Un fallo del Tribunal de Cuentas de Mendoza sostiene que un área del gobierno provincial compró un auto de alta gama en forma “irregular”, porque el proceso licitatorio estuvo “dirigido” a una única empresa oferente.

La dependencia en cuestión es la Unidad de Financiamiento Internacional, que adquirió un Renault Megane modelo II DCI Luxe por $ 83.890 para uso oficial de los funcionarios de esa oficina que se desempeñan en la Ciudad de Buenos Aires.

En el llamado a licitación, la única oferente fue la empresa Capillitas S.A.I.C. (proveedora del Estado número 35.795). Lo que llamó la atención del organismo de control fue que el coche cumplía “casi con exactitud las minuciosas especificaciones técnicas exigidas por el licitante”. Y además, los técnicos señalaron que “los vehículos que se comercializan en el mercado argentino no cumplen con la mayoría” de esas especificaciones. Por eso, el fallo concluye que “los pliegos de condiciones particulares estuvieron dirigidos a la compra del vehículo finalmente adquirido”.

El Tribunal mendocino añade que, por las características de la operación, la Unidad de Financiamiento Internacional “habría vulnerado los principios de igualdad y concurrencia, preceptos básicos que rigen el procedimiento licitatorio”, para abrir la posibilidad de participación a otros eventuales oferentes.

Por su parte, el área de compras de la Unidad argumentó que el auto debía ser “acorde al rango de las autoridades que lo fueran a utilizar en la Ciudad de Buenos Aires”, y, aunque reconoció que “existen (unidades) del segmento medio que ofrecen equipamientos de confort idénticos a las de media y alta gama”, afirmó que estos vehículos “no cumplirían con la función de imagen que debe acompañar a los funcionarios de la provincia en todas sus actividades protocolares”.

“Los argumentos vertidos para justificar la compra carecen de solidez y no desvirtúan lo observado”, dice el organismo de control, al tiempo que responsabilizó a la directora de Compras y Suministros de la Unidad “por no haber advertido la situación”, y sugirió que, “en adelante, los pliegos se confeccionen previendo la libre concurrencia” de otras empresas, como lo establece la normativa vigente.

Por otra parte, el Tribunal detectó que no hay documentación que demuestre la efectiva prestación de un servicio de mantenimiento por el que la Unidad pagó $ 145.200 y, a partir de este dato, solicitó que se abra otro expediente para que los responsables presenten los papeles que justifiquen el gasto “bajo apercibimiento de aplicar cargo solidario o multa”.

Asimismo, a dos facturas, también por $ 145.200, “no se le realizaron las retenciones impositivas de Ingresos Brutos, Ganancias y de la Seguridad Social” que, según el fallo, ascienden a $ 4.800.

Sanciones

El organismo de control también resaltó “errores en la formulación y exposición de varios anexos de la rendición de cuentas” de la Unidad de Financiamiento Internacional correspondiente a 2008.

Por ejemplo, en el anexo VIII de ese documento, titulado “Del resultado financiero del ejercicio”, se observó una “diferencia entre los registros contables y lo expuesto en dicho anexo por $ 27.216”. En su fallo, el Tribunal relata que “con fecha 4 de noviembre de 2009 se practica un ajuste al resultado financiero sin utilizar la cuenta de Resultado de Ejercicios Anteriores, generando en consecuencia distorsiones en el resultado del ejercicio 2009”.

Tras este hallazgo, los responsables de la Unidad “adjuntan un nuevo anexo VI, que es idéntico al aportado con la rendición anual, por lo que, al no haber efectuado las correcciones pertinentes, deja la observación subsistente”, dice el fallo, y resuelve “aplicar multa de $ 500 a las contadoras María Florencia Rubio (Directora de Administración), y María Soledad Pastrana (Contadora General) por incumplimiento de la correcta exposición de la información contable.