Publicado: 31-01-2010
 
Un fiscal federal respaldó el pedido de la Oficina Anticorrupción para decomisar casi 82 millones de pesos de la firma IBM Argentina SA, con el objetivo de "recuperar los bienes que fueron producto del delito".

Así lo dictaminó el fiscal Mauricio Agustín Viera, según un documento al que tuvo acceso DyN.

La medida fue propuesta por la OA en el marco de la causa denominada "IBM-Banelco", una investigación iniciada en 1996 por supuestas irregularidades en la informatización realizada por la DGI con las empresas IBM y Banelco, en sendos contratos por 425 millones de pesos/dólares para una primera etapa y otros 90 para la segunda.

En la causa están imputados el ex titular de la DGI durante el menemismo Ricardo Cossio, además de los ex directivos de la multinacional Ricardo Martorana, Gustavo Soriani, Alberto Minazzoli y Eduardo D'Alessandro.

La causa fue promovida hace 14 años por los entonces diputados nacionales Carlos "Chacho" Alvarez, Horacio Viqueira y el difunto Alfredo Bravo.

El expediente está radicado actualmente ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 4, que debe fijar la fecha para la realización del debate, sobre el presunto delito de "administración Fraudulenta en perjuicio de la Administración Pública".

El embargo sobre los bienes de IBM fue pedido por Claudia Sosa y Juan Patricio García Elorrio, directora de Investigaciones y coordinador de Investigaciones de la OA, por un monto total de 81.996.627,19 pesos.

Según la acusación, la unión empresaria IBM-BANELCO "habría obtenido una ganancia desmesurada proveniente del delito cercana a los 82 millones de pesos", razón por la cual consideraron necesaria "la restitución de los bienes que resulten del beneficio de un delito, expresamente contemplada en el artículo 23 del Código Penal.

Ese artículo estipula "el decomiso de las cosas que han servido para cometer el hecho y de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho del delito, en favor del Estado nacional, de las provincias o de los municipios, salvo los derechos de restitución o indemnización del damnificado y de terceros".

"Mal puede afirmarse que se pueda ver afectado algún derecho adquirido de orden patrimonial, toda vez que la calidad de 'adquirido' que tiene un derecho proviene directamente de alguno de los actos jurídicos que se la confieren (ley, contrato, acto administrativo, sentencia, etc.)", sostuvo el fiscal al avalar el pedido de decomiso.

"El derecho de propiedad sólo existe en la medida en que la propiedad sea adquirida a través de los medios que el derecho permite. La propiedad adquirida en base a la comisión de hechos ilícitos (los propios o los de un tercero) está viciada en su origen y por lo tanto, no puede sostenerse válidamente un derecho respecto de ésta", añadió.