Después de 15 años de espera, el Congreso de la Nación sancionó finalmente la Ley de Acceso a la Información Pública. Con 182 votos a favor y 16 en contra, la normativa obliga a los tres poderes del Estado, a empresas, partidos políticos, universidades y gremios que reciban aportes estatales, a responder las solicitudes de información que eleve cualquier ciudadano.

La misma exige a los organismos a brindar los datos requeridos en un plazo de 15 días con la posibilidad de una prórroga "excepcional" por otros 15 días. 

La iniciativa propone además la creación de una agencia de Acceso a la Información Pública, como ente autárquico, que funcionará con autonomía funcional en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional, y cuyo director será elegido por el Presidente en un procedimiento "público, abierto y transparente que garantice la idoneidad del candidato” y durará cinco años en su cargo.

Entre las excepciones a la obligación de informar figura la información clasificada como reservada, confidencial o secreta por razones de defensa o de política exterior.

También, toda aquella información que pudiera poner en peligro el funcionamiento del sistema financiero; secretos industriales, comerciales, financieros y científicos cuya revelación pudiera perjudicar el nivel de competitividad.