Con lo que gastó alquilando camiones, el Ente de Higiene Urbana pudo haber comprado más de 20 vehículos
Es la ecuación que hizo la Auditoría porteña en un informe de 2007 sobre el organismo que presta el servicio de recolección de residuos en Liniers, Villa Lugano, Mataderos, parte de Soldati, Flores y Villa Luro. Además, se detectó la persistencia de irregularidades registradas desde 2000, como que el EHU funciona con una Ley que aún no fue reglamentada.
De los 59 vehículos que formaban parte de la flota del Ente de Higiene Urbana (EHU) hasta el 31 de diciembre de 2007, 30 no pertenecían al Gobierno porteño y eran alquilados a la empresa Provincia Leasing S.A. La Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA) elaboró un informe en el cual calculó que con el dinero devengado en el alquiler de camiones y repuestos, el EHU podría haber comprado 24 camiones Ford Cargo 1722 con compactador, o 34 unidades del modelo 1721 también con compactador.
“La Jefatura de Gobierno no ha priorizado la capitalización en bienes de uso”, afirmó la AGCBA y, más allá del dato puntual de los camiones, añadió que tampoco se compraron equipos especiales para barrido o vehículos que recolecten residuos patológicos y peligrosos.
El EHU depende del Ministerio de Espacio Público y presta el servicio de recolección de residuos sólidos urbanos en las áreas que corresponden con los Centros de Gestión y Participación 8 y 9, es decir, los barrios porteños de Liniers, Villa Luro, Mataderos, parte de Soldati, Flores y Villa Lugano. En el resto de la Ciudad operan empresas privadas.
La AGCBA señaló la “persistencia de situaciones que viene observando desde los primeros informes” sobre el Ente de Higiene, que datan de 2000. Por ejemplo, la Ley 462 que creó el EHU aún no está reglamentada. De hecho, el expediente que tramita el proyecto “estuvo inmovilizado entre el 11 de septiembre de 2006 y el 22 de enero de 2008”. Y, aunque el organismo de control agregó que la consecuencia de no tener la Ley reglamentada es la “ausencia de un marco normativo que determine los objetivos y procedimientos” del servicio que presta, reconoció que, “naturalmente, esto no es atribuible al EHU”.
Por otra parte, el informe apuntó que el Ente no tiene un manual de organización aprobado, lo que impide hacer rendiciones de cuenta apropiadas. Este reglamento interno también es necesario para minimizar los riesgos en el control que derivan de una falta de separación en las funciones y responsabilidades del personal.
Según la AGCBA, las obras del Plan Plurianual de Inversiones del EHU no contaban con una planificación, justificación escrita ni documentación técnica que permitan verificar el avance de los trabajos. Entre esos proyectos figuraba la segunda etapa de la instalación contra incendios en la sede del Ente, con un presupuesto oficial de $ 150 mil. Pese a que el 14 de marzo de 2007 se abrió el proceso de licitación, un mes después, el 18 de abril, fueron desestimadas todas ofertas porque “se vencieron los tiempos de vigencia y no se tomó ninguna determinación sobre la preadjudicación de uno de los oferentes”. Al cierre de la auditoría, esta obra estaba inconclusa y, además, hacía imposible usar en todo su potencial la primera etapa de las instalaciones contra incendios, que ya fue terminada y costó $ 122.650.
Asimismo, el informe añade que el predio, más allá de no tener un plan de evacuación, “posee un alto riesgo de incendio (por) los surtidores de combustible y depósitos de ropa, papeles y elementos de limpieza”. Sin embargo, una de las conclusiones del organismo de control también destaca las “importantes mejoras edilicias en la sede de Varela 555, (como) la mejor ocupación de las instalaciones, la construcción de depósitos y vestuarios”.
Con todo, la sede del Ente está zonificada como “distrito residencial R2bII” y, a partir de las actividades que se realizan ahí, la Auditoría detectó que el EHU no cumple con el Código de Planeamiento Urbano, y que los proyectos para el tratamiento de los lixivianos y la evaluación del impacto ambiental “no se encuentran concluidos”.
En cuanto al uso de los recursos, la AGCBA verificó que en “el 42% de las compras y contrataciones auditadas, la aprobación de los gastos se realizó (mediante) el Decreto 1370/01”, que habilita gastos de imprescindible necesidad por fuera de los procedimientos legales vigentes.