El pasado 25 de mayo tuvo como centro de atención los reclamos de un sector de la sociedad para con el Poder Judicial, pidiendo que retorne a sus actividades. Sin embargo, el mismo día, tanto la Corte Suprema de Justicia (CSJ) como el Ministerio Público de la Defensa (MPD) prorrogaron sus respectivas ferias, ambas hasta el 7 de junio. 

En una acordada los supremos decidieron seguir con medidas “concordantes con las disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional y las recomendaciones de la autoridad sanitaria de la Nación”. Esta determinación es una extensión de lo hecho desde el 16 de marzo. 

A partir de otra resolución del mismo tenor de ese día, la Corte viene realizando sus labores de la misma manera. Los tribunales aseguran una prestación mínima del servicio de justicia, no atiende al público a menos que sea completamente necesario para el proceso, los magistrados dentro del grupo de riesgo fueron licenciados y las dependencias en que haya estado una persona contagiada se cierran preventivamente. 

El MPD, conducido por Stella Maris Martínez, transita un sendero similar. En una resolución se detalla que “deviene necesario establecer los parámetros de funcionamiento y disponer las medidas pertinentes a fin de poder brindar adecuadamente el servicio de defensa pública dentro de la emergencia sanitaria vigente en nuestro país”.

La diferencia principal radica en que el Ministerio puede realizar trabajos a distancia. Por esto, sus funcionarios fueron instruidos para realizar labores remotas “respetando la jornada laboral y los horarios de descanso”. Sin embargo, al igual que en los tribunales, si la tarea lo demanda los trabajadores deben asistir. 

Con la última ampliación del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio varias provincias flexibilizaron sus cuarentenas. Por ello, el MPD dispuso que en aquellos distritos en donde se permita volver a los trabajos de defensa pública se tomen medidas dentro de las oficinas: mobiliario que permita el distanciamiento, área de atención al público y mesa de entradas “lo más aisladas posibles” y en aquellos edificios donde tengan su sede más de una defensoría se pueden realizar trabajos en conjunto.

Por último todas las dependencias podrán garantizar la prestación del servicio manteniendo abierta la comunicación “telefónica, vía WhatsApp o por cualquier otro medio” con los titulares de los juzgados o tribunales ante los que prestan funciones, sin necesidad de concurrir a los entes. “En el mismo sentido, podrán establecer mecanismos alternativos para la atención y comunicación virtual o remota de sus asistidos”.