Como una especie de premio por el “constante y eficaz trabajo” realizado, un municipio salteño pagó durante 2012 sumas de dinero extra a algunos de sus empleados. El problema fue que, cuando la Auditoría General de la provincia (AGPS) quiso saber qué parámetros usó la comuna para elegir quién recibió esas bonificaciones, se encontró con un dato clave: “la documentación relevada no permite conocer el criterio de asignación” de los montos, a punto tal que varios de los beneficiados tenían sanciones en sus legajos personales.

El hallazgo aparece en un informe de la AGPS que fue aprobado el año pasado y se refiere, entre otras cosas, a la gestión de los recursos humanos en la Municipalidad de Coronel Moldes, un pequeño pueblo que ostenta una suerte de colección de observaciones que vienen llamando la atención del organismo de control desde, por lo menos, 2007.

Sobre el mencionado punto, la investigación completa que la entrega de dinero en concepto de “Bonificación y Suplemento” fue decidida por el Ejecutivo municipal mediante cuatro resoluciones dispuestas durante el ejercicio 2012.

Por otra parte, la Auditoría descubrió que “el organigrama vigente del Municipio no presenta la asignación de los funcionarios responsables de cada área y/o secretaría, y tampoco se encuentran aprobados ni instrumentados los Manuales de Misiones y Funciones y de Procedimientos” en materia de recursos humanos.

Más allá de esto, el informe le dedicó un párrafo aparte a la puesta en marcha de un programa llamado Inserción Laboral Municipal, que tiene por objeto principal “contribuir a la generación, sostenimiento y mejora del empleo” en el ámbito de la comuna.

Se detectó que durante el período analizado había en Moldes unas 20 personas contratadas bajo esta modalidad, que se conocieron comúnmente como “planilleros”.

La AGPS reveló que “la figura del planillero no está prevista en el Estatuto del Empleado Municipal, aprobado por la ley provincial 6.068”, además que “dichas personas no firmaron contrato alguno” y a pesar de eso, “cumplen funciones en distintas dependencias” del Ejecutivo local (Hacienda, Fiscalización/Control y Tesorería), “lo que torna vulnerable a la Comuna, ya que a los mismos no les resulta aplicable las disposiciones de la normativa vigente, no siendo pasibles de sanciones disciplinarias ni tampoco la delegación de facultades y asignación de misiones y funciones”.

Para completar el cuadro, los técnicos remarcaron que “el departamento de Personal del municipio no cuenta con legajos” de los trabajadores contratados.

Los cobradores

Otro aspecto analizado por la Auditoría fue el de las llamadas “comisiones por cobranzas” que se pagan en Coronel Moldes.

Se trata del dinero que reciben cobradores por servicios que prestan en distintos lugares del pueblo y que está normado por resoluciones locales que datan de 2007 y 2008; la primera, establece una comisión del 40% de lo recaudado por el “impuesto de derecho de limpieza de piso” del Puente Cabra Corral (foto), mientras que la segunda, asigna una retribución del 30% de los ingresos por el “impuesto de derecho de piso y venta ambulante”.

La modalidad consiste en que los “comisionistas” recaudan esos tributos y presentan su rendición ante el municipio; luego, el Ejecutivo emite un recibo de ingreso a nombre del cobrador y, sobre ese documento, la tesorería comunal confecciona una orden de pago y un recibo según lo dispuesto en aquellas resoluciones. Durante 2012 -período en que se hizo el informe-, Coronel Moldes desembolsó por este concepto $ 74.320.

Con estos datos, y tras su investigación, la AGPS develó que “el servicio es prestado por personal ajeno al municipio, sin ningún tipo de vinculación contractual. Además -añadió- dichos pagos no tienen la calidad de tal, ya que no se adjunta documentación ni factura correspondiente que den cuenta de su calidad de Comisionistas”. Al margen, el organismo de control remarca que estas operaciones resultan “significativas para el erario público” por los porcentajes establecidos en las mencionadas resoluciones.

No obstante, y si de resolución se trata, hay una que “la Municipalidad no proveyó” a la Auditoría y era la que “autorizó el pago de comisiones correspondientes al 30% del total cobrado del Impuesto de Derecho al Camping a una persona (NdeR: cuyo DNI figura en el informe), quien durante el período auditado recibió por este concepto la suma de $ 38.041,80”.