La nueva Ley Bases, aprobada por el Congreso de la Nación, introduce una serie de profundos cambios en diferentes materias. Una de las principales modificaciones impacta directamente en la interacción entre la población y la administración pública. 

Bajo el subtítulo de Eficiencia Burocrática, del Capítulo 3 de la Ley, se establece que los ciudadanos no estarán obligados a aportar documentos que hayan sido elaborados por la administración centralizada o descentralizada, es decir, no se deberán presentar, ni la administración pública podrá solicitar, documentos que ya han sido presentados.

Además, si no se responde una solicitud en específico en el tiempo establecido, salvo en  las áreas de salud pública, medio ambiente y servicios públicos, se activará el “silencio administrativo” que otorga automáticamente lo solicitado al interesado, es decir, que si la administración pública no responde a lo solicitado por el ciudadano en el tiempo que se estableció, se le concede a la persona lo que solicitó. 

Impuesto a las Ganancias y monotributo 

La Ley Bases vuelve a introducir el impuesto a las ganancias, retirado por la gestión anterior en los últimos meses de mandato, con un piso mínimo de $1.800.000 bruto para los solteros y de $2.200.000 para los casados con hijos. 800.000 trabajadores van a volver a pagar el impuesto

La nueva versión del Impuesto a las Ganancias incluye las horas extras, el aguinaldo y viáticos que dejarán de estar exentos. Además, el porcentaje a pagar va a ir escalando según los ingresos, desde el 5% al 35%; y el mínimo no imponible y las escalas se van a actualizar en septiembre y, a partir del año que viene, los ajustes serán semestrales a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC). 

Al contrario, el mínimo del Impuesto a los Bienes Personales se elevó, eximiendo a aquellos que posean bienes por menos de $100 millones. 

En cuanto a los monotributistas, sus escalas y montos de facturación se incrementarán hasta un 400% desde julio, y se establece un aumento en los importes en concepto del impuesto integrado y de los aportes al régimen jubilatorio y a la obra social. 

Relaciones laborales

Los empleados estatales, sujetos a reestructuración, podrán ser puestos en disponibilidad por un plazo máximo de un año. Si no son reasignados en ese plazo, serán desvinculados con una indemnización basada en su mejor salario mensual y su antigüedad. 

Por otro lado, se estableció que el derecho a huelga no podrá ser tomado como justificación de despido, aunque sí se podrá descontar el día a los empleados que adhieran al paro. 

En el caso del empleo privado, se introduce un período de prueba de seis meses para nuevos empleados, ampliable a ocho meses o un año dependiendo de la empresa. También se plantea un fondo de cese laboral como opción alternativa a las indemnizaciones, que se financia con un aporte mensual del empleador que no supere el 8% del salario.

Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones 

En relación a las inversiones, con la aprobación del texto de la Ley Bases, también se aprobó el Régimen de Incentivo para las Grandes Inversiones. El RIGI, como se lo conoce comúnmente, es un sistema especial para que los proyectos de inversión de más de U$S 200 millones en el país tengan beneficios impositivos, aduaneros y cambiarios.

El régimen será aplicable en proyectos de forestoindustria, turismo, infraestructura, minería, tecnología, siderurgia, energía, petróleo y gas.