Educación obligatoria y prohibición del trabajo infantil
El acceso a la educación es un derecho que debe ser garantizado, no existiendo margen alguno para apartarse de dicha obligación estatal.
Durante una entrevista radial, el diputado nacional Alberto Benegas Lynch causó estupor al declarar “yo no creo en la obligatoriedad de la educación”. Muy sorprendida, la conductora del programa repitió la frase en forma de pregunta, buscando una retractación que no llegó. Muy por el contrario, el entrevistado profundizó su planteo manifestando que la educación “es responsabilidad de los padres” y que muchas veces puede pasar que “no te podés dar el lujo de mandar a tu hijo al colegio porque lo necesitás en el taller con el padre trabajando”. El programa, conducido por Romina Manguel se llama “A confesión de parte” y lo manifestado por el diputado libertario completa –casualmente– el axioma jurídico aludido, ya que el tenor de sus declaraciones provoca el relevo de toda prueba.
La tranquilidad de la siesta dominguera fue sacudida por la entrevista, que pronto fue replicada en los medios de prensa comenzando a generar cuestionamientos y el rechazo de especialistas en educación, representantes del arco político opositor y hasta funcionarios del propio Gobierno Nacional. Guillermina Tiramonti, investigadora en Educación y con larga trayectoria en FLACSO, sostuvo ante la consulta de La Nación: “La Argentina optó por la educación obligatoria a fines del siglo XIX y hemos mantenido ese principio hasta hoy. Lo que la sociedad debe discutir no son las provocaciones de Lynch, sino cómo hacer para sacar el sistema del declive en el que quedó después de 20 años de administración K”. Algo esperable fue la lluvia de críticas que también llegó desde los partidos de la oposición, pero sorprendió la actitud del oficialismo que salió a desmarcarse rápidamente de las declaraciones de su diputado.
Manuel Adorni, vocero presidencial, planteó en conferencia de prensa que lo manifestado por Benegas Lynch corre por su cuenta, al mismo tiempo que sostuvo que “lo único que garantiza un futuro es la educación y el conocimiento”. Sandra Pettovelo, ministra de Capital Humano, también salió a despegarse de los polémicos dichos de “Bertie”: con un contundente posteo en sus redes sociales manifestó su rechazo a las declaraciones del diputado diciendo que “la libertad de enseñanza, hija de la libertad de conciencia, promueve que los padres sean los primeros y naturales educadores, pero esto no conlleva un dominio ilimitado sobre sus hijos. El Estado y la sociedad civil también forman parte de la tutela de la educación”.
Esta actitud del Gobierno causó algo de extrañeza, ya que lo dicho en la entrevista por el diputado Benegas Lynch no era más que una reafirmación de lo que Javier Milei había manifestado durante una entrevista en la televisión chilena: cuando el conductor Matías del Río le preguntó si la educación era un derecho, el economista respondió tajantemente que no. En otra entrevista por Radio Mitre durante abril de 2023, Milei en modo candidato planteó su propuesta de “vouchers educativos” y se manifestó en contra de la obligatoriedad de la educación. Sin embargo, tras el escándalo provocado por los recientes dichos de Benegas Lynch, el presidente Milei sostuvo que fue “una frase absolutamente desafortunada” y aprovechó para criticar a la periodista que llevó adelante la entrevista. Lo llamativo es que –a fin de cuentas– no desautorizó al diputado, sino que le dio un carácter de mera equivocación.
Más allá de esta cuestión, es importante recalcar que el Derecho a la Educación se encuentra consagrado en el Artículo 14 de nuestra Constitución Nacional y en los tratados internacionales de jerarquía constitucional suscriptos por Argentina. Asimismo, la Ley de Educación Nacional N° 26.206 establece en su Artículo 2 que “la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado”, mientras que en su Artículo 4 establece que “el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación".
Este marco normativo deja en claro que la educación es un derecho que debe ser garantizado por el Estado, no existiendo margen alguno para apartarse de dicha obligación estatal. El interés superior del niño está protegido por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, Niña y Adolescente, y esto significa que los mismos no son “propiedad” de sus padres, sino que son sujetos de derecho por sí mismos. Las declaraciones del diputado libertario también colisionan con la prohibición del trabajo infantil, establecida por regulaciones a nivel de la Organización Internacional del Trabajo y receptada nacionalmente a nivel normativo por la Ley 26.390.
En un contexto de grave crisis económica y con un sistema educativo atravesado por problemas estructurales que continúan sin resolverse, la mención de estas ideas constituye una afrenta al consenso generalizado sobre el Derecho a la Educación existente en Argentina. Parece mentira que quienes reivindican la figura del presidente Julio Argentino Roca desconozcan la importancia histórica de la Ley 1420, sancionada en 1884 durante su gestión. Sin embargo, nos estamos acostumbrando a la falta de rigor histórico y al tratamiento superficial y simplista de las ideas vertidas en el debate político en nuestro país. Por eso mismo, no está de más recalcar –una y otra vez– la plena vigencia de la Constitución Nacional y la importancia de contar con un Estado que se tome en serio su obligación de garantizar la educación para todos. Rescatar al sistema educativo argentino de la catástrofe en que se encuentra requiere mucho más que motosierra, licuadora y provocaciones mediáticas.