La Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA) aprobó un informe sobre el trabajo de la ex Dirección General de Concesiones. En el documento se analizaron 23 licencias y se encontraron irregularidades en el cumplimiento de los contratos como impuestos sin pagar, actividades que no corresponden con el planeamiento urbano y falta de habilitaciones

Según el análisis realizado por la AGCBA, hasta el 31 de diciembre de 2016 hubo “sucesivos e ininterrumpidos permisos otorgados a un mismo concesionario, por el mismo predio y con el mismo objeto - bajo los títulos de Permisos de uso precario y oneroso y/o Acta de tenencia- que exceden las atribuciones del Poder Ejecutivo para su otorgamiento".  

Es que el artículo 104 de la Constitución de la CABA, en su inciso 23 sobre las Atribuciones y Facultades del Jefe de Gobierno, establece que esta figura será la que “ejecute las obras y preste servicios públicos por gestión propia o a través de terceros” y que toda concesión o permiso por un plazo mayor de cinco años debe tener el acuerdo de la Legislatura. A esta norma se suma el inciso 5 del artículo 82 y el capítulo III de la ley N° 2095, en las que se aclara que el Poder Legislativo debe ser consultado cuando una concesión vaya a superar el lustro. 

La Auditoría hizo esta observación en 13 de los 23 emprendimientos analizados. De esta manera la Legislatura porteña no fue consultada en las concesiones que le fueron otorgadas a Happening Solarium Ingeniero Agronómo Benito Carrasco, Pacha Buenos Aires, Pizza Banana, ex Brisas del Plata, los bajo autopistas 1-111, 9-907 y 1-161, la Alameda y las playas de estacionamiento E-03 (avenida Córdoba entre las calles Florida y Esmeralda) y E-12 (avenida Corrientes 436), solo por nombrar algunos.

Para la Auditoría porteña, los incumplimientos de contratos o normativas son un perjuicio económico para la Ciudad. 

Del informe se desprende que algunos contratos no prevén los mecanismos adecuados que permitan mantener la razonabilidad y proporcionalidad del canon con relación a las demás variables que conforman la ecuación económica financiera de los mismos a lo largo de su ejecución. Para la AGCBA, esto “se traduce en un perjuicio económico para la Ciudad”.

Concesiones sin control

Uno de los casos analizados por la auditoría fue el del Golf Club José Jurado. El informe señala que se le otorgó una concesión por 20 años (1991 - 2011) y el canon fijado fue de $5.000, desde el principio hasta el final del contrato. Una situación similar se registró en otras licencias como la correspondiente a Happening, quien pagó $40.000 por mes entre 2012 y 2015.

El caso de el bajo autopista 1-111 difiere un poco a los demás. El convenio fijaba una suma de $8.491,66 mensuales para el primer año de vigencia (2010) y un año después se incrementaría un 10% hasta el final del acuerdo. La Dirección General de Concesiones intervino en el caso e hizo que el aumento sea de ese mismo porcentaje pero todos los años y no una sola vez. 

También se detectaron particularidades en la concesión de control de estacionamiento indebido en Micro y Macro Centro de la Ciudad. En este contrato hubo “largos períodos de tiempo durante los cuales el canon permaneció inalterado”, explica la AGCBA. Por ejemplo, entre julio de 2004 a diciembre del 2008 el canon ascendió a $1.000 mensuales e incrementó a $20.000 entre enero de 2009 y mayo de 2011.

Por otra parte, la última modificación en el período bajo examen tuvo lugar en septiembre de 2014 cuando se impuso la suma de $55.000. “En ese momento la tasa por remoción que percibían las concesionarias era de $350, la que se incrementó a $450 en el año 2015 y a $750 en el año 2016, sin que ello diera lugar a incrementos en el canon”, explica la Auditoría porteña.

Espacios inhabilitados

El organismo de control también requirió información a la Dirección General de Habilitaciones y Permisos. En la documentación presentada se observó que “existen concesiones que han funcionado sin contar con habilitación ni inicio de trámite”. Y en este punto se enumeraron los casos del Centro Metropolitano de Diseño, predios para la Inspección Técnica Vehicular, la Playa de Estacionamiento E-16 y el Bajo Autopista 9-907.

En el caso de la concesión del Bajo Autopista 1-161, la cual comprende 11 playas de estacionamiento, se detectaron irregularidades en los permisos para su funcionamiento. En el legajo 785 de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos figura que “todas las playas de estacionamiento iniciaron su trámite de habilitación durante el año 2010” y que el 6 de octubre de 2016 fueron rechazadas nueve. Aún en ese estado la concesión funcionó. 

Deudas tributarias

La AGCBA también señaló múltiples deudas tributarias. El organismo detalló que “no consta en ninguno de los expedientes analizados, el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los concesionarios y/o permisionarios referidas al pago del Impuesto de Sellos”. Por otra parte, en cuanto al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la AGIP informó las deudas en nueve concesiones. 

Tampoco se hallaron comprobantes de pago en cuanto al Impuesto Inmobiliario (ABL). Al faltar la documentación, la AGCBA le consultó a la AGIP y se hallaron deudas tales como la de Buenos Aires Design por $37.415.463,93 y la de Punta Carrasco por $18.706.720,71.

Con Happening S.A. se dio un caso particular. La empresa explota un predio ubicado en la avenida Rafael Obligado, el cual fue empadronado el 1 de octubre de 2017. Sin embargo, la actividad comercial que se desarrollaba allí comenzó en 2007. “El empadronamiento tardío del predio causó un perjuicio económico a la Ciudad por el no cobro del ABL por un período de 10 años”, aseguró la Auditoría porteña. 

Los usos de la costanera

Por otra parte, el organismo de control consultó a la Dirección General de Interpretación Urbanística sobre la zonificación que corresponde a las concesiones emplazadas a lo largo de Costanera Norte y Sur y si los “destinos y usos” que allí se desarrollan son los adecuados para ese terreno. 

En cinco contratos se determinó que las concesiones se encuentran en parcelas catalogadas como Urbanización Parque (UP). Esta tipificación implica que, de acuerdo al Código de Planeamiento Urbano (Ley N° 449), la zona esté destinada a espacios verdes o parquizados de uso público. La AGCBA concluyó entonces que hay contratos para usos o actividades que están vedadas por ley por la zonificación en que se encuentran emplazadas.