De las 136 líneas de colectivo que transportan pasajeros en la Ciudad y la Región Metropolitana, sólo seis tienen la renovación del permiso de explotación vigente. Este dato, surge de un informe que realizó la Auditoría General de la Nación (AGN) luego de una evaluación en la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), ente que “debía controlar el cumplimiento de esas autorizaciones”.

El organismo de control hizo un análisis sobre los permisos de uso, que abarcó desde el 2004 hasta el 2010 inclusive, y encontró que casi el 87% estaba “en trámite de renovación”, mientras que “alrededor del 4% eran autorizaciones especiales, llamadas precarias, que vencieron en diciembre de 2010”.

El 95% de las líneas de colectivos no tienen el permiso de explotación vigente

Como se ve, las líneas que están al día no superan el 5% del total, pese a que todas “debían regularizar su situación tramitando ese permiso”. El informe, aprobado en diciembre de 2012, señala que “la demora de renovación de autorizaciones van entre uno y cinco años”.

Es la CNRT “la responsable de controlar el cumplimiento de los permisos” que habilita “el uso del servicio de colectivos de la Ciudad Autónoma y el área Metropolitana de Buenos Aires”. Es la Ministerio de Planificación, hoy a cargo del Ministerio del Interior y Transporte, la encargada de emitirlas a través de concursos públicos. Solo “en casos en los que exista la necesidad de garantizar el servicio” por algún motivo en particular “se otorga una autorización precaria”.

Autorizaciones Precarias

La finalidad de los permisos precarios es asegurar que la línea funcione, sin embargo la Auditoría manifestó que “no garantizan la prestación del servicio de manera adecuada”. De hecho, asegura que las empresas que tienen este tipo de autorización son “las que más incumplen la frecuencia del servicio”, tal como se puede observar en el siguiente:

El 95% de las líneas de colectivos no tienen el permiso de explotación vigente

Pero lo más alarmante es que las líneas que circulan con esos permisos extraordinarios “están eximidas de obligación de ajustarse a los parámetros establecidos con relación a las personas con movilidad reducida”.