Después de las PASO, la opinión pública y la sociedad comenzaron a analizar en profundidad algunas de las rutilantes propuestas de Javier Milei, quien obtuvo poco más de 30% en la elección primaria. Una de estas propuestas consiste en implementar un sistema de “vouchers educativos”. Si bien uno de sus candidatos a diputado aclaró que esto recién recién sería implementado en un hipotético segundo mandato del candidato libertario –corroborando el célebre teorema de Baglini–, es importante desmenuzar cómo funciona este sistema y evaluar su factibilidad en un sistema educativo como el nuestro. 

Esta propuesta que intenta abordar la problemática de la educación en Argentina consiste en repartir los fondos destinados al sistema educativo en “vouchers” entre los ciudadanos para que puedan “elegir libremente” dónde quieren estudiar, con el objetivo de generar “mayor competencia y eficiencia” entre las escuelas y demás instituciones educativas. Esto otorgaría mayor libertad a las personas ya que podrían “pagar la educación que les dé la gana”. El punto de partida de esta idea es concebir la educación como un bien de mercado que, por lo tanto, debe ser regido según la ley de la oferta y la demanda. 

El sistema intentó ser aplicado a fines de los 80 y principios de los 90, en lugares como Nueva Zelanda, Países Bajos y Colombia. También fue instrumentado en Chile, pero terminó produciendo mayor segregación social y desigualdad educativa, ya que muchas escuelas privadas con fondos públicos se concentraron en áreas urbanas y atractivas, dejando a las escuelas públicas en áreas desfavorecidas con menos recursos y estudiantes con mayores necesidades. A raíz de éste y otros efectos negativos de la política, el país trasandino cambió el sistema, introduciendo una mayor participación estatal. 

Su aplicación en Argentina enfrenta obstáculos insalvables e importantes elementos de contexto que la convertirían en un problema más que una solución. En primer lugar, debemos considerar que el sistema educativo argentino se compone de cuatro niveles (inicial, primario, secundario y superior) los cuales –salvo el superior– se sustentan en base a un esquema de financiamiento descentralizado: el Estado Nacional y las Provincias hacen aportes para sostener jardines de infantes, escuelas y colegios secundarios. Esta configuración impide que esta propuesta sea implementada, ya que a consecuencia del carácter federal del sistema educativo, está en manos de las Provincias la educacion de sus territorios.

Respecto al contexto, no debemos olvidar que la población de Argentina sufre una profunda desigualdad socioeconómica, que podría afectar negativamente el desarrollo de la educación en estas condiciones, dejando abandonadas a millones de personas a un “sálvese quien pueda” educativo. A estas cuestiones se han referido importantes especialistas en educación que criticaron ampliamente la propuesta, como Mónica Marquina quien planteó que “en educación, la motosierra no resuelve nada y termina por romper todo” o Mariano Narodowsky, quien sentenció que “constitucionalmente esto es imposible"

La propuesta libertaria también recibió profundas críticas de parte del sistema universitario: las máximas autoridades de las Universidades de Rosario, San Luis, Cuyo y San Juan, entre otras, salieron a condenar la propuesta de implementación de los “vouchers educativos”. Franco Bartolacci, rector de la UNR planteó que "todo lo que nos pasa se soluciona con más educación y no con menos. Con más educación pública de excelencia y con más investigación y tecnología nacional”. 

Pero más allá de estas críticas, debemos considerar la raíz del asunto: no se puede pensar a la educación como un producto expuesto en una góndola de supermercado. Las familias y sus hijos no son clientes que se acercan con su “voucher” a comprar la escuela que más les gusta, la que está de moda o la que está en oferta en el mercado.

La educación es un derecho humano reconocido ampliamente en instrumentos tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención sobre los derechos del niño y el Pacto de San José de Costa Rica. 

Tras la Reforma de 1994, todos estos Tratados fueron incluidos con jerarquía constitucional, a partir de lo establecido en el Artículo 75 inciso 22  de nuestra Constitución Nacional. En consecuencia, el Artículo 2 de la Ley de Educación Nacional 26.206 estableció que “la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social garantizados por el Estado”. Junto a los instrumentos internacionales mencionados conforman un marco jurídico de obligada referencia al hablar sobre el Derecho a la Educación en Argentina.