Tras analizar el funcionamiento de la empresa estatal Energía Argentina S.A. (ENARSA), la Auditoría General de la Nación (AGN) concluyó que el Directorio de la firma “evidencia un inadecuado tratamiento de los temas que se incluyen en el Orden del Día y que hacen al desenvolvimiento de los negocios sociales”.

Es que el organismo de control revisó 59 actas surgidas de las reuniones de Directorio de ENARSA y observó falencias en un 25% de ese total, es decir, uno de cada cuatro encuentros. Como ejemplo, el informe señala que “se aprueban documentos contractuales luego de haber sido firmados o sin que conste la debida documentación que respalde dicho tratamiento”, y añade: “En otros casos, la documentación aportada y llevada al cuerpo no se encontraba debidamente suscripta por el o los responsables de las áreas involucradas”.

Un informe de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), aprobado en 2008 sobre ENARSA también tiene observaciones similares sobre el funcionamiento del Directorio de la empresa.

ENARSA fue constituida en 2004 y tiene el objetivo de explorar y explotar hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos por sí misma, por intermedio o asociada con terceros. Esto incluye el transporte, almacenaje, distribución, comercialización e industrialización de estos productos y sus derivados. Y también puede generar energía eléctrica.

La firma tiene un Comité de Auditoría que, según el estatuto, estará conformado por tres directores titulares y la misma cantidad de suplentes; todos, designados por el Directorio y, como requisito, por lo menos dos de ellos deben ser “independientes”. Con respecto a esta característica, hay una resolución de la SIGEN de 2006 que dice que, para ser considerado independiente, un director no tiene que desempeñar funciones ejecutivas. El informe de la AGN, aprobado a fin del año pasado, sostiene que en el Comité, que empezó a funcionar en agosto de 2007, “la mayoría (de los directores) no tenía la condición de independencia necesaria, porque uno de ellos es el Gerente General de la Sociedad, otro participó del proyecto encarado por ENARSA denominado ‘Vientos de la Patagonia’, y posteriormente se desempeñó en la Asesoría Legal”. En ambos casos se trata de funciones ejecutivas.

Bolivia

Desde el 1° de enero de 2007, la Argentina le compra gas natural a Bolivia mediante un contrato firmado por ENARSA y la empresa Yacimientos Petrolíferos Fiscales del hermano país (YPFB). Ese convenio, que tiene una vigencia de 20 años, prevé la cantidad y calidad del producto que debe entregar YPFB para que ENARSA lo recomercialice en el mercado interno. Y, además, incluye una cláusula en la que se establece que la firma boliviana compensará, mediante un pago de dinero, la falta de suministro. 

La AGN relata que durante los dos primeros trimestres de 2007 la provisión de gas natural fue “según lo pactado”, pero que, a partir del tercer trimestre de ese ejercicio “hay una sustancial merma en la entrega”, que se mantiene en el primer trimestre de 2008.

Ante este panorama, ENARSA envió reclamos solicitando el pago de la compensación prevista en el contrato, la normalización de las entregas y la restitución de los volúmenes disminuidos. Pese a esto, el informe de la AGN afirma que la empresa argentina “no logró hacer efectiva la garantía de suministro prevista (en el contrato de compraventa)”.

La compañía, por su parte, respondió a esta observación de la Auditoría. Aclaró que, como el contrato había sido suscripto en el marco de compromisos internacionales celebrados entre los dos países, tras las notas de reclamo que envió a YPFB se iniciaron una serie de reuniones entre ambas empresas “a los fines de negociar una Adenda (apéndice o anexo) del Contrato que contemple, entre otras cuestiones, las penalidades y compensaciones a favor de ENARSA derivadas de incumplimiento contractual por parte de YPFB”. La empresa argentina añadió que, además de personal técnico de las dos compañías, “en dichas reuniones participan funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional, atento a la génesis política e institucional” del convenio.