Publicado: 28-09-08

A partir de la promulgación de la Ley de Responsabilidad Fiscal en diciembre de 2004, el grado de cumplimiento por parte de los organismos ha mejorado.

Haciendo un poco de historia recordemos que con fecha 20 de diciembre de 2004 se promulgó la Ley Nº7314, denominada de Responsabilidad Fiscal, en la que se establecen principios rectores a los que debe ajustarse la política fiscal de la provincia de Mendoza, en pos de la consecución del equilibrio presupuestario y de la responsabilidad de los funcionarios en la gestión fiscal.

Dicha ley designa al Tribunal de Cuentas de la Provincia como autoridad de aplicación de la misma, asignándole funciones especiales al respecto, y le encomienda expresamente la reglamentación en aquellos aspectos inherentes a:

Cronogramas de presentación de los informes exigidos por la citada ley.

Determinación de los responsables de la presentación de dichos informes.

Determinación de los responsables de la elaboración de dichos informes.

Elaboración de los informes de seguimiento sobre el cumplimiento de la ley.

Los mencionados ítems fueron reglamentados por el acuerdo Nº3.949 y ordenados y actualizados por el acuerdo Nº4.559 del 21-2-08 de este Tribunal.

Estos acuerdos determinaron el cronograma de presentación de los informes y estandarizaron la documentación a presentar, poniendo énfasis en la informatización de los datos, cumpliendo de ese modo con las premisas de fortalecimiento y modernización institucional, como son la incorporación de tecnologías de información y la integración de la información generada por distintos organismos públicos.

Del articulado de la Ley Nº7.314 se desprende la obligatoriedad, para toda la administración pública provincial y municipal, de presentar periódicamente, a la Honorable Legislatura, Honorables Concejos Deliberantes y al Tribunal de Cuentas, informes de gestión presupuestaria en los que se comparen los recursos, erogaciones y resultados del período informado con los presupuestados, brindando además una explicación sobre las diferencias ocurridas.

Los informes de gestión presupuestaria son presentados trimestralmente al Tribunal y una vez finalizados estos períodos este organismo informa a las comisiones de Hacienda y Presupuesto de la Honorable Cámara de Senadores y Honorable Cámara de Diputados sobre el seguimiento y evaluación del cumplimiento de las disposiciones de la Ley Nº7.314 por parte de los obligados.

El grado de cumplimiento en las presentaciones que deben hacerse al Tribunal de Cuentas trimestralmente ha mejorado con el transcurso del tiempo. Desde el 4º trimestre del 2005 (trimestre en que se puso en plena vigencia dicha ley) hasta la fecha se puede advertir que cada vez son más los organismos que dan acabado cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Responsabilidad Fiscal. En los últimos dos trimestres del 2008 ha sido un solo organismo público el que no presentó la información requerida por la ley Nº7.314 y el acuerdo reglamentario, mientras que en el primer trimestre de aplicación fueron 12 los organismos incumplidores.

Las presentaciones trimestrales que los distintos organismos públicos deben elevar al Tribunal deben ser escritas, informatizadas y publicadas en las páginas web de cada ente. Las mismas consisten en cuadros contables de la programación financiera, ejecución presupuestaria, cálculo de los recursos, deuda pública consolidada o flotante, cumplimiento de las metas presupuestadas, informes de los contribuyentes con deudas o en ejecución, grado de morosidad, detalle de los juicios en ejecución o con sentencia por parte del Estado, detalle de la planta de personal y contratos de locación de cada organismo público de Mendoza.

Toda la información sobre las presentaciones de la Ley de Responsabilidad Fiscal, trimestre por trimestre o identificada por organismo puede ser consultada en: www.tribunaldecuentas@mendoza.gov.ar

Desde el Tribunal de Cuentas de la provincia de Mendoza se quiere destacar el esfuerzo de los distintos funcionarios públicos responsables de la aplicación de la Ley Nº7.314 de Responsabilidad Fiscal por cumplir, cada trimestre, con las presentaciones que la norma obliga desde el comienzo de su aplicación a la fecha.

Acatar las leyes y cumplir con todas las obligaciones públicas por parte de los que estén en cargos políticos seguirá fortaleciendo nuestra democracia, volviendo así nuestro sistema de gobierno a ser respetado por toda la sociedad.