Según un informe de la Auditoría General de la Ciudad de Buenos Aires (AGCBA), la empresa Punta Carrasco S.A., que explota el predio de Costanera Norte desde 1990, incurrió en “graves incumplimientos de las disposiciones contractuales”, y no se puede comprobar que las distintas gestiones del Gobierno porteño hayan aplicado alguna sanción a la firma. Al contrario, el 21 de agosto de este año se anunció en el Boletín Oficial la prórroga del contrato con la misma firma.

El organismo de control indica que la concesionaria no puso en marcha el plan de obras obligatorio que establecía el contrato, aunque sí hizo un relleno “no autorizado” de la costa que significó un avance sobre el Río de la Plata de 54 mil metros cuadrados y la duplicación de su superficie de explotación. En ese terreno ganado, la empresa instaló locales comerciales, a pesar de que el Código de Planeamiento Urbano zonificó el predio como de Uso Público, es decir, que no admite otra función que no sea la de un espacio verde. Por eso, la AGCBA consideró que el objeto de la concesión estaba desvirtuado porque, así, se “contrariaba el destino que le corresponde como paseo público”.

“Las falencias encontradas son responsabilidad primaria de la Dirección General de Concesiones y Privatizaciones” del Gobierno porteño, dice la Auditoría, y agrega que esa dependencia “no tiene facultades para autorizar usos comerciales en un predio localizado como distrito de uso público”. Además, el informe añade que los locales gastronómicos y bailables no tienen la habilitación correspondiente.

El 4 de septiembre de 1987, la entonces Municipalidad porteña abrió la licitación para el solarium “Ingeniero Benito Carrasco”. Sería una concesión por un plazo de 19 años y medio, con un canon mensual de 7.500 australes, la moneda que circulaba en aquella época. En primer término, el predio fue administrado por un grupo de empresas, Francisco Natino e hijos S.A., Parenti Mai S.A. y Riva S.A., y en 1990 pasó a manos de Punta Carrasco S.A. El contrato venció el 26 de enero de este año y la prórroga de agosto incluye una actualización que elevó el canon a $ 35 mil por mes para lo que queda de 2008 y 50 mil mensuales para el año que viene.

La AGCBA destacó que el monto del canon inicial, de 7.500 australes, se había fijado con un ajuste mensual según la variación del índice de precios al consumidor (IPC), y que debía tomarse como indicador de la fórmula de ajuste, el mes anterior al de la apertura de la licitación, es decir, agosto de 1987. Sin embargo, el período usado como referencia fue noviembre del ’87. Esta “situación errónea” provocó una distorsión en el cálculo del canon. Es que la entrada en vigencia de la ley de convertibilidad anuló la actualización del canon por el IPC en mayo de 1991 y, con noviembre del ’87 como base, la última ecuación dio como resultado que la empresa debía pagar $ 2.340,35 por mes. Ese fue el monto que abonó hasta abril de 2007, aunque la Auditoría señaló que el canon debía ser de $ 3.445,86 mensuales. “La concesionaria tiene una deuda con la Ciudad correspondiente a la diferencia entre lo que paga y lo que debería estar pagando que asciende a $ 270.397”, sostiene el informe y concluye: “No se evidencia que reclamo alguno por parte del Gobierno de la Ciudad en ningún período”.