Los talleres clandestinos volvieron a quedar en el ojo del huracán luego de que dos niños, de 7 y 10 años, murieran en un incendio a fines de abril. Pero la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA) viene alertando hace años, y en reiteradas oportunidades, las falencias de la labor de la Dirección de Protección del Trabajo (DGPDT).

Pese a que el organismo de control le realizó advertencias en 2012 a la dependencia porteña, un nuevo trabajo aprobado a fines de 2014 refleja que nada cambió.

Hasta diciembre de 2013 la DGPDT “no había podido solucionar los inconvenientes administrativos que empañan su gestión”. Entre los puntos más débiles se destaca que “las tareas de inspección de trabajo registraron extensos plazos en días para las diferentes etapas del proceso”. Las consecuencias van desde “la demora en la recaudación de multas pecuniarias”, como destaca el informe, hasta muertes evitables, como refleja la realidad.

El trabajo de los auditores también observó “demoras en la notificación de los resultados de lo inspeccionado y la falta de seguimiento de los descargos de los presuntos infractores”.

Ya en el análisis de 2010 se habían notificado “tardanzas por parte de la Dirección en la formalización de los resultados del proceso de inspección que van de los 209 a los 436 días”.

Lo mismo ocurrió con los avisos a los talleres inspeccionados, “mientras que la normativa prevé un plazo de 5 días se registraron demoras que en promedio alcanzaron los 20 días”.

La función original de la Dirección es la de fiscalizar, controlar y sancionar el incumplimiento de las normas de salud, higiene, seguridad en general y social y de las diferentes clausulas normativas de los convenios colectivos de trabajo.

Para ello, puertas adentro tiene un área de Trabajo Domiciliario, que se encarga de regularizar a los trabajadores de la industria textil; una de Higiene y Seguridad, que fiscaliza los establecimientos y coteja el cumplimiento de la normativa vigente en la materia.

Por otro lado, el informe agrega “la necesidad de que la Dirección disponga de un Sistema Informático que permita saber la cantidad de inspecciones de trabajo realizadas, los sumarios instruidos y la cantidad de infractores de las normas laborales".

La ley 3019 declara la emergencia laboral y de infraestructura en las pequeñas y micro empresas de la industria de la indumentaria, el calzado y otras afines. Además, prevé subsidios aquellos emprendimientos que cumplan los requisitos pautados.

Sin embargo, “aún no fue reglamentada” pese a que en su artículo 16 se establecía que debía hacerse en un plazo de 30 días. La norma se creó en 2009, la cuenta es fácil.

Al respecto, la AGCBA resaltó la "imperiosa necesidad" de que el Poder Ejecutivo de la Ciudad proceda a la reglamentación para "hacer efectivas las cláusulas que consagran derechos y obligaciones a fin de resolver el etado de emergencia laboral e infraestructura" que afecta a este rubro. 

Todo sigue igual

Allá por 2010, año auditado en el informe aprobado en 2012, la AGCBA manifestaba que "no había un Manual de Normas y Procedimientos ni de Organización" y detallaba que eso generaba una "desprolijidad organizativa que debilita la productividad de la dirección". Esta situación volvió a ser advertida en 2014.

En la última auditoría, se detectaron “fallas en la guarda de las actuaciones de las inspecciones de trabajo". De hecho, el organismo de control "no pudo contar con 19 de los 95 expedientes que solicitó para hacer su trabajo”. En el trabajo anterior la AGCBA “careció de 44 legajos que habían sido solicitados para su análisis”.