Rocío Andrade: "Se necesita un rol activo de los pueblos originarios en la definición de políticas educativas"
La investigadora doctoral mapuche del CONICET, que trabaja sobre educación intercultural bilingüe, se refirió a los derechos y garantías contemplados por ley. La reforma de la Constitución de 1994 reconoce por primera vez la preexistencia de los pueblos originarios.
El 15 de diciembre de 1994, luego de extensos debates de la Convención Constituyente, se sancionó la Ley 24.430 que aprobó la modificación de la Constitución Nacional Argentina, vigente desde 1853.
Entre otros cambios introducidos y derechos conquistados, el artículo 75 inciso 17 enuncia: “Reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan (…)”
Si bien la Constitución reconoce la educación bilingüe e intercultural desde 1994, recién en 2006 se aprobó la Ley de Educación Nacional (26.206) donde se la incluye y se le da un marco normativo. “Hay una materialización de esa ley que no se cumple, aunque en algún momento tuvo avances e intentos por profundizar y construir alguna materialización de esos enunciados a nivel nacional”, cuenta Rocío Andrade, investigadora doctoral mapuche del CONICET que trabaja sobre educación intercultural bilingüe a nivel país y en particular en la provincia de Río Negro, donde reside.
La investigadora aclaró que, posterior a 2006, hubo una visibilización en diversas aristas, no solo en términos de regulación, sino en términos de formación, presupuesto y producción de materiales educativos. Sin embargo, “en este último tiempo, a nivel nacional, directamente aparece la negación, todo lo que respecta a los pueblos originarios aparece cercenado y totalmente negado”.
La Ley 26.206 tipifica que la educación intercultural bilingüe es la modalidad del sistema educativo en los tres niveles. Asimismo, garantiza el derecho de los pueblos indígenas a recibir una educación que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, su cosmovisión e identidad étnica. También, promueve un diálogo mutuamente enriquecedor de conocimientos y valores entre los pueblos indígenas y poblaciones étnicas, lingüística y culturalmente propicia el reconocimiento y el respeto hacia tales diferencias.
Más allá de que en una etapa hubo avances en la inclusión y en la problematización de los pueblos originarios en Argentina, la investigadora sostiene que “lo que aparece es la imposibilidad del Estado de pensar la otredad. Qué pensar y problematizar críticamente la historicidad de los pueblos, sus luchas, sus identidades y sus procesos desde la escuela es ir contra el Estado”, agregó.
Gran parte de la investigación de Andrade es sobre lo que ocurre en Río Negro. Allí el único avance en la materia fue la sanción de la Ley Orgánica de Educación en 2012, que incorpora la modalidad de educación intercultural bilingüe tal cual lo establece la Ley Nacional de Educación. Sin embargo, sobre este punto, comentó que “en la materialización, en la práctica, quedó simplemente el enunciado”. Y profundizó que desde el 2013 en adelante lo que hubo fue “invisibilización, negación y folclorización” de los pueblos originarios.
“Se piensa la interculturalidad en clave asimilacionista y en clave de lo que considera el Estado, sin reparación histórica, sin problematización crítica de la historia, sin problematizar el genocidio”, asegura.
En clave intercultural
En Argentina habitan más de 30 pueblos originarios, y según el último informe del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, hay un total de 1.878 comunidades indígenas. De acuerdo a los datos del último censo, 1.3 millones de personas se reconocen indígenas o descendientes de pueblos originarios. “Estas identidades, que no es que existieron en un momento, sino que están y se reconfiguran, hace que sea necesario pensar desde su fundación la interculturalidad. Si no pensamos las aulas en esa clave intercultural es difícil construirnos como sociedad”, aportó Andrade.
“Para que se cumpla la política de educación intercultural bilingüe, que está en los enunciados de la Ley nacional, y de las jurisdiccionales, lo que se necesita principalmente es un rol activo de los pueblos originarios en la definición y en la construcción de las políticas educativas”, describió la investigadora y continuó “sin eso seguimos pensando en lo cuasi intercultural, en la folclorización. Seguimos pensando en que el Estado sabe lo que las comunidades quieren y me parece que es el mayor error al que se ha llegado.”
A pesar de que la reforma enuncia la preexistencia de los pueblos originarios y les reconoce diversos derechos, la realidad indica que no se materializaron.
“La preexistencia de los pueblos originarios quedó en ese enunciado vacío, preexistimos al Estado, pero ahí queda, no es que esa preexistencia conlleva derechos”, sentenció Rocío Andrade y concluyó: “En términos de salud, en términos de justicia, en términos de Educación, en términos territoriales, nada de eso se cumple. La vulneración de los derechos viene siendo una constante, pero que con estos gobiernos más de derecha se agudizan aún más”.