¿En qué situación se encuentran las personas que trabajan de manera independiente en Argentina?
Son casi 2,8 millones de personas que aportan el 3,4% del total de recursos de la seguridad social y representan el 26% de la masa total de aportantes.
En el informe Trabajadores Independientes y su vinculación con el sistema de previsión social, la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) analizó en profundidad la situación actual de una porción significativa del mundo del trabajo: los/as trabajadores/as independientes.
En particular, la publicación ofrece un panorama de todas aquellas personas que de manera habitual realizan trabajos y reciben ingresos sin estar sujetos a una relación de dependencia con un empleador y que, a su vez, se encuentran formalizados, realizan aportes a la previsión social, y que pueden emplear o no a otras personas.
Este universo de trabajadores/as se divide en tres grandes grupos: Autónomos (Régimen General de Autónomos), Monotributistas (Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes) y Monotributistas Social (destinado a la población en estado de vulnerabilidad social).
Según la OPC, dentro del mercado de trabajo uno de cada cuatro trabajador/a se desempeña como no asalariado, es decir trabaja de manera independiente, y más de la mitad de estos trabajadores lo hace de manera formal, quiere decir que se encuentran registrados ante la Administración Federal de Ingresos Publicos (AFIP).
El informe destaca que a diciembre de 2022, los trabajadores independientes llegan a 2.829.205 millones de personas, de los cuales 512.740 mil son autónomos, 1.779.861 monotributistas y 536.604 mil monotributistas sociales. Por otra parte, el total de los trabajadores independientes representan el 26% de la masa total de aportantes al SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) y es, a su vez, el segundo grupo más importante luego de los aportantes generales al régimen de relación de dependencia que alcanzaron un 67% de los aportantes a la seguridad social.
Existen distintos niveles de aportes en función de la modalidad y categoría según los distintos niveles de facturación. Mientras que los autónomos emiten facturas de tipo “A” o “B” -que incluyen el impuesto al valor agregado (IVA)-, los monotributistas (comunes o sociales) emiten facturas de tipo “C”, el cual contempla el pago de una alícuota mensual según categoría de facturación.
En lo que respecto a los aportes a la seguridad social, para el caso de los autónomos “representan en promedio el 3% de su facturación esperada mensual”. Por lo contrario, el componente impositivo de los monotributistas varía entre el 1% y el 4% de la facturación media de cada categoría. Y en cuanto a impuestos provinciales, los trabajadores independientes deben abonar el impuesto a los ingresos brutos que varía, según la jurisdicción de 0% a 4.5%, el cual se aplica tanto a los autónomos como a los monotributistas.
Estas diferencias generan “una amplia brecha impositiva entre autónomos y monotributistas ya que para los primeros el pago de IVA y Ganancias puede alcanzar hasta un 50% de su facturación bruta.” Mientras que los autónomos tienen una alta carga impositiva que puede llegar a representar hasta el 50% de sus ingresos en los casos extremos, para los monotributistas este componente representa en promedio solo el 4%. También se detalla que en las categorías más bajas de monotributo el peso proporcional de los aportes es mayor que en las más altas.
Los trabajadores independientes y la seguridad social
Los trabajadores independientes representan el 26.2% de los aportantes al SIPA y su participación en los aportes a la seguridad social es en la actualidad del 3.4% de la masa total de recursos de la seguridad social.
Como se detalla en el informe “cada modalidad de trabajo independiente posee un régimen de cotizaciones a la Seguridad Social diferenciado…sin embargo, en todos los casos los beneficios jubilatorios que se recibirán a futuro corresponden al Régimen General de Previsión Social administrado por ANSES.”
En el caso de los trabajadores autónomos, la normativa determina aportes previsionales obligatorios equivalentes al 27% de las “rentas de referencia”, que son importes que no dependen del nivel de facturación y/o ingreso del trabajador y que, en promedio, representan 3% de la facturación mensual esperada. Un dato que surge del relevamiento normativo realizado por la OPC es que los autónomos “no poseen un componente obligatorio de aportes para salud, por lo que queda a criterio y financiamiento propio la adopción de una obra social o medicina prepaga.”
Para los monotributistas, la suma de “componentes impositivos, previsionales y de obra social representan para todas las categorías de la modalidad entre el 3% y el 10% de facturación mensual esperada promedio”. De lo cual surge que el esquema reviste un carácter regresivo ya que las categorías más bajas son las que proporcionalmente más deben pagar (10%). Por último, los/as trabajadores/as inscriptos en el monotributo social “están exentos del pago del componente impositivo y el Estado subsidia el 100% del componente previsional y el 50% del componente de salud (obra social), debiendo el trabajador abonar sólo el 50% restante de dicho componente de salud”.
Los últimos datos relevados por la OPC para 2022 indican que los aportes de los autónomos varían entre $7.596,78 y $33.425,42 mensuales para la categoría más alta. En cuanto a los monotributistas, los aportes van desde los $1.270,99 hasta los $3.296,62 y en el caso de los monotributista sociales es un importe único de $1.271.
En términos de financiamiento por parte de los trabajadores independientes al SIPA se destaca una estimación para finales de 2022 de $9.556 millones, lo que representa el 3.4% del total de recursos aportados por todos los trabajadores al sistema previsional. De este total aportado por los trabajadores independientes, el 65% lo aportan los autónomos, el 28% los monotributistas y el 7% monotributistas sociales, cuyo aporte es totalmente subsidiado por el Estado Nacional.
Del análisis de las jubilaciones que les corresponden a las distintas categorías de los trabajadores independientes se desprende que “a todos los monotributistas y a las tres primeras categorías de autónomos les corresponde la jubilación mínima”. Situación que se explica por el hecho de que los aportes que realizan en conjunto los/as trabajadores independientes a la seguridad social son insuficientes para alcanzar el financiamiento necesario para solventar la jubilación mínima según la fórmula vigente de cálculo del haber previsional. La OPC destaca dos problema concretos en torno a la relación de los aportes de los trabajadores independientes con su respectivos haberes jubilatorios: “financiamiento deficiente y haberes jubilatorios bajos respecto al nivel de ingreso de la etapa activa”.