RCP al Estado
Teniendo en cuenta el Índice de Percepción de Corrupción elaborado por Transparencia Internacional , ¿los organismos de control no estarían en condiciones de proponer técnicas básicas que contribuyan con la transparencia del Estado?
El Ministerio de Salud de la Nación refiere a la técnica de reanimación cardiopulmonar (RCP) como una forma de contribuir a que llegue sangre a los órganos vitales. “Es fácil y puede ser la diferencia vital para otra persona”, señala en la campaña de capacitación. Haciendo un paralelismo, no parece complejo imaginarse que, después del último Índice de Transparencia difundido por Transparencia Internacional, quienes desarrollamos tareas en los organismos de control podamos pensar en la cantidad de técnicas de las que disponemos para contribuir con la transparencia del Estado.
Así, la transparencia sería el corazón y la rendición de cuentas la sangre que necesita el organismo para mantenerse sano. Es en ese terreno donde los organismos de control tenemos una misión que cumplir, de acuerdo con los límites propios del mandato, fomentando la transparencia en el marco de las actividades públicas.
Cuando uno tiene claro el para qué, los cómo son posibles. En este contexto podemos afirmar que existen los mandatos jurídicos constitucionales que permiten definir, tanto para Control Interno o Control Externo, cuáles son sus misiones institucionales, lo que implica “el para qué”. Un denominador común lo constituye la promoción de la buena gobernanza y rendición de cuentas.
El reconocimiento de estas funciones ocupó un lugar destacado en la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) en diciembre de 2011 y en diciembre de 2014, mediante las Resoluciones A/66/209 y A/69/228 respectivamente, haciendo referencia a la promoción de la eficiencia, la rendición de cuentas, la eficacia y la transparencia de la administración pública a través del fortalecimiento de las entidades fiscalizadoras superiores.
Ahora debemos indagar un poco más sobre los cómo. Allí el desafío es enorme y depende de cada contexto en el que se desarrolla la actividad de control. Sin embargo, los organismos de control cuentan con diferentes hojas de rutas a seguir, refiriéndome en esta oportunidad a un referencial ineludible como es la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI).
La independencia, la rendición de cuentas y la transparencia son las condiciones previas de una democracia basada en el Estado de derecho.
Más allá de los diseños institucionales, la independencia, la rendición de cuentas y la transparencia son las condiciones previas de una democracia basada en el Estado de derecho. Así lo destacan la Declaración de Lima de criterios sobre normas de auditoría (ex – ISSAI 1) y la Declaración de México sobre la independencia de las entidades de fiscalización (ex – ISSAI 10).
Retomando el paralelo con la RCP, una auditoría adecuada, mediante la utilización de las técnicas disponibles a través de INTOSAI, contribuiría a mejorar la credibilidad y confianza pública en las acciones del Estado, haciendo posible la reanimación de un músculo importante de la gobernanza como el de la transparencia. Además vigorizaría el flujo sanguíneo vital a través de la necesaria rendición de cuentas como una efectiva manera de combatir la corrupción y responsabilizar a los funcionarios que tienen el manejo de los recursos públicos.
La transparencia implica poner a disposición la información que resulte de aplicar adecuadamente las técnicas de auditoría y, en tiempo oportuno, informar sus conclusiones de manera accesible al ciudadano. Para ello se dispone, además de las técnicas de auditoría respaldadas en elevados estándares profesionales de excelencia metodológica, con guías de implementación como las que ofrecen las INTOSAI – P 20 “Principios de Transparencia y Rendición de Cuentas” que, aplicadas de una manera coherente, contribuyen a combatir la corrupción y elevar los niveles de confianza pública, lo que provocará una mejor percepción en la medición de futuros Índices de Transparencia Internacional.