En una significativa sentencia, la Corte Suprema de Justicia estableció las líneas directrices para recomponer el medioambiente en la cuenca Matanza-Riachuelo, y fijó las obligaciones a cargo de la Autoridad de Cuenca y los plazos que ésta deberá cumplir. La presidenta de ese organismo interjurisdiccional, Romina Picolotti, será personalmente responsable de pagar las multas cuando no cumpla con las obligaciones del fallo.

El control de las tareas estará a cargo del juzgado federal con asiento en Quilmes, de la Auditoría General de la Nación, de la Defensoría del Pueblo, de varias ONG y, en última instancia, de la propia Corte.

El máximo tribunal ordenó que la Autoridad de Cuenca inspeccione, en un plazo de 30 días, todas las empresas de la zona con vistas al tratamiento de sus efluentes o a su clausura; erradique en un año todos los basurales clandestinos y los asentamientos que los rodean. Asimismo, la Autoridad de Cuenca deberá poner en marcha un plan sanitario y avanzar con las tareas de limpieza y de expansión de las redes de agua potable, desagües y cloacas.

La sentencia, que fue anticipada por LA NACION el mes pasado, lleva la firma de Lorenzetti, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Carlos Fayt, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay. No firmó Enrique Petracchi por haber estado ausente.

En la cuenca Matanza-Riachuelo viven cinco millones de personas. En 2003, un centenar de vecinos demandó a los Estados nacional, bonaerense y porteño, y a 45 empresas asentadas en la zona por los daños que sufrieron esas personas y por el deterioro provocado al ambiente.

Tres años después, en 2006, la Corte dividió el planteo judicial en tres partes:

1) las demandas que indivualmente formulen las personas, con pedido de indemnización (por ejemplo, por enfermedades que sean consecuencia de la contaminación) tramitan en los juzgados de primera instancia;

2) la demanda para determinar quiénes (si el Estado o las empresas o ambos) deben pagar los costos de reparar el ambiente seguirá tramitando en la Corte y

3) la Corte dictó ayer sentencia en la tercera de las causas, al establecer cómo se hará la recomposición del ambiente dañado.

Desde aquel entonces, el tribunal realizó cuatro audiencias públicas, con presencia de las partes, de varias ONG (Greenpeace, Fundación Ambiente y Recursos Naturales y CELS, entre otras), de las empresas; del defensor del Pueblo, Eduardo Mondino; de los abogados de los Estados involucrados, y de Picolotti. También obligó al Estado a presentar un plan de saneamiento y dio intervención a expertos de la Universidad de Buenos Aires.

La sentencia

La sentencia dictada ayer es el resultado de ese largo proceso:

  • La Corte fijó las líneas directrices de las tareas que deberán realizar los gobiernos; estos establecerán el modo de ejecutarlas.
  • Las resoluciones que dicte la Autoridad de Cuenca serán apelables ante el juzgado federal con asiento en Quilmes, hoy a cargo de Luis Armella, que tendrá el control de las tareas de ejecución. Sus decisiones serán recurribles por vía de recurso extraordinario, ante la Corte nacional.
  • La sentencia -dice el fallo- es de cumplimiento obligatorio.
  • La Autoridad de Cuenca deberá adoptar, en 90 días, uno de los sistemas internacionales de medición.
  • Cualquier incumplimiento generará multas diarias, que deberá pagar personalmente Picolotti (o quien ocupe su cargo), por ser la presidenta de la Autoridad de Cuenca.
  • En 30 días, este organismo deberá subir a una página web toda la información pública sobre este problema, en forma clara y concentrada. También deberá informar del estado del agua, de las napas subterráneas y del aire.
  • Dicha autoridad deberá inspeccionar todas las empresas de la cuenca en 30 días, identificar a las que considere contaminantes e intimarlas para que presenten un plan de tratamiento de efluentes en 30 días, que será evaluado durante otros 60 días. Las empresas deberán cesar los vertidos en 180 días, contados desde el fallo de ayer.

La Autoridad de Cuenca podrá clausurar empresas, pero podrá prorrogar los plazos en casos de dificultad económica para pagar los costos del tratamiento. El Estado deberá informar a las empresas las líneas de crédito disponibles.

  • Erradicar, en un plazo de seis meses a un año, todos los basurales e impedir que se formen otros nuevos, al tiempo que se deberán impedir nuevos asentamientos.
  • Construir centros integrales de tratamiento de residuos sólidos.
  • Fijar plazos para llevar adelante, hasta 2015, los planes de desratización de la cuenca y su parquizado; de ampliación de la red de agua potable, desagües pluviales y saneamiento cloacal, e informar sobre los presupuestos comprometidos.
  • Elaborar, en 90 días, un mapa sociodemográfico para determinar la población en situación de riesgo y, en un período posterior de 60 días, poner en marcha un programa sanitario para la población afectada.

Para controlar que los trabajos efectivamente se cumplan, la Corte creó un sistema de tres patas:

Asignó el control de la asignación y gastos de los fondos a la Auditoría General de la Nación (AGN), hoy a cargo de Leandro Despouy. El juez podrá pedir explicaciones y respuestas inmediatas a la Autoridad de Cuenca.

  • La Defensoría del Pueblo conformará un cuerpo colegiado con las ONG que participaron en la causa para controlar a la Autoridad de Cuenca.
  • Finalmente, la Corte atribuyó al juzgado federal de primera instancia con asiento en Quilmes la competencia para resolver todas las cuestiones que se planteen y se reservó para sí las apelaciones.