El gobierno porteño no cumple con el cupo de personas con discapacidad
Para 2010, según la legislación vigente, el 5% del personal que trabajara para la Ciudad debía tener capacidades diferentes. A diciembre de 2014, según la AGCBA “quienes estaban debidamente documentados alcanzaban solo el 2,7%. Se detectó que no toda la información de los legajos se encontraba disponible en el Sistema de Administración de Documentos Electrónicos.
Por ley el porcentaje de empleados con capacidades diferentes en planta permanente “no puede ser inferior al 5%”. No obstante, la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA) detectó que “a diciembre de 2014, las personas con discapacidad que trabajaban para el Estado porteño y que están debidamente documentados representaban un 2,7% del total”.
Es la Subsecretaría de Gestión de los Recursos Humanos, en coordinación con la Comisión para la Plena Participación e Inclusión de las Personas con Discapacidad (COPIDIS), la que tiene la responsabilidad de diseñar y proponer políticas que fomenten la inclusión de aquellos que tienen capacidades diferentes en la órbita del Gobierno de la Ciudad.
La Auditoría le solicitó a la dependencia en cuestión el porcentaje de cumplimiento del cupo al 31 de diciembre de 2014. El 20 de julio de 2016 el organismo le responde afirmando que “la dotación de agentes del escalafón general con discapacidad es de 1957, representando un 4,42%”. Pero, finalmente, teniendo en cuenta que los agentes con discapacidad eran 1651 sobre un total de 42.891 agentes, el porcentaje es del 3,85%.
El organismo de control tomó una muestra de 225 expedientes en el ámbito de la Subsecretaría y “solo 160 tenían el certificado de discapacidad emitido por una autoridad competente, lo que representa un 71% de la muestra”. Con estos números, “el cumplimiento del cupo debidamente registrado solo alcanzó el 2,7%”.
Según la Ley 1502 “deberá efectuarse en el plazo máximo e improrrogable de cinco años a partir de la sanción”, que fue en 2004, pero su reglamentación llegó en 2005. Es decir, que para 2010 la Ciudad de Buenos Aires debía cumplir con el cupo.
De los 225 legajos, a los que la AGCBA tuvo acceso en el Sistema de Legajo Único Electrónico, “93 estaban completos, contaban con el certificado de discapacidad”, representando el 41% de los casos. El informe añade que el 25% “se encontraba incompleto”, un 27% “figuraba abierto pero sin documentos digitalizados” y el restante 7% “al momento de la búsqueda aparecía con una ventana de diálogo que lo identificaba como inexistente”.
En conclusión, “solo había 93 legajos debidamente documentados contra 132 sin la información correspondiente”. Sobre este punto se advirtió “el incumplimiento de la carga de novedades en el legajo personal de cada agente”.
Con el fin de encontrar la certificación de esos 132 expedientes, la Auditoría porteña fue a buscar al Sistema Integral de Administración de Personal y Liquidación de Haberes (SIAL) ya que cuenta con una solapa de “discapacidad” donde debería estar cargada la documentación que acredite dicha situación.
Según el informe, es la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes “la responsable de mantener actualizados los datos de los agentes con capacidades diferente de la Ciudad”. Lo hace en la ya mencionada solapa y en bases de datos, en formato PDF, que están conservadas en las computadoras de la gerencia operativa.
Esta situación fue señalada por el organismo de control ya que “la doble guarda es una incongruencia de registros, pone en evidencia la falta de integración de los sistemas y dificulta identificar correctamente cuántas personas tienen capacidades diferentes y, en consecuencia, saber si se cumple la menta establecida en la Ley 1502”.
Por último, decidió buscar los certificados faltantes en el EASY.DOC que se utilizó para migrar los legajos y en una carpeta que “contenía archivos PDF sin clasificar”. Como resultado de este último rastrillaje, la AGCBA llegó a la conclusión que “había 160 casos documentados”.
Con todos los certificados en su poder, el equipo de auditoría procedió a establecer dos clases: “los que tenían fecha vigente o eran permanentes y los vencidos”. En 24 de los 160 legajos completos “la documentación había expirado”.