Proponen una nueva regulación para las comisiones de fomento
De acuerdo al régimen propuesto, las comisiones de fomento serán administradas por un presidente titular y un suplente que serán elegidos a simple pluralidad de votos y serán asistidos por un secretario de Administración y Tesorería.
Además, estarán integradas por tres vecinos de la localidad que desempeñarán sus cargos ad honórem; dos por designación del presidente y el restante será el que ocupó el segundo lugar en la elección general. El personal de la comisión no podrá superar el 5% del total de la población.
La iniciativa define a las comisiones de fomento como aquellos asentamientos con una población estable de entre 250 y 500 ciudadanos, que no alcanzan la categoría de municipio. El presidente tendrá un mandato de 4 años y podrá ser reelecto por un período de gobierno. Para postularse al cargo se requiere ser argentino nativo o naturalizado, tener 21 años como mínimo y 4 años de residencia en la localidad. El titular de la comisión percibirá una retribución equivalente a la categoría FS2 del escalafón público y será reemplazado por el suplente si se ausentase más de 5 días hábiles. Los electores podrán solicitar la revocatoria de su mandato por mal desempeño de funciones luego de transcurrido un año en el ejercicio del cargo.
Según el nuevo régimen, las unidades de gestión tendrán como funciones la limpieza, conservación de medio ambiente e higiene pública, el arreglo y conservación de paseos, plazas y calles y el establecimiento de los servicios públicos indispensables para la vida comunitaria. Las rentas de la comuna estarán compuestas por los aportes del Tesoro provincial establecidos en el presupuesto, la tasa de retribución de servicios de alumbrado, limpieza y riego, los derechos de abasto, inspección, cementerio, publicidad comercial y otros de índole local y subsidios de los gobiernos nacional o provincial. La comisión de fomento deberá hacer las rendiciones de la ejecución presupuestaria al Tribunal de Cuentas antes del 1 de abril.