La Administración de Parques Nacionales (APN) aprobó una actualización en el reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, una modificación de la normativa establecida en 2016. Se trata de una herramienta que permite identificar, evaluar y mitigar los potenciales riesgos que puede causar al ambiente un proyecto de obra en las zonas de áreas protegidas. 

Con la actualización de la normativa se delegarán funciones a las intendencias de alta complejidad reconociendo su capacidad para evaluar y aprobar informes técnicos.

A seis años de aplicación del reglamento se consideró esencial una modificación que lo adapte a las necesidades actuales tanto territoriales como institucionales para mejorar los problemas identificados durante su aplicación. La Dirección Nacional de Conservación, junto a las direcciones regionales Noreste de la Administración de Parques Nacionales (DR NEA), Noroeste (NOA), Centro, Patagonia Norte y Patagonia Austral, estuvieron al frente de las modificaciones. Asimismo se le dio intervención a la Dirección Nacional de Uso Público, la de Infraestructura y la de Operaciones, la Unidad de Auditoria Interna y la Dirección General de Asuntos Jurídicos.  

Actualización

Entre las principales actualizaciones se puede destacar la delegación de funciones a las Intendencias de Parques Nacionales de Alta Complejidad reconociendo de esta forma las capacidades técnicas para la evaluación y aprobación de informes medioambientales.

A la vez, se adecuaron las clasificaciones de los tipos de proyectos que se presentan ante la Administración de Parques Nacionales, esto sirve como insumo principal para todo el proceso a evaluar ya que define los pasos posteriores. En esta misma línea se facultó a la Dirección Nacional de Conservación a actualizar el anexo del reglamento en donde se incluyen estas actividades.

Otro aporte considerado fue habilitar a la Administración de Parques Nacionales para que revise los proyectos que fueron autorizados, pero no ejecutados. Es decir que si transcurrieron varios años desde su autorización y no se ha avanzado, nuevamente se deberá volver a revisar que no hubiera discrepancias en las condiciones del ambiente y en caso de que haya alguna problemática involucrada, se podrá solicitar un nuevo proceso de revisión.

"El reglamento de 2016 significó un gran avance en la materia para la Administración de Parques Nacionales ya que modificó la metodología a utilizarse en el proceso, incorporando herramientas y un procedimiento administrativo con roles claros", detalló Pablo Berrozpe, director nacional de Conservación de Parques Nacionales en comunicación con El Auditor.info.

En esa misma línea, Berrozpe explicó que al momento de la aplicación del reglamento se identificaron aspectos que requerían mejorarse y corregir falencias como sucedió con la estructura institucional aprobada pocos meses después de la aprobación de la actualización del reglamento.

El Parque Nacional Perito Moreno cuenta con una moderna red de senderos y refugios para pasease entre sus paisajes.
El Parque Nacional Perito Moreno cuenta con una moderna red de senderos y refugios para pasease entre sus paisajes.

Metodología

“El proceso de actualización se inició recopilando opiniones de los técnicos que aplican el Reglamento en las Áreas Protegidas (AP) y las Direcciones Regionales (DR) de la dirección Nacional de Conservación”, especificó Berrozpe quien además amplió que fue con los aportes y sugerencias recopilados que se elaboró la primera versión en octubre del 2022. 

El especialista contó que luego se trabajó en una nueva versión reflejada en los contenidos acordados y al finalizar la revisión de la Dirección Nacional de Conservación, se remitió a otras instancias de la APN para su análisis y opinión.

Al finalizar con la intervención de estas instancias, se elaboró la versión final que fue puesta a consideración del directorio y se aprobó el cuatro de agosto del corriente, mediante la resolución 639/2023.

Marco Normativo

Tal como lo establece el Artículo 3 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, todos los proyectos públicos o privados, consistentes en obras, instalaciones, prestaciones de servicios, aprovechamiento de recursos naturales o cualquier otra actividad a desarrollarse en áreas protegidas bajo jurisdicción de la Administración de Parques Naturales sujetas al régimen de la Ley 22.351 requerirán en forma previa a su autorización, la aplicación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en el reglamento actual.

Al mismo tiempo, el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental tiene como objetivo proporcionar a la Administración de Parques Naturales una herramienta idónea para evaluar adecuadamente la factibilidad ambiental y la conveniencia en realizar proyectos que se propongan. 

También busca aportar a la prevención, minimización o compensación de los impactos ambientales negativos derivados de cualquier actividad cercana y aportar a la potenciación de los impactos positivos esperados.

La normativa también establece que los gobiernos deberán consultar a los pueblos originarios sobre los procedimientos apropiados relativos a las tierras. 

Control

La Auditoría General de la Nación (AGN) analizó el trabajo realizado por la Administración de Parques Nacionales y detectó que de las 40 modificaciones recomendadas hace cinco años, solo ocho fueron resueltas.

El organismo recomendó arbitrar los medios para asignar mayores fondos para los programas de conservación en áreas protegidas con el fin de contribuir a su protección ya que los recursos destinados en 2018 fueron del 6,3% y en 2019 del 7,3%.

En materia de recursos humanos, la Auditoría señaló en 2016 que el personal disponible no cubría las necesidades de conservación al identificar que no fue suficiente el personal de planta permanente en las áreas protegidas, ni guardaparques contratados. 

Según se pudo constatar en el informe de seguimiento de abril de 2019, la situación no cambio demasiado. Si bien aumentó el personal, no fue proporcional al número de áreas protegidas creadas. A la vez, la Auditoría describe que parte de las funciones de gestión del área son cubiertas por pobladores locales que actúan como apoyo de los guardaparques.

Dentro de las recomendaciones, la AGN señaló que, pese a la existencia de un marco normativo que destaca el rol de las comunidades originarias y regula su participación en la toma de decisiones, los avances han sido muy escasos y la política de comanejo tiene un grado de implementación muy bajo.

En la revisión que hizo la AGN se volvió a detectar la presencia de más de 20 yacimientos minerales metalíferos en la zona de amortiguamiento del Monumento Natural Laguna de los Pozuelos.