Pese a que una ley reglamentada en febrero de 1999 preveía la creación de una Comisión Bicameral que controle desde el Congreso los subsidios destinados a los proyectos de inversión en bosques cultivados, el cuerpo nunca fue conformado.

La ley en cuestión es la 25.080 de inversiones para bosques cultivados. Según un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN), los artículos 32 y 33 de la norma detallaban la composición y las funciones de la bicameral de seguimiento que, “no obstante el tiempo transcurrido, no se ha constituido”.

Los aspectos que debía controlar la Comisión son los beneficios económicos y fiscales establecidos en la 25.080. Se trata, por un lado, de apoyos económicos no reintegrables para personas físicas o jurídicas con una extensión de tierras inferior a las 500 hectáreas; y, por el otro, de facilidades como devolución anticipada del IVA, régimen especial para la amortización del impuesto a las Ganancias y exención de tasas patrimoniales, entre otras.

En tanto que los beneficiarios son los que realicen “efectivas inversiones en las actividades objeto (de la ley), como implantación de bosques, mantenimiento, manejo, riego, protección, cosecha, industrialización de la madera, investigación y desarrollo”, explicó el organismo de control, que aprobó su trabajo este año sobre datos de 2008.

La dependencia encargada de aplicar la 25.080 es la Dirección de Producción Forestal (DPF), que funcionaba, al momento del informe, bajo la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

En relación al seguimiento de los subsidios, la AGN detectó que parte de los fondos se aplicaron a “fines distintos de los establecidos (en la ley)”. Fue en 2009 cuando, pese a que en el Presupuesto Nacional se estableció un crédito de $ 80 millones para los apoyos económicos no reintegrables, una resolución de la Secretaría de Hacienda reasignó $ 24 millones para la organización del XIII Congreso Forestal Mundial. “De esta forma se modificó el destino fijado a los fondos por una ley nacional, mediante (el uso de) una norma de menor jerarquía”, dijeron los auditores. En un descargo de la Secretaría de Agricultura, se informa que, por una decisión administrativa, se asignaron $ 30 millones para cumplir con el envío de los subsidios, “con lo cual no se han visto afectados los pagos a los productores forestales”.

Con respecto a la ejecución de los subsidios, la Auditoría resalta que hay una falta de coincidencia entre las cifras de la Oficina Nacional del Presupuesto y las brindadas por la Secretaría de Agricultura. Dijo la AGN que, tras comparar ambas informaciones, “se observó una subejecución (de fondos) en todos los ejercicios desde la vigencia de la ley 25.080 (1999), a excepción de 2007 y 2008”, y que los sobrantes anuales acumulados hasta ese último año ascendían a $ 67.730.902,08 (ver cuadro). Por su parte, Agricultura reconoció un saldo excedente hasta diciembre de 2008 de $ 17.110.617,75: “Durante las tareas de auditoría, no se aportó documentación que respalde la diferencia, de $ 50.620.284,33”, concluyó el organismo de control.

Por otro lado, la Dirección de Producción Forestal “no realiza un plan de inspecciones para el seguimiento de las plantaciones una vez que (los subsidios) son aprobados y pagados”, observó la AGN y, aunque afirmó que sí hay controles oculares, estos se llevan a cabo “sólo durante la tramitación de los fondos, y una vez que el expediente deja de tener movimiento administrativo, no hay mecanismos previstos para constatar (si los proyectos) siguen adelante”.

Fundación Argeninta

Como apoyo para la aplicación de la ley 25.080, la Secretaría de Agricultura firmó un acuerdo de cooperación técnica con una entidad llamada Fundación Argeninta.

Ese acuerdo prevé que Agricultura transfiera a la Fundación “hasta el límite de las disponibilidades presupuestarias existentes”. Así, durante 2008 la entidad recibió $ 1.768.200. Cuando la AGN solicitó un detalle sobre cómo se usó ese dinero, observó, entre otras cosas, que la rendición de cuentas no es analizada ni aprobada por la Secretaría de Agricultura; que, en relación a las transferencias de 2008, los montos de las rendiciones no coinciden con la información difundida desde la Secretaría; y que se pagaron honorarios mensuales sin que constara certificación que acredite la prestación de algún servicio u obra.

Asimismo, el informe reveló que “existen funciones específicas, en cada sector de la Dirección de Producción Forestal, ocupadas por personas que no tienen relación laboral con el Estado Nacional”. En rigor, la dependencia contaba al momento del trabajo con 104 miembros, de los cuales 66 tenían un contrato firmado con la misma Fundación Argeninta y participaban “en la toma de decisiones a corto mediano y largo plazo”. Tal esa así, que hasta el propio director de Producción Forestal aún no había sido formalmente designado y “percibía su remuneración de un contrato con la Fundación Argeninta”.

Reuniones

El artículo 22 de la ley 25.080 establecía que para la correcta difusión, aplicación y seguimiento de la norma debía crearse una comisión asesora “ad honorem”, presidida por el Secretario de Agricultura y conformada por representantes de empresas y organismos nacionales y provinciales vinculados al sector forestal.

El cuerpo, que se instituyó efectivamente cuatro años después de que la ley entrara en vigencia, preveía reunirse el primer viernes hábil de cada mes. La AGN descubrió que la frecuencia propuesta sólo se cumplió durante 2003 y que desde entonces hasta 2009 hubo 18 reuniones.