Ni en Mendoza ni en el resto del país se inspecciona el funcionamiento del sistema en el interior de las viviendas. Las instalaciones improcedentes crecen puertas adentro de los hogares locales.

Como publicó este medio en su edición del 24 de julio pasado, en Mendoza y el resto del país nadie controla las instalaciones domiciliarias de gas puertas adentro de una vivienda (ver facsímil).

En la intimidad del hogar, las conexiones improcedentes y el mal funcionamiento de los artefactos proliferan silenciosamente. En la misma nota, el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargás) remarcaba que sólo la fatalidad suele mostrar estas imperfecciones.

La tragedia del domingo en la que los cinco integrantes de una familia del barrio Unidad, en Las Heras, fallecieron por inhalación de monóxido de carbono dio la razón a lo expuesto por el ente regulador. 

En otros países, como Francia y Chile, las inspecciones se hacen anualmente. De otra forma, la vivienda no contará durante la temporada invernal con el tan necesario servicio.

¿Por qué aquí no es así? Fácil: salir a inspeccionar no es gratis. La actividad de Ecogás está regulada, y se comenta en los pasillos de la distribuidora que sumar este costo no es algo que le convenga si no logra un aumento de tarifa.

La segunda alternativa es que la inspección sea pagada por el usuario domiciliario. Pero esto apareja un costo político que, desde la privatización de Gas del Estado, en 1992, ningún gobierno se animó a enfrentar.

En esa misma época existió una iniciativa para que estos controles fueran realizados por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), pero no prosperó.

Desde Ecogás han manifestado que su competencia llega hasta la puerta de las viviendas; sólo realiza inspecciones cuando se habilita una nueva instalación, se reconecta el servicio, en caso de que el cliente lo solicite o si recibe una denuncia del Enargás o anónima.

Sin embargo, el reglamento del servicio (decreto Nº2.255/92) abre la puerta para que la distribuidora realice este tipo de supervisiones. Algunas fuentes del ente regulador que prefirieron hablar off the record interpretan que esto es una facultad de la distribuidora.

El punto "f" del artículo 13 del reglamento es quizás el más claro al respecto: "La distribuidora se reserva el derecho a inspeccionar las instalaciones del cliente periódicamente a fin de garantizar el cumplimiento de las condiciones generales y las condiciones especiales aplicables del presente reglamento".

En otras palabras, la distribuidora puede inspeccionar un domicilio cuando lo considere necesario.

Claro que el mismo artículo marca en el punto "e" que "toda instalación del cliente será mantenida por el cliente en las condiciones requeridas por las autoridades competentes y por la distribuidora".

Para saber si el cliente está en regla hacen falta dos cosas: que el usuario dé cuenta de sus modificaciones en las instalaciones o que reciba una inspección, en el caso de no darlas a conocer.

¿Cómo puede hacerlo la distribuidora? Muy simple: cuando en la lectura del medidor se nota un incremento desmedido del consumo, es señal de dos cosas. "O hay una fuga de gas o se han instalado nuevos artefactos que la distribuidora no tiene inspeccionados", explicó la fuente del ente regulador.