Publicado: 26/08/2010
 
El Tribunal de Cuentas de la provincia de Santa Fe dejó sentada su postura en el marco del conflicto que sostiene desde hace ya varios meses el Sindicato de los Trabajadores de Vialidad con la Dirección Provincial de Vialidad, e inclinó la balanza a favor de los empleados.

El órgano de control definió la observación legal Nº 037/10, del 10 de agosto pasado, a la resolución Nº 477/10 de la Dirección de Vialidad, que rechaza las medidas de fuerza dispuestas por el gremio y considera falta injustificada la ausencia de personal a causa de la protesta.

Al respecto, el Tribunal expresa en primer lugar que "el derecho a huelga es un derecho colectivo de los trabajadores que se encuentra consagrado a través de diversos tratados internacionales y receptado por nuestra Carta Magna y la Constitución provincial".

En la misma observación legal, queda consignado que la Ley de Ministerios Nº 12.817, en su artículo 23º, dispone que el Ministro de Trabajo y Seguridad Social asistirá al señor gobernador de la provincia en todo lo relacionado con el cumplimiento de la legislación laboral, la dirección y organización de políticas públicas de empleo, y la elaboración y ejecución de programas y políticas en materia de seguridad social. 

Dentro de esas facultades también le compete al Ministerio de Trabajo "entender en la aplicación y ejecución de sanciones por inobservancia de las disposiciones que regulan el trabajo en todas sus formas". Entiéndase por sanciones, por ejemplo, el descuento de días no trabajados.

En el párrafo siguiente, el Tribunal concluye que "la decisión adoptada por el Señor Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad… constituye un exceso de las facultades que le son propias, en razón de que no tiene competencias para rechazar las medidas de fuerza dispuestas y calificar como falta injustificada las ausencias del personal en ejercicio del derecho de huelga".

Y contestó

Ayer, el administrador general de la Dirección Provincial de Vialidad, Jorge Placenzotti, envió una nota al Tribunal de Cuentas "a efectos de formular aclaratoria sobre la Observación Legal Nº 037/10-TCP dictada en fecha 10 de agosto de 2010".

En la respuesta a la observación legal, el funcionario destacó que el órgano de control provincial "se aboca al análisis de este tema con la única documentación que recibió el 14/06/10, sin requerir documentación alguna a la Administración". Y agregó que el Tribunal "dicta la observación legal Nº 037/10 en el último día hábil (30), el 14 de agosto de 2010, y notifica en ese mismo día tal acto". Esta última aclaración tiene un tono irónico, teniendo en cuenta que busca remarcar que la observación se realizó y notificó en un mismo día, que además era el último de plazo para expedirse, según el administrador de Vialidad.

Por otra parte, Placenzotti manifestó que "si durante esos 30 días hábiles se hubieran solicitado los antecedentes administrativos, hubiera podido anoticiarse que el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social había dictado la conciliación obligatoria el 25/06/10, y la prorrogó a partir del 19-07-10, con comunicación expresa de las sanciones que le corresponden a quienes incumplen con la conciliación obligatoria –en ese caso el Sindicato de Trabajadores Viales".

Sin efecto hacendal

"La resolución Nº 477/10 no contenía en sí misma ningún efecto hacendal, ya que sólo era expresión de rechazo a la comunicación, y que lo previsto en su artículo 2º respecto de la consideración a «faltas injustificadas» devino abstracto por cuanto la medida de fuerza se instauró bajo la modalidad de asistencia a los lugares de trabajo", destacó el funcionario.

"La resolución no se agota en sí misma. No tiene efecto hacendal. No constituyó ningún perjuicio para el personal dependiente. No violó ninguna norma legal, ni derecho constitucional. No tuvo por fin avasallar ni menoscabar ningún derecho, y mucho menos el derecho de huelga, el cual se garantiza plenamente, como todos los derechos de los trabajadores. Y lo que es importante reiterar, la misma devino totalmente abstracta", sumó Placenzotti.

Por último, el administrador insistió en que "párrafo aparte merecería la consideración de los excesos con que se ejerce el derecho de huelga; y en mérito a él los actos de violencia puestos de manifiesto por quienes ejercen la representación del Sindicato de Trabajadores Viales".