La rendición de cuentas y los medios de comunicación.
Entre el miércoles 16 y el jueves 17 de julio, la televisión argentina tuvo una gran audiencia. Esta vez no estuvo concentrada en las rencillas banales que se dan en un conocido programa de concurso de baile entre el jurado y alguna pareja de bailarines. No, fue una audiencia que se entusiasmó, que se apasionó con el debate que se estaba desarrollando en el Senado de la Nación en torno del proyecto de ley de ratificación de la Resolución ministerial Nº 125/2008.
Como pocas veces antes, la TV puso al alcance de la mano el derecho de participar en lo público; nos colocó virtualmente cerca del ejercicio de la libertad “antigua” en la democracia ateniense.
Los medios de comunicación pueden seguir haciendo importantes aportes al mejoramiento, entre nosotros, de las instituciones y del civismo. Una de ellas consistiría en poner el foco de la investigación y el comentario sobre un tema de esencia republicana como lo es la “rendición de cuentas”.
En una democracia republicana el gobierno tiene dos obligaciones básicas: por un lado, actuar dentro del marco de legalidad vigente y, por el otro, rendir cuentas a los ciudadanos sobre el manejo de los recursos y gastos públicos, así como también por la provisión de bienes y servicios en cantidad y calidad adecuados.
En nuestra tradición constitucional y fiscal, el instrumento más representativo de la rendición de cuentas financiera se lo conoce como “cuenta de inversión” o “cuenta general del ejercicio”.
La cuenta de inversión es la exposición detallada de lo que el Poder Ejecutivo hizo con los recursos y autorizaciones que el Poder Legislativo puso a su disposición a través de la ley de presupuesto; es una rendición de cuentas del Poder Ejecutivo al Poder Legislativo.
La Constitución Nacional, en su artículo 75, inciso 8, establece como atribución del Congreso fijar anualmente el presupuesto de gastos y el cálculo de recursos de la administración nacional y aprobar o desechar la cuenta de inversión.
Ahora bien, existe una íntima relación entre el presupuesto y la cuenta de inversión, pues mientras aquél expresa de manera económica, financiera y administrativa los objetivos que la acción política intenta realizar, ésta refleja el grado de cumplimiento de esos objetivos mostrando al ojo fiscalizador de los órganos públicos y de la sociedad los aciertos y desvíos del Poder Ejecutivo en la obtención y aplicación de los recursos.
La cuenta de inversión resulta tan importante como el presupuesto; con éste se instala en el ámbito del Congreso de la Nación la discusión acerca de la política de captación de ingresos y asignación de recursos, mientras que aquélla nos muestra los resultados concretos obtenidos y permite comparar y evaluar el impacto de las acciones que el gobierno llevó adelante. Es más, de unos años a esta parte, a partir de la práctica de la delegación de facultades al Poder Ejecutivo, el control ex post de la gestión presupuestaria cobra una relevancia mayor justamente a medida que se desdibuja el rol del presupuesto como expresión e instrumento de las políticas de gobierno.
A pesar de significar un hecho distintivo de la división de poderes, su presentación y examen pasan desapercibidos para el gran público y para los medios de comunicación. En cambio, sí se han incorporado al lenguaje cotidiano expresiones como “superpoderes” y “decretos de necesidad y urgencia”.
De acuerdo con la Ley Nº 24.156, la cuenta de inversión debe ser presentada al Congreso Nacional antes del 30 de junio del año siguiente al que ella corresponda. Por el momento, no hemos advertido la publicación de la correspondiente al ejercicio 2007 en el sitio de Internet del Ministerio de Economía.
La TV y los demás medios de comunicación pueden cumplir un papel de impacto positivo sobre la calidad institucional si encuentran las formas de volver a entusiasmar, a interesar a la gente en el conocimiento de asuntos decisivos de política y gobierno, como lo son el sentido de la contribución pública, su distribución entre las finalidades del Estado y los resultados de la utilización de aquélla en términos concretos de mayor bienestar general.