Al norte de la provincia de Salta se encuentra un pequeño municipio, llamado Aguaray, en el que viven unas 14 mil personas y que tiene una particularidad: no cumple con sus propias normas, en cuanto al manejo de las cuentas públicas, y tampoco observa disposiciones provinciales ni nacionales relacionadas con la misma temática.

Es que un informe de la Auditoría General salteña detectó que “el Departamento Contable (de la Comuna) no da cumplimiento con lo dispuesto en las resoluciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP-, respecto del Régimen de emisión de comprobantes, registración de operaciones e información”. Y, también en el ámbito nacional, se observó que “el Municipio no puso a disposición (del organismo de control) ninguna documentación referente a la aplicación de los recursos recibidos del Fondo Federal Solidario por $ 1.803.746,09 (llamado Fondo Sojero)” correspondientes al ejercicio 2010.

Además, la investigación señaló que el municipio tampoco ejerce su “obligación como Agente de Retención del Impuesto a las Actividades Económicas, de acuerdo a lo establecido por la Dirección General de Rentas de la provincia de Salta”.

Puertas adentro, el panorama no es muy distinto. Siguiendo con el Departamento Contable de Aguaray, dice la Auditoría que el área “no registra la ejecución del gasto de acuerdo a la normativa vigente”. Y algo parecido ocurre en la Tesorería local, desde donde se produce un Parte Diario que es “incompleto, ya que comprende sólo los ingresos, y no emite el detalle de importes liquidados y pagados”, explica la investigación.

Asimismo, el informe agrega que la Tesorería de la Municipalidad “no dispone de un fondo fijo o sistema de caja chica formalmente implementado para atender las erogaciones de escasa significación y de carácter corriente”. Y tampoco se realizan “arqueos sorpresivos sobre los fondos existentes” en las arcas públicas.

Y si de recursos se trata, el organismo de control, que analizó el ejercicio 2010 y el primer semestre de 2011, también observó que en las ejecuciones presupuestarias correspondientes a esos períodos no se comparan las partidas que componen los Presupuestos con los montos que devenga la Municipalidad. Esta operación, aclara el informe, sería útil “a fin de evaluar el grado de cumplimiento del Plan de Gobierno” que recibiera oportunamente el visto bueno del Concejo Deliberante local.

Por otra parte, la Auditoría constató que, en determinadas operaciones, la contaduría comunal se ubica a ambos lados del mostrador. Según el relevamiento: “El Departamento Contable emite y registra los cheques con los que se procede a la cancelación de las Ordenes de Pago conformadas desde el mismo Departamento Contable, lo que representa una debilidad del Control Interno, vulnerando el principio de organización de la oposición de intereses”.  

Y en la misma área “se visualizó la aceptación de facturas ‘A’ provenientes de los proveedores, (sin tener en cuenta que) el Sector Público reviste el carácter de Sujeto Exento en el Impuesto al Valor Agregado y sólo admite Facturas de Tipo ‘B’ o ‘C’”.

Honorarios

Con respecto a las contrataciones de asesores para las áreas legal, contable y de obras públicas, las Municipalidad de Aguaray “no ha provisto los antecedentes de concursos de méritos, ni reseña de notoria competencia y experiencia, fehacientemente demostrable”, dice la Auditoría, lo que va “en detrimento del artículo 20 de la Ley 6838 del Sistema de Contrataciones de la Provincia”.

A estos asesores (y los de otras áreas) se les formulan contratos que incluyen un monto más el reconocimiento de gastos. El tema es que, en algunos casos, no se detalla cuál es el concepto que justifica esos montos extra. 

Como ejemplo, el informe detalla el caso de un arquitecto que tiene un contrato con una remuneración mensual de $ 3.200 más el reconocimiento de gastos, lo que da un total de $ 5.050 “sin detalle de los conceptos abonados”. Lo mismo pasa con un asesor legal: su contrato es de $ 2.300, pero esa suma trepa a $ 3.896 por los gastos reconocidos, que tampoco tienen su correspondiente detalle.

Y también hubo un libramiento de pago a favor de un abogado por el servicio de cobranzas extrajudiciales y actividades varias, por la suma total de $ 95.770,80, aunque “no existe un detalle de las gestiones realizas sobre lo que se aplica dicho porcentaje”, concluye el organismo de control.

Contrataciones y licitaciones

La Auditoría salteña analizó algunas erogaciones hechas por la Municipalidad de Aguaray, como las destinadas al mantenimiento del alumbrado público. En ese sentido, “se observa que los insumos eléctricos fueron adquiridos por compra directa, por montos de $45.121,46 y por $64.171,45, conforme lo cual correspondía convocar a Concurso de Precios y Licitación Pública, respectivamente”.

Además, se examinó las compras de los insumos materiales que fueron incorporados a la obra de construcción de un espacio parquizado que vincula el Hospital Adolfo Quemes y el Correo Argentino. En la operación “no observaron los procedimientos establecidos por la Ley 6.838-Sistema de Contrataciones, por  $32.679,30 y $32.945,05, (en las que) correspondía convocar a Concurso de Precios”. 

Otra irregularidad se observó en la “compra de los insumos materiales que se incorporaron a la obra de Playon Deportivo Capiazutti, (que) no observaron los procedimientos establecidos (en la mencionada Ley), por los importes de $62.515,10 y $175.045,35, respectivamente; correspondía convocar a Licitación Pública. 

Y también llamó la atención de los auditores “las compras de insumos materiales que se incorporaron a la obra de refacción de la plazoleta Eva Perón, por los importes de $35.775,00 y $92.325,68, (en las que) correspondía convocar a Contratación Directa con Precio Testigo”.

Azar

En los números de Aguaray se detectó el ítem “Plan Esco Automotores”, que figura en la Ejecución Presupuestaria dentro de la partida “Otras Cuentas de Egresos” correspondientes a los ejercicios 2010, por $ 166.525, y a 2011 por $ 63.700.

Sobre esto, los técnicos remarcaron que “no hay autorización de estas operatorias, contratos de capitalización y ahorros, por la cual, se invierte fondos de la Municipalidad, a los efectos del azar, ya que la misma prevé sorteos mensuales y, en caso de no resultar favorecidos, se procede a la devolución de los valores abonados sin actualización alguna, y netos de gastos administrativos y comisiones, lo que eventualmente producirá un daño al erario público, no autorizado por presupuesto alguno”. Y completaron: “En atención a las características y monto de la contratación, se debió dar intervención al Concejo Deliberante” local.

Organigrama y resoluciones duplicadas

Para completar el cuadro, el organismo de control salteño afirmó que “la Municipalidad de Aguaray no tiene aprobado ni instrumentado de manera formal su Organigrama de modo que permita determinar las áreas funcionales y responsabilidad de cada agente que cumple tareas” en la Comuna. 

En tanto que también se constató “la existencia de resoluciones con igual numeración y distinto contenido”. Y el informe destaca el caso de otras dos resoluciones, que tienen los números 469 y 619, por medio de las cuales se otorgan ayudas sociales. Esos documentos, según los técnicos, “se encuentran incompletos en su redacción, ya que no contienen consignados los números de DNI de los beneficiarios”.

Conclusión: abstención

A partir de todas estas observaciones, la Auditoría salteña se abstuvo de opinar con respecto a los Estados de Ejecución Presupuestaria de Recursos y Gastos correspondientes al ejercicio 2010 y el primer semestre de 2011, “en razón de no haber podido cerciorarse de la razonabilidad, integridad y suficiencia de las cifras involucradas en los mencionado informe”. 

El mismo resultado obtuvo el análisis a los Estados de Situación de la Tesorería, también contados hasta el 31 de diciembre de 2010 y el 30 de junio de 2011. El organismo de control explicó que esto fue porque la Municipalidad “no ha provisto los citados informes”.

Asimismo, hubo otra abstención de opinión en cuanto a los Estados de Deuda correspondientes a 2010 y el primer semestre de 2011 “en razón de no haber podido cerciorarse de la razonabilidad, integridad y propiedad de las cifras involucradas en los mencionados informes”.

En cuanto al funcionamiento del Sistema de Gestión de Bienes del Municipio, la Auditoria salteña opinó que es “ineficiente e ineficaz y no contribuye al uso y resguardo apropiado” de las propiedades de la Comuna. 

Por el lado del funcionamiento del Control Interno, y teniendo en cuenta la importancia de las observaciones, “queda evidenciada la situación de debilidad, que puede dar lugar a que se propicien o concreten distintas irregularidades, en perjuicio del ente auditado”, completó el organismo de control.