Según un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN), la Secretaria de Derechos Humanos de la Nación cuenta con 696 empelados, de esos, “el 70,55% son contrataos por el sector privado”, mediante convenios con distintas instituciones. Parte del personal jerárquico es contratado de esta manera, lo que implica que “quienes toman decisiones no se encuentran en la planta permanente de la Secretaría”. 

La Secretaria de Derechos Humanos de la Nación (SDH) se encarga de las políticas para la promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos y de incidencia colectiva en general. Diseña y solventa acciones comunitarias de la difusión de los derechos humanos y la igualdad de oportunidades de las personas con capacidades diferentes, los pueblos indígenas y los refugiados. Además, la SDH debe impulsar acciones vinculadas con casos de menores extraviados, violencia familiar, erradicación de la explotación sexual, bioética  e investigación de niños nacidos en cautiverio. Su labor principalmente se centra en la ejecución de las “políticas reparatorias” a las víctimas de la dictadura militar.

La AGN explicó que para cumplir con todas sus funciones, la Secretaría tiene solo 205 contratos de la Administración Pública Nacional y, el resto del personal, 491 personas, contratados a través de la Asociación de Concesionarios de Automotores de la República Argentina (ACARA), Cámara de Comercio Automotor (CCA) y del Colegio de Abogados (CA), en virtud de convenios firmados en el marco de la Ley 23.238

La Ley 25.164 –de Regulación del Empleo Público Nacional- establece que “el personal no permanente sólo puede cumplir de tareas estacionales o transitorias”, como consecuencia de “un incremento no permanente de tareas o la falta momentánea de personal”. Pero según el informe, aprobado este año sobre datos de 2009 y 2009, esta situación no es la que se configura en la SDH.

De hecho, agrega que “el personal que desempeña cargos jerárquicos también se encuentra vinculado con el organismo bajo dicha modalidad de contratación”, generando, contra lo expuesto en la Ley precedente, que “la toma de decisiones recaiga en personas que no se encuentran en la planta permanente de la Administración Pública” y por eso recomendó en el mismo informe, “asignar al personal no permanente funciones estacionales o transitorias, ocupando los cargos jerárquicos con personal permanente”.

El organismo de control también observó que la dependencia no tenía plan estratégico (para planificar objetivos y metodologías), “que no se realizaron informes de control de gestión durante 2009 (de utilidad para determinar los desvíos con respecto a lo planificado) y que no posee registros de las metas ejecutadas durante 2009 y 2010”.

Situación de los derechos humanos en el país

A fin de evaluar la situación de los derechos humanos en el país, la Secretaría realizó una adaptación del sistema de indicadores al que utiliza el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, formado por ciento veinte (120) guías. No obstante, cuando los auditores solicitaron que remita los indicadores,  la SDHno había elaborado ninguna serie sobre los indicadores propuestos”, lo que derivó en la “imposibilidad de observar la situación en que se encuentran los temas de los que se ocupan”.

Según la AGN, esta información “podría haber permitido conocer la situación de los temas que ocupan a la Secretaría y medir el impacto de las políticas implementadas” por el área auditada.
 
Fortalecimiento de los derechos humanos

Por otro lado, a fin de fortalecer los mecanismos de promoción de los derechos humanos, se creó el Proyecto “Fortalecimiento del Sistema de Protección de los Derechos Humanos” (FORPODHU) entre la Unión Europea y la Argentina.

El costo total estimado del proyecto es de € 6.000.000, de los cuales la UE se compromete a financiar € 5.000.000, y la República Argentina aportará  €1.000.000. Sobre el programa la Auditoría dijo que “no obtuvieron evidencia de la existencia de estudios estadísticos o de estudios oficiales sobre los problemas de derechos humanos en cada región o provincia”, antes de la suscripción al proyecto.  Dichos trabajos de diagnóstico hubieran permitido fijar con anterioridad las líneas de trabajo a desarrollar a través del convenio.

El proyecto también preveía la instalación de una red de “observatorios de derechos humanos”. Se instalaron 11 de estos observatorios, sin embargo el organismo de control señala que  “no se obtuvo documento alguno en el que se hayan plasmado los criterios utilizados para la adecuada ubicación de los Observatorios de Derechos Humanos”.

Cuando los auditores pretendieron avanzar con el análisis del “proyecto de fortalecimiento de los derechos humanos se encontraron con la dificultad de que  los informes de ejecución registraban “solo el avance de  cada actividad planificada, pero no una visión general del estado de avance  global del mismo”. Tampoco ayudaron –a juicio de AGN- los indicadores definidos los que “no permiten evaluar y medir si se están cumpliendo los objetivos del proyecto”.

Por último, la Auditoría Nacional detectó que “no se había conformado el Comité Consultivo Nacional, conforme el Convenio de Financiación Suscripto”. Esta actividad, asegura el informe, “es responsabilidad de la SDH y asumida por la Unidad de Gestión Fortalecimiento del Sistema de Protección de los Derechos Humanos,  desde Abril del año 2007”.