Tras un trabajo realizado en la Secretaría de Medios de Comunicación, la Auditoría General de la Nación (AGN) señaló que “la disparidad y carencia de normativa específica” en cuanto a la distribución de publicidad oficial “traen aparejadas la informalidad de los trámites” para contratar espacios de difusión de los actos de gobierno.

Según el informe, el primero aprobado en 2009 –aunque fue hecho con datos de 2007-, los trámites de contratación de publicidad están regidos por reglas “profusas” y que no se encuentran ajustadas a las distintas instancias que intervienen en el reparto de las pautas. Entre esos trámites se destaca la “ponderación” y eventual aprobación de la Secretaría a una solicitud de publicidad, y el cruce de documentación y facturas con la agencia Télam.

Por otra parte, en la Secretaría de Medios “no existen criterios de evaluación de oportunidad, mérito o conveniencia, que permitan determinar de manera objetiva la procedencia o improcedencia” en la aprobación de una solicitud de publicidad. Es decir que, según el relevamiento de la AGN, no se pudo determinar qué herramientas utiliza la dependencia para aprobar o rechazar un pedido de pauta publicitaria.

Asimismo, tampoco se obtuvieron constancias de que existan parámetros formales y objetivos que respalden el modo en que la Secretaría de Medios distribuye y asigna la publicidad oficial. La Auditoría consultó a Télam sobre cómo seleccionan los medios para el reparto de las pautas, y la agencia respondió: “Las normas para la contratación de espacios de publicidad siguen y preservan la pluralidad de ideas y de medios de comunicación. Esas normas están incluidas en el marco de la obligación republicana de difundir los actos de gobierno a los ciudadanos y en el de cumplir con el derecho de los ciudadanos a ser informados”. A partir de este argumento, el organismo de control concluyó que, “de lo expuesto, no surge evidencia del criterio aplicado o de las normas que lo sustentan”.

Sobre este tema, el informe de AGN cita un fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia en la demanda que un diario de Neuquén inició contra el gobierno de su provincia por haberle retirado publicidad oficial luego de que el medio difundiera una denuncia de un diputado de la oposición. El máximo tribunal dijo que “el Estado no puede asignar los recursos por publicidad de manera arbitraria, en base a criterios irrazonables”, y, agregó: “Para adoptar esas decisiones de acuerdo con los principios de la libertad de expresión, las mismas deben estar basadas en criterios ‘sustancialmente relacionados’ con el propósito descrito y que debe ser neutro en relación con los puntos de vista del medio”.

La Auditoría también afirmó que en la dependencia que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros “no existe control por oposición”. Es que los mismos medios de comunicación en los que se pauta publicidad oficial, son los que certifican el cumplimiento de la difusión de los actos de gobierno.

En cuanto al presupuesto de la Secretaría, el organismo de control sostuvo que “no se realizó una planificación estratégica” en la ejecución de las partidas correspondientes a 2006, $ 177.656.269, y a 2007, $ 225.091.643.