Un solo abogado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) está a cargo de 3.660 juicios previsionales. Según un informe de la Auditoría General de la Nación (AGN), el organismo no cuenta con un criterio establecido para distribuir las causas entre los profesionales que integran la Gerencia de Asuntos Contenciosos, “teniendo en cuenta que 42 abogados llevan sólo un juicio cada uno, nueve trabajan en dos expedientes, cinco se encargan de tres y cuatro atienden más de 2.000” procesos.

No obstante, la misma Gerencia entregó a la AGN unas 13 carpetas judiciales en las que el organismo de control detectó que las respuestas a las demandas que recibe la ANSES son “similares en todos los expedientes, tanto en la forma como en el contenido”. Es que los abogados usan un modelo preimpreso donde “sólo incorporan los datos del actor y las fechas”, cuenta el informe y completa: “Esta metodología permite agilizar (el mecanismo de) las respuestas pero no evidencia un análisis en particular de los casos”.

Las Leyes de Presupuesto 2004 y 2005 establecían un programa de cancelación de las deudas previsionales generadas en juicios por reajuste de haberes pero, al momento del trabajo de la Auditoría, la ANSES no había puesto en marcha la disposición.

La AGN tomó una muestra de expedientes administrativos de otorgamiento de beneficios y concluyó que “en la totalidad de los casos analizados no se cumplieron con los plazos establecidos para la liquidación de las sentencias”. Es más, también se verificó que los beneficiarios mayores de 80 años sufrían un “significativo atraso” en el cobro de hasta 48 meses posteriores a la notificación del fallo.

Asimismo, el organismo de control detectó casos en que el beneficiario tuvo que acreditar enfermedad terminal porque no le liquidaban el dinero adeudado, “cuando debió habérselo priorizado por la edad”, dice el informe y añade que la ANSES no tiene un registro específico de beneficiarios con prioridad de pago. En otros expedientes administrativos también se hallaron “errores en las liquidaciones por la incorrecta carga de datos”.

Por otra parte, la AGN observó que los sistemas de la ANSES no están integrados entre sí y eso provoca discrepancias en la información que tiene cada uno. Por ejemplo, entre el sistema de “liquidación de sentencias canceladas con bonos de consolidación” y el “registro único de beneficiarios”, no coinciden los datos del ítem “fecha de nacimiento”. Así se abre la posibilidad de un cálculo incorrecto a la hora de otorgar una pensión porque el sistema podría confundir la fecha de nacimiento del causante (un familiar fallecido), con la del beneficiario.

En cuanto a los expedientes de pago, la Auditoría analizó 29 casos de 2004 y descubrió que “la sumatoria de los importes pagados en las liquidaciones no concuerda con los montos devengados durante el ejercicio”, y que los errores registrados en los listados emitidos por la Gerencia de Sistemas y Telecomunicaciones no fueron corregidos, “procediéndose a un acto resolutivo sin la correspondiente depuración”, es decir, hubo gastos que fueron aprobados por unos montos pero que efectivamente se hicieron por otros.

Con respecto a las sucesiones que se cancelaron con bonos, el informe afirma que la ANSES no tiene documentación que pueda acreditar si esos papeles fueron entregados a los derechohabientes o a los apoderados de los beneficiarios fallecidos.