En Madrid, con la aprobación del Consejo de Ministros del Gobierno del Reino de España, se llevó a cabo a principios de esta década el traspaso de las acciones de Aerolíneas Argentinas de la empresa Iberia al grupo Marsans, ambos de origen español. Un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN), dice que el Estado argentino no efectuó “ningún tipo de control” sobre la operación, “aún cuando pudieran haberse comprometido los intereses públicos y los derechos de los usuarios”. Del trabajo se desprende que la Secretaría de Transporte, la Subsecretaría de Transporte Aerocomercial y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, no cumplieron con su tarea de fiscalizar la compraventa. De hecho, la fecha de la operación es desconocida, incluso, por la Comisión de Defensa de la Competencia, según comunicó ese mismo organismo a la AGN.

Las irregularidades de una transacción que se hizo por fuera de los controles estatales constituyen una muestra del progresivo abandono de la intervención argentina en la administración de la línea de bandera, influencia que estaba asegurada en el decreto de privatización, el 1591/89, mediante el derecho a veto.

En 2006, el Tribunal de Cuentas de España publicó una cronología sobre la labor de la empresa Iberia al mando de Aerolíneas Argentinas S.A. (ARSA). El documento señala que el 20 de noviembre de 1990, Iberia adquirió el 30 % del capital de ARSA por US$ 20 millones. El Estado argentino, que en ese entonces tenía el 5 % de las acciones, aumentó su participación al 33 % en 1992, además de administrar el 10 % del paquete total perteneciente al Programa de Propiedad Participada (PPP).

El contexto era adverso. Según el organismo de control español, “la crisis del sector aéreo”, acompañada de una sucesión de balances negativos, provocó que Iberia planteara la necesidad de una “recapitalización de ARSA en, al menos, US$ 500 millones”. Pero el Gobierno argentino, con una economía en conflicto, se negó a ampliar la inversión.

Papeles: El decreto de privatización de Aerolíneas estaba regulado por el Código Aeronáutico. El inciso 4 del artículo 99 de ese Código estipulaba que “la mayoría de las acciones” debían ser “nominales y pertenecer en propiedad a argentinos con domicilio real en la República”. Por lo tanto, Iberia no podía convertirse en accionista mayoritaria de ARSA por sí misma.

La empresa deficitaria necesitaba divisas. Entonces el Gobierno, que no quería seguir financiando la línea aérea, firmó un acuerdo con Iberia en 1994 y permitió un incremento del capital social de ARSA en US$ 500 millones. En ese acuerdo la española se comprometió a aportar en un mes la totalidad del aumento de capital por sí misma, en la proporción que corresponda, y el resto a través de una o más sociedades locales que la propia Iberia debía designar. ¿Cómo? Para eso se necesitaba una herramienta que reformule “las restricciones impuestas en el Código Aeronáutico”, afirma la AGN. Así, la Presidencia de la Nación promulgó el decreto 52/94, mediante el cual la condición de que las acciones pertenezcan a argentinos con domicilio real en la República pasó a comprender tanto a personas físicas como a personas jurídicas.  

Con el decreto 52/94 vigente, “Iberia encargó a un despacho de abogados argentinos la constitución de INTERINVEST S.A., sociedad de nacionalidad argentina con un capital de US$ 12 mil”, explica el Tribunal de Cuentas de España. INTERINVEST sería “la sociedad instrumental a través de la cual Iberia adquiriría la participación mayoritaria en ARSA”. Esa inversión, que implicaba tomar la mayoría directa e indirecta del capital de otra empresa, fue “expresamente autorizada por el Consejo de Ministros” español, asevera el organismo de control de ese país.

Pero la promulgación del decreto no fue el único gesto del Estado argentino hacia Iberia. Además, el Gobierno se comprometió a eliminar el derecho a veto que hasta ese momento se había reservado en relación a determinadas decisiones de los órganos administrativos de ARSA que, así, pasaron a ser controlados por la empresa española. “Ese derecho –amplía la AGN- era una herramienta fundamental que tenía el Estado como accionista minoritario para defender los intereses públicos y garantizar la continuidad del servicio y los derechos de los usuarios”.

El decreto marco de la privatización, el 1591/89, decía que “dada la trascendencia de la actividad de Aerolíneas Argentinas, será requisito que la mayoría del capital social, que asegure el control y la dirección de la empresa, quede en manos del Estado y personas argentinas”.

Sin embargo, en los considerandos del decreto 52/94, el Ejecutivo argumentó que no era su intención “limitar ni restringir” las normas del Código Aeronáutico, porque eso “no resultaría coherente con la política de desregulación de los servicios públicos privatizados”.

El traspaso a Marsans: Aerolíneas Argentinas fue administrada por Iberia desde el 20 de noviembre de 1990 hasta el 31 de diciembre de 1999, cuando las “pérdidas” de la empresa “la hacían incurrir en causa de disolución y liquidación según las leyes argentinas”, aclara el Tribunal de Cuentas de España. Luego de una breve gestión de American Airlines, la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), un organismo del gobierno español, presentó un “Plan Director” y pasó a comandar los destinos de la línea de bandera argentina y de Austral a principios de 2000. Fue la SEPI quien transfirió las acciones de Aerolíneas a la empresa Air Comet, integrante de Viajes Marsans Sociedad Anónima.

El dato del traspaso surgió de una nota de la Secretaría de Competencia, Desregulación y Defensa del Consumidor, emitida el 16 de julio de 2002, que afirmaba que “el 99,21 % del paquete accionario de INTERINVEST S.A., accionista mayoritario y controlante de Aerolíneas Argentinas (con el 85 % del capital social), fue adquirido por Air Comet”, reproduce la AGN.

Para la Auditoría argentina no fue sencillo recopilar datos de la transferencia entre Iberia y Marsans. En 2002 solicitó a la Jefatura de Gabinete toda la documentación sobre esa transacción y el pedido recayó en la Coordinación de Asesoramiento Técnico: “No obran antecedentes relacionados” con la operación, fue la respuesta. Por otro lado, la AGN consultó a la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), que aclaró que “no tuvo intervención sobre el particular, ni se le ha requerido en instancia alguna”. En tanto, la Secretaría de Transporte puso primero “toda la documentación relacionada” con la compraventa a disposición de la AGN, pero después dijo que “a pesar de la vinculación que pueda guardar el área con ese tema, no tuvo ninguna intervención”. 

El Estado nacional no supervisó la venta de las acciones de la empresa controlante de ARSA y, de hecho, se enteró de la operación por la propia Air Comet que, a través del expediente 064-016960/2001 presentado ante la Secretaría de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor, reconoció la titularidad del paquete accionario mayoritario de INTERINVEST, explicó que la transacción tuvo lugar en Madrid y declaró ser una sociedad constituida bajo leyes españolas con domicilio social en Bahía de Pollensa 21, edificio Air Comet, Madrid, Reino de España. 

La Auditoría concluyó que “la aclaración del artículo 99 inciso 4 del Código Aeronáutico, mediante el decreto 52/94, posibilitó que el control efectivo y la propiedad sustancial de ARSA corresponda a una sociedad extranjera, desconociéndose a la vez la composición accionaria de la o las firmas que tienen control directo o indirecto de INTERINVEST S.A.”, y completó: “Lamentablemente, para aprobar un convenio con Iberia, se introdujo un elemento confuso y jurídicamente objetable”.