Publicado: 18-06-2012

Tierra del Fuego.- En diciembre de 2007, Fabiana Ríos dictó un decreto obligando a publicar en el sitio web del Gobierno las declaraciones patrimoniales de los funcionarios designados en el ámbito del Poder Ejecutivo. Fue para adaptarse a los estándares nacionales e internacionales en materia de ética pública y acceso a la información. Y para dotar de mayor transparencia a la gestión. Pero el propio Gobierno que puso en vigencia la norma, la incumple al no publicar los datos en la web.

El Gobierno de la Provincia incumple con el decreto que obliga a publicar en Internet las declaraciones juradas patrimoniales de todos los funcionarios dependientes del Poder Ejecutivo.

Lo curioso es que se trata de una norma dictada por la actual gobernadora, Fabiana Ríos, al comienzo de su gestión, como una forma de incrementar los niveles de transparencia y de acceso a la información pública.

Ríos dictó el decreto 3684/07 el 27 de diciembre de 2007, diez días después de asumir su primer mandato al frente del Gobierno. Allí se establece que "será condición de validez" de toda designación de un funcionario en el Poder Ejecutivo aceptar la publicación de su información patrimonial en el sitio web de Gobierno.

Sin embargo, basta recorrer el sitio oficial de la provincia (www.tierradelfuego.gov.ar) para corroborar que ninguna declaración jurada se encuentra subida allí. Es más, en la mayoría de los casos ni siquiera es posible leer el currículum vitae de las autoridades nombradas por la actual mandataria.


"Compromiso ético fundamental"

La publicidad de las declaraciones patrimoniales fue desde siempre una de las banderas de los referentes del ex ARI, ahora convertido en oficialismo a través de una fracción que conformó el Partido Social Patagónico (PSP).

Cuando Ríos asumió el poder en 2007, el bloque de seis legisladores que le respondía impulsó como una de sus primeras iniciativas un proyecto de ley para modificar la ley 352 de régimen de declaración de bienes, proponiendo que las presentaciones tuvieran carácter público salvo algunos datos determinados.
El proyecto fue finalmente sancionado el 25 de enero de 2008, dando lugar a la ley 752.

En ese contexto, mientras tenía lugar el debate público y legislativo sobre el asunto, la gobernadora Ríos resolvió autolimitarse a través de un decreto que al menos tuviera validez sobre sus propias designaciones.

Así surgió el decreto 3684, donde se sostiene que sin perjuicio de lo normado por la ley provincial 352, "será condición de validez de toda designación de un/una funcionario/a público/a, cuyo nombramiento quede a criterio de este Poder Ejecutivo, la aceptación de tener publicada su declaración jurada en la página oficial y sitio web del Gobierno de la Provincia".

El artículo dos del decreto aclara, inclusive, que "estará exenta de publicidad, la información contenida en la declaración jurada patrimonial integral relativa a: 1) El nombre del banco o entidad financiera en que se tuviese depósito de dinero junto con los diversos números de las cuentas corrientes, cajas de ahorro o sus similares; 2) La ubicación detallada de los bienes inmuebles; 3) Los datos de individualización o matrícula de los bienes muebles registrables".

La normativa fue suscripta por la gobernadora Ríos y por el entonces ministro de Gobierno (hoy ministro jefe de Gabinete) Guillermo Aramburu.

En los considerandos de la medida, se señaló que "en todo momento (al ingresar, desempeñar sus funciones, etc.) un funcionario público debe ajustar su conducta y su situación patrimonial y financiera al derecho que tiene la sociedad de estar informada", y se agregó que "el ingreso a la función pública implica la asunción de un compromiso ético fundamental para con la sociedad".

Según esos fundamentos, vedar el acceso de la ciudadanía a las declaraciones patrimoniales de los funcionarios públicos "importa un marcado desprecio hacia los principios de legalidad, publicidad, transparencia, control y responsabilidad de los actos de gobierno". Por eso el decreto cita también la legislación vigente en materia de ética pública (por ejemplo la reforma constitucional de 1994) y los tratados internacionales suscriptos por el país.

Por entonces el rumbo de la gestión parecía inequívoco, ya que el mismo día la Gobernadora dictó otro decreto estableciendo la puesta en vigencia de mecanismos de selección para la cobertura de vacantes y cargos jerárquicos, al entender que "los gobiernos anteriores han obrado con notable discrecionalidad".

A todo esto, la ley 752 que fijó la publicidad de las declaraciones patrimoniales recién se reglamentó en septiembre de 2010 (dos años y siete meses después) luego de una serie de idas y vueltas con el Tribunal de Cuentas, órgano encargado de manejar el registro de declaraciones.

Pero la autolimitación oficial para que el patrimonio de las autoridades fuera de rápida consulta en Internet cayó en saco roto. El sitio web oficial fue modificado y mejoró en aspectos como la publicación de datos económicos (conocido como Gestión Transparente). En cambio, los bienes de los funcionarios no están a disposición en la página a pesar de que se trata de una medida impuesta por el mismo poder que ahora la incumple.