Las irregularidades detectadas en el uso de las regalías mineras, provocó que el Tribunal de Cuentas de Catamarca solicitara la instrucción de “sumarios administrativos de responsabilidad” para varios municipios de la provincia, a fin de determinar “el daño a la hacienda pública”.

Uno de esos distritos fue Icaño, perteneciente al departamento de La Paz, a 271 kilómetros de la capital provincial. Allí, el organismo de control observó que se usaron fondos provenientes de las regalías mineras para convertir el predio del Club Hípico local en una oferta turística. El problema fue que en el boleto de compraventa adjunto al proyecto figuraba que la titularidad del inmueble donde se desarrollarían las obras correspondía a la Comisión de Carreras de la institución, “presidida por la Señora Intendenta Municipal”. Los técnicos aclararon que, según la ley orgánica municipal y de régimen comunal, el titular del Ejecutivo no puede dirigir al mismo tiempo una asociación civil o comercial que directa o indirectamente esté vinculada al distrito por un contrato de derecho administrativo. Pese a esta limitación, Icaño realizó los trabajos que quedaron detallados en la factura “B” número 0001-00000782 a nombre del proveedor “El horizonte”: arco de entrada, casa para sereno, quincho, pesebreras, tribunas y casa de cuidadores, por $ 58.305,80. Asimismo, el proyecto indica que la inversión total prevista para el Club Hípico es de $ 92.290.

Por otra parte, el informe del Tribunal de Cuentas catamarqueño, aprobado el año pasado basado en datos de 2007, señaló que en distintos distritos se registraron incumplimientos a la ley que regula la actividad minera, la 5128, que, al igual que en Icaño, también ameritaron el pedido de sumarios administrativos.

En el Municipio de Puerta de Corral Quemado, por ejemplo, “se abonaron sueldos a personal contratado por $ 1.282.293,21, importe que se considera como gastos corrientes”, dicen los auditores y añaden que, justamente, ese es uno de los destinos que no pueden tener las regalías mineras según lo establece el artículo 5 de la Ley 5128, que dice que el dinero se aplicará “única y exclusivamente” a financiar obras de infraestructura y capacitación para actividades productivas, mientras que se prohíbe financiar gastos corrientes y dar y garantizar créditos.

Hace cinco años se decidió mediante la acordada 5.551/05 que los distritos debían avisarle al Tribunal de Cuentas en qué proyecto se utilizarían los fondos de la actividad minera antes de que sean ejecutados. Pero en el municipio de Los Varela se invirtió dinero en dos emprendimientos que no fueron comunicados al organismo de control, “lo que no permite confirmar si el objetivo (de las obras) cumple con lo especificado” en la ley.

Además, esos dos trabajos tienen otras falencias. Se trata, por un lado, del sistema de agua potable domiciliaria para la localidad de Humaya. En este caso, pese a que la obra no incluía el pago de la elaboración del proyecto, es decir, los honorarios profesionales, se terminaron abonando $ 29.491,80 por ese concepto. Y lo mismo ocurrió, por otro lado, con la refacción del Museo Histórico Cultural El Bolsón del departamento de Ambato, pero por $ 38.760.

En el municipio de Puerta de San José se descubrió que “la totalidad de las erogaciones afrontadas con regalías mineras no posee constancia escrita del trámite administrativo completo, u otro que permita establecer en cuál de los proyectos ejecutados (por la comuna) se enmarca la inversión”. Así, el Tribunal “no ha podido evaluar” si Puerta de San José se ajustó a lo previsto en la ley de minería.

Un poco más al sur, en el municipio de Capayán, los auditores resaltaron la “existencia de un saldo de fondos provenientes de las regalías mineras no invertido ni reintegrado a la cuenta corriente” en la que el distrito dispone del dinero. Son $ 110.523 y, considerando que “en cada período (analizado) se registran extracciones y devoluciones parciales a esa cuenta -que se van a cumulando-, es imposible determinar si todo lo que se extrajo fue íntegramente reintegrado”.

Otro municipio que fue sumariado es el de Belén, donde se pagaron $ 6.828.587 por emprendimientos que no fueron informados al Tribunal de Cuentas de la provincia y, por eso, “no se pudo verificar si esa erogación se encuentra dentro de los proyectos autorizados a gastar con fondos de regalías mineras”, dice el informe. En ese mismo distrito, los auditores notaron que, en la composición del saldo de la cuenta corriente tomado al 31 de diciembre de 2007, había un “faltante de fondos y/o montos pendientes de rendir que ascienden a $ 1.177.303,29”. Para el organismo de control, “este faltante es considerado un desvío de fondos”.