 

“Hoy por hoy hay muchos hermanos de comunidades para los que la reforma no tiene ningún significado. El significado que tiene para todos nosotros es que somos poseedores de la tierra porque somos quienes la trabajamos y la defendemos”, sentenció. 

También describió con preocupación la situación que viven las comunidades indígenas en relación a la contaminación de los recursos naturales “Somos pocos, estamos contados con los dedos. Si tenemos que contar aborígenes en Argentina no llegamos ni a 500.000 compañeros. ¿Por qué? Porque la mayoría de la gente ha terminado emigrando a las ciudades porque la tierra está contaminada y no tiene espacio para producir”.

Para concluir, la referente Aymara volvió a reclamar justicia y derechos para los pueblos originarios: “Lo único que el pueblo pide es justicia y derechos para no ser desterrados de la tierra donde están acostumbrados ancestralmente a vivir”.

El relevamiento que nunca llega

Esta normativa sancionada en 2006, declaró la emergencia en relación a la propiedad de las tierras de los pueblos originarios y estableció la realización de un relevamiento territorial, el cual debía ser llevado a cabo por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) junto a las provincias. La Ley también suspende desalojos de las tierras hasta que el relevamiento no esté finalizado. Esta normativa se prorrogó en diciembre de 2021 por cuarta vez, extendiendo su vigencia hasta 2025.

Este año, la Sindicatura General de la Nación, en su relevamiento solicitado por el Poder Ejecutivo señaló que hay “falta de cumplimiento total de la ejecución de los convenios de relevamiento territorial" por parte del INAI. Una observación similar a la que realizó la Auditoría General de la Nación en 2012.