En diciembre de 2013 el Gobierno Nacional eliminó del anteproyecto de reforma del Código Civil y Comercial el artículo 241 que determinaba la responsabilidad del Estado para garantizar a todos los habitantes el acceso al agua potable para fines vitales. Este punto había sido declarado, previamente, como necesario en la a Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas.

El anteproyecto fue formulado por los juristas Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y por la mendocina Aída Kemelmajer de Carlucci. Gestionpublica.info dialogó con Jonatan Baldivieso de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas quien resaltó que cuando se conoció el anteproyecto se había expresado que el agua potable es un Derecho Humano. Esto es muy importante, no porque desconociéramos que Argentina tiene ese derecho al agua sino porque era bastante simbólico que en el Código Civil y Comercial, donde se regulan las relaciones entre los particulares, se exprese ese derecho, explicó Baldivieso.

El proyecto finalmente llegó al Ejecutivo sin ese artículo (241), además de otras quince modificaciones. Esta eliminación no tuvo fundamentos. Muchos legisladores y funcionarios públicos defendieron la modificación ya que sostienen que nadie puede decir que si en algún lugar el Estado no presta el servicio eso pueda ser una violación, exclamó el abogado.

Los fundamentos usados para defender la decisión que eliminó el articulo fueron criticados por Baldivieso, quien sostuvo que esta argumentación no es la mejor ya que el agua está estrechamente relacionada con el derecho a la vida. El acceso al agua significa el fácil acceso a la alimentación mínima que tiene que tener cualquier habitante del país. Esta es la peor decisión porque asentaron legalmente que el Estado no se tiene que encargar de determinada población. Este es el primer derecho que se debe garantizar, el de la vida y la salud, insistió.

Asimismo, el abogado ambientalista remarcó la relación entre esta decisión tomada en 2013 y el modelo extractivista en Argentina, que choca continuamente en cuanto a contaminación de ríos y lagunas: desde el Poder Ejecutivo no quisieron avanzar en este reconocimiento simbólico, porque era reforzar más los reclamos locales por la contaminación del agua.

Nosotros denunciamos esto como un retroceso, aseveró el Baldivieso, quien explicó que varias provincias intentaron estipular en sus constituciones o leyes locales el acceso al agua como un derecho, como por ejemplo la Ciudad de Buenos Aires.

Jurisprudencia

En 2014, la Corte Suprema de Justicia dictó una sentencia donde reconoce que existe el derecho humano al agua potable, informó el abogado. Fue por el caso de la Ciudad de 9 de Julio, provincia de Buenos Aires, donde el agua potable está contaminada con arsénico. En diciembre del año pasado, el máximo tribunal del país falló en una causa iniciada por un grupo de vecinos de 9 de Julio contra ABSA por los altos niveles de arsénico en la red domiciliaria y ordenó al juez de la causa que haga lugar al pedido de los denunciantes y obligue a la empresa a repartir agua potable en los domicilios hasta que se realicen las obras pertinentes.

En ese fallo, declaró el agua como un recurso, es decir, un bien público fundamental para la vida y la salud. Además, se pidió que se aceleren los procesos en los que se vea vulnerado el derecho al acceso al agua potable para evitar la frustración de derechos fundamentales. Con este caso, se conoció por primera vez de forma expresa y detallada de donde deriva que en Argentina el Derecho Humano al agua potable existe, agregó.

Luego del histórico fallo de la Corte Suprema de Justicia, otros distritos comenzaron a organizarse para reclamar la misma medida, que obliga a la empresa estatal ABSA a suministrar agua en bidones hasta tanto solucione el problema de abastecimiento.

Por casos como el anterior, Baldivieso remarcó que es necesario un piso mínimo para todos los habitantes donde respaldarse. Si bien existen provincias que incluyen el acceso al agua en sus constituciones, este elemento básico e indispensable para la salud no está garantizado a nivel nacional.

Regular el acceso al agua potable es necesario, ya que según un informe hecho por el Foro Mundial del Agua, en La Haya, la cuarta parte de la población Argentina no recibe agua potable. Misiones, Chaco, Formosa, Santiago del Estero y el conurbano bonaerense son las zonas del país con mayor déficit de abastecimiento. Los que más sufren la falta del servicio son las poblaciones rurales, ya que más del 90 por ciento carece de agua potable y un 18 por ciento de la población urbana de la Argentina sufre este mismo problema.

Otra de las modificaciones que se incluyen en el anteproyecto se refiere al camino de rivera. Los quince metros de cada lado de los ríos argentinos dejaron de ser caminos públicos y pasaron a ser caminos de circa con la única función de servir de camino para el barco, detalló Baldiviezo.

Estas modificaciones entraron en vigencia el pasado lunes 3 de agosto por lo que se eliminó el uso público de estos terrenos. Al finalizar la entrevista con este medio, el abogado de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, remarcó que estos cambios están asociados a una postura mercantilista del Estado.