Una empresa que explotaba la concesión de una autopista pidió actualizar los costos de su contrato. Tenía motivos de sobra; la ecuación prevista en ese convenio para incrementar los fondos, se había modificado siete veces en tres años. Pero el ente que atiende estas cuestiones, el Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI) nunca respondió a los planteos de la firma y, por eso, el Estado Nacional debió pagar una compensación de $ 30 millones.

La firma en cuestión era Corporación América SA-Helport SA UTE, a la que le había sido adjudicada en diciembre de 2006 la concesión por 30 años de la Autopista Pilar-Pergamino. Según un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN), hasta diciembre de 2009 “el coeficiente de variación que (preveía) el contrato se disparó en 7 oportunidades, dando lugar a que la Concesionaria solicitara la adecuación tarifaria o la compensación. Sin embargo, el OCCOVI no se expidió en ningún momento, y la Gerencia Técnica estimó en unos $ 30 millones el monto de la compensación por tarifas congeladas”.

En este sentido, la AGN afirmó: “La falta de pronunciamiento sobre la pertinencia de las adecuaciones tarifarias solicitadas por la Concesionaria colocó al Estado en situación de incumplimiento, e impactó en la economía de la concesión”.

Corporación América debía realizar tareas de construcción y mantenimiento de la Autopista Pilar-Pergamino y explotar los tres peajes de esa vía. El monto total por los 30 años de contrato ascendía a $ 1.640.656.677. El trazado del nuevo camino beneficiaría a los Partidos de Pilar (con 233.000 habitantes), Exaltación de la Cruz (21.155), San Antonio de Areco (18.870), Capital Sarmiento (11.474) Arrecifes (27.179) y Pergamino (95.091), involucrando el tránsito de vehículos particulares, micros de corta y larga distancia, y transporte de carga, considerando la importancia comercial, industrial y agropecuaria de la zona.

Cuenta la Auditoría, en su informe aprobado este año, que el contrato con la empresa fue rescindido de mutuo acuerdo en 2010 “por la grave crisis (de) 2008 y 2009, que alteró la ecuación económico-financiera de la Concesión y derivó en el incumplimiento contractual de las partes”.

Más allá de los incumplimientos de la Corporación América, la AGN centró su análisis en la labor del OCCOVI a la hora de fiscalizar el avance de las obras y cumplir con el deber de sancionar las falencias detectadas.

En cuanto a la supervisión de las obras, el Régimen de Infracciones y Sanciones de la concesión establecía que con “la sola verificación de un incumplimiento”, el OCCOVI estaba obligado a comenzar el trámite de penalidad. Pese a lo inequívoco de la norma, la Auditoría comprobó nueve casos en que los supervisores del órgano de control vial le informaban al concesionario antes de labrar el acta de rigor “liberando a la empresa de la sanción”, dice el informe, y completa: “Esta modalidad torna ineficaz el régimen sancionatorio, a sabiendas de que antes que se le aplique la sanción correspondiente, se le avisará y se le otorgará (a la empresa) un plazo para remediar el problema”.

Asimismo, según la AGN, los detalles de las supervisiones que hacía el OCCOVI no brindaban información suficiente para poder controlar el cumplimiento de las obligaciones que tenía la empresa. Es que “entre el inicio de la concesión (noviembre de 2006) y abril de 2007 no se elaboraron informes mensuales, sino que se resumió la actividad de supervisión en un sólo (trabajo); no se aportó información de los montos invertidos; las tareas de ejecución de las obras principales fueron mencionadas de un modo genérico; y tampoco figuraban fecha de emisión ni constancia de recepción”, ejemplifica la investigación.

Sobre las posibles sanciones a la Corporación América, el contrato establecía que para echar mano a la cláusula de rescisión por culpa de la empresa, se necesitaban por lo menos seisfaltas graves que se encuentren firmes en sede administrativa en un lapso de 12 meses, o 10 en 24 meses”.  Al momento de la Auditoría, fue el propio OCCOVI el que reconoció la existencia de 37 expedientes de penalidades, de los cuales sólo algunos habían sido iniciados entre febrero de 2007 y enero de 2009, y “ninguno estaba resuelto”. “Frente a esta situación, el OCCOVI debió actuar con mayor diligencia en la tramitación de penalidades para no causar mayores perjuicios al Estado”, sentenció la AGN.

Eso no es todo. Los mismos auditores encontraron cinco expedientes de penalidades que tenían, como única documentación, solamente dos fojas: la carátula y el acta de constatación efectuada por el supervisor.

Obras

En el principio de la concesión, Corporación América contaba con un plazo de dos años para terminar una primera etapa de obras, dividida en dos tramos, uno de 12 kilómetros de la Ruta 8, por un valor de $ 172.443.326, y el otro de 8 kilómetros, por $ 84.478.624.

La AGN observó que la empresa habíainiciado la ejecución de obras adicionales sin la previa autorización del OCCOVI”, y que no se le iniciaron las penalidades correspondientes, pese a que esta situación es considerada “grave” en el contrato de concesión. No obstante, Corporación América reclamó por estos trabajos $ 34 millones.

Por otra parte, durante su investigación los auditores recorrieron la Autopista Pilar-Pergamino y notaron que los tres carriles por mano que tenía el primer tramo se reducían a un sólo carril en el segundo tramo de la construcción, y que además había “deformaciones longitudinales y transversales, deficiencia en la señalización y hundimientos de bordes de calzada”. De ese viaje, también surgió que “no se estaban ejecutando tareas de reparación de superficie de la calzada en ningún sector pese a las deficiencias detectadas”, completó la AGN.