Por cada hora de transmisión de televisión, el COMFER fiscaliza medio segundo
El organismo encargado de supervisar los contenidos de los medios de comunicación controló el 0,017% de las horas de TV que se emitieron en la Argentina entre 2004 y 2005. Un informe de la AGN indicó que más del 95% de los licenciatarios de TV por cable no son inspeccionados y que el Comité “carece de normas” que establezcan cómo se debe examinar la programación. Además, las sanciones por exceso de publicidad quedan archivadas y sin resolver hasta que exceden los plazos legales vigentes.
La AGN detectó que la labor del COMFER “tiende a no ser universal”, es decir, no fiscaliza todos los canales de TV. De hecho, hay licenciatarios que “están exentos de los controles”, porque el organismo opera exclusivamente en las localidades donde tiene instalada una delegación y sólo chequea las transmisiones que se sintonicen desde ese lugar. En la Argentina existen 1.361 licenciatarios de TV por cable que emiten más de 700 millones de horas anuales. De ese total, el Comité audita 62 señales y deja fuera de su análisis a más del 95% de los canales.
En el caso de la televisión abierta, el COMFER registra porcentajes más altos de supervisión pero sólo en el ámbito de la Capital Federal, donde hay cinco canales de aire con 17.520 horas de transmisión. El organismo informó que en 2004 fiscalizó el 91,3% de las programaciones porteñas, mientras que en el año siguiente llegó al 81,5%. En cambio, esos porcentajes bajan cuando se toma al resto del territorio nacional: las 43 señales abiertas del país emiten 131.400 horas de programación de las cuales el COMFER analizó algo más de 7.200 (el 6,4%).
El informe de la Auditoría, que fue aprobado en julio de 2008 -a pesar de haber sido realizado en 2006 con datos del período 2004-2005-, señala que los recursos materiales del COMFER son “escasos e inadecuados para realizar el control contemplado en la normativa” vigente, y puntualiza que en las 33 delegaciones del Comité hay un total de 85 televisores y 47 videograbadoras, de los cuales más de la mitad están en estado regular o malo.
Al margen de estos números, el organismo tampoco cuenta con una “planificación estratégica para fiscalizar los contenidos de las emisiones”, dice la AGN y añade que esta falencia provoca que el COMFER se vea “impedido de efectuar su actividad de control partiendo de criterios objetivos y mensurables”. En pocas palabras, quienes trabajan en el Comité no saben cómo tienen que supervisar las transmisiones. El COMFER reconoció que “no hay acto resolutivo que apruebe un Plan Nacional de Fiscalización por cuanto, desde la vigencia de la normativa vigente (sic), no se ha considerado necesario dictar una norma (sic) al respecto”. La herramienta que usa el organismo es un “cronograma de fiscalización mensual” que, sin embargo, no está aprobado por su máxima autoridad y que se basa, según aclaró el propio Comité, en un “criterio de sentido común” y en la “experiencia acumulada”. La Auditoría observó que “el diseño de los partes de fiscalización implementados –informalmente- por el COMFER, resulta insuficiente a los fines del control”, porque no establece qué tipo de infracción a la Ley de Radiodifusión se intenta detectar. Por lo tanto, completa la AGN, “el agente fiscalizador se limita a describir aspectos de una emisión y solamente consignará una observación si entiende que existe una infracción –de acuerdo con su experiencia acumulada y sentido común-”, mientras que, si no detectó ninguna transgresión, “nada se observará y no se podrá determinar siquiera qué tipo de falta se estuvo fiscalizando”.
Para la Auditoría, la gestión de cobro de las multas que impuso el COMFER “resultó insatisfactoria”, porque “no se promovió celeridad en el ingreso de recursos por (las) infracciones”. Entre 2004 y 2005, las sanciones aplicadas por el Comité sumaron $ 1.568.949 aunque por ese concepto sólo se percibieron $ 12.997,50. Asimismo, el organismo de control verificó que “todas infracciones por exceso de publicidad se encuentran detenidas en áreas técnicas o en archivo”, y no fueron resueltas a pesar de haber “excedido los plazos legales vigentes”. El equipo de auditores tomó una muestra de los expedientes y constató que, en promedio, “habían transcurrido más de 800 días desde el momento de la infracción hasta el análisis de la AGN, sin que hubiera resolución alguna”.
Por otro lado, la Auditoría señaló que “el COMFER no da tratamiento a las quejas o reclamos de los usuarios sobre los contenidos emitidos”, y que, además, no puso en práctica lo establecido en el artículo 42 de la Constitución Nacional, que prevé la participación de las asociaciones de consumidores en los contenidos de la televisión. “Es notable la inacción del ente en la proposición y sanción de normas que posibiliten la protección de los derechos” de los televidentes, agrega el informe.
El COMFER “no ha tenido la capacidad para atender las profundas transformaciones de las dos últimas décadas en el mercado de la información y el entretenimiento”, sostiene la AGN y concluye: “Es notorio que el organismo no ha participado del proceso de modernización del Estado (porque) el control continúa realizándose de igual manera a cuando sólo existían unos pocos canales de aire”.