Objeciones en los gastos de las elecciones provinciales 2007
Publicado: 06-07-09
USHUAIA.- El Tribunal de Cuentas de la provincia hizo varias observaciones al modo en que se ejecutaron los 205 mil pesos que se asignaron al Juzgado Electoral fueguino, para hacer frente a los gastos incurridos en las elecciones provinciales del año 2007, tanto para la primera como para la segunda vuelta.
Las objeciones se relacionan exclusivamente a la carencia de respaldo legal en algunas de las ejecuciones del presupuesto asignado ya que en lo monetario el Tribunal devolvió a la Cuenta Unificada del Tesoro (CUT) 1.866 pesos que resultaron de remanente.
Una de las observaciones que más se destaca del informe al que se pudo acceder del organismo de control, es que «se han efectuado gastos que no se encuentran relacionados en forma directa con el proceso eleccionario» y con ello se ha vulnerado lo que exige la ley electoral.
Por ejemplo, el Juzgado Electoral pagó la compra de los diplomas que se entregaron a los candidatos ganadores, lo que a criterio del Tribunal de Cuentas, no está «debidamente justificada dicha necesidad».
Se observa además que en muchos de las compras se invoca la causa de «urgencia», las que no están debidamente justificadas teniéndose en cuenta que la convocatoria a elecciones se hizo en febrero, mediante decreto 657/07 del Poder Ejecutivo.
El Tribunal de Cuentas considera que entre la convocatoria y el acto eleccionario «existió un tiempo prudencial para la tramitación de las compras efectuadas».
Otra de las objeciones que se destaca es que con el monto que se asignó para las elecciones del año 2007 el Juzgado Electoral pagó deudas de períodos anteriores en concepto de servicios prestados por la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios.
Otros puntos observados por el Tribunal de Cuentas, fueron los siguientes:
- No obra en las actuaciones el acto administrativo que respalde el otorgamiento de fondos al Juzgado Electoral, y que establezca el responsable del manejo de los mismos.
- No se acredita en las actuaciones el dictado del acto administrativo mediante el cual se encuentre respaldado el otorgamiento de fondos y su encuadre legal, a otras reparticiones como Gendarmería, Policía y Defensa Civil.
- No obra en las actuaciones constancia que acredite el monto que en concepto de viáticos reconocen otros organismos a sus agentes, los cuales han sido solventados por el Juzgado Electoral.